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Gracias por la contestación, tampoco cae en saco roto, hace meditar.
Entiendo que vosotros tenéis la experiencia administrativa y que no podéis explicar todo todo en público, pero he preferido plantear este tema en abierto porque estoy convencido de lo que he comentado sobre que un reloj comprado en el foro y que se revende claramente sin ánimo de lucro (al mismo precio o por debajo de lo comprado), no debería computar en el cupo, que también aprueba el compañero AbderramanII (los que opineis a favor o en contra no os corteis, para eso está este foro, para debatir educadamente).
En fin convencido de que lo que proceda lo tendréis en cuenta, un saludo.
Si compañero, tienes razón en lo de las singularidades, pero lo que quiero hacer ver, es que un reloj comprado en el foro y que se revende claramente sin ánimo de lucro (al mismo precio o por debajo de lo comprado), no debería computar en el cupo, y que además cada uno podría administrarse el cupo como quiera en el año y sin tener que ir explicando (y al final entreteniendo o molestando), al moderador.
Sinceramente, no estoy muy convencido de estas limitaciones sin mayores matices, pero como he dicho en la intervención reeditada:
En cualquier caso, la norma es la norma, hay que repetarla y de nuevo, entiendo que cuando lo hacéis, es para mejorar aunque alguno no lo compartamos, si creéis que lo de la "computabilidad" de la pieza es estimable, tomadlo en consideración, gracias.
Un saludo.
Uno que vende por encima de lo que le ha costado un reloj no es un mercante, lo es si esa es su práctica habitual. Tengo varios relojes que no me han costado nada, los tengo que regalar para que no me consideren mercante?Yo es que creo que lo que te resalto en azul , contravendría precisamente la razón por la que han modificado la norma y por lo tanto el cupo de ventas a 2 por mes.
Puesto que si los que vendas por debajo o igual que el precio que pagaste tu , no computan, significaría que los dos que si computan los puedes vender por encima de su precio y con ánimo de lucro , es decir te autorizarían a actuar como mercante encubierto en esas dos ventas.
Uno que vende por encima de lo que le ha costado un reloj no es un mercante, lo es si esa es su práctica habitual. Tengo varios relojes que no me han costado nada, los tengo que regalar para que no me consideren mercante?
Yo creo que dos al mes es más que suficiente, me parece una buena medida. Pero también es cierto que el que quiera "vaciar" su caja para atacar una pieza mayor tendrá que esperar un poco más..
¿ Has leido bien lo que ha escrito el y lo que he escrito yo. ?
Pedir que te autoricen a vender dos relojes por mes obteniendo beneficios , puesto que los demás no computan , no te parece una práctica habitual.
A ver quien tuene que volver a leer. Quien ha dicho nada de pedir que se pueda vender dos relojes por encima de su precio de compra?
Lo ha dicho white, bien claramente .
Si los relojes vendidos por debajo o igual a su valor de compra no entran en cupo, solo entran en el cupo de 24 los que están por encima, vamos digo yo.
Iniciado por white
Si compañero, tienes razón en lo de las singularidades, pero lo que quiero hacer ver, es que un reloj comprado en el foro y que se revende claramente sin ánimo de lucro (al mismo precio o por debajo de lo comprado), no debería computar en el cupo,y que además cada uno podría administrarse el cupo como quiera en el año y sin tener que ir explicando (y al final entreteniendo o molestando), al moderador.
Sinceramente, no estoy muy convencido de estas limitaciones sin mayores matices, pero como he dicho en la intervención reeditada:
En cualquier caso, la norma es la norma, hay que repetarla y de nuevo, entiendo que cuando lo hacéis, es para mejorar aunque alguno no lo compartamos, si creéis que lo de la "computabilidad" de la pieza es estimable, tomadlo en consideración, gracias.
Un saludo.
Por favor que no se tergiverse ni se malinterprete lo escrito, yo he dicho:
un reloj comprado en el foro y que se revende claramente sin ánimo de lucro (al mismo precio o por debajo de lo comprado), no debería computar en el cupo
Además tambien he dicho:
insisto en que un reloj, que ya ha sido vendido en el foro, ya ha pasado ese computo de mercante o de forero ocupando su cupo, y creo que no debería volver a computar a otro forero, restándole una opción de venta, y más aún si se revende por lo mismo o menos que costó.
¿Es que acaso hablo de los relojes que entran al FCV por primera vez?
¿Es que no hay muchos relojes (por no decir la mayoria), que provienen de compras hechas en la calle fuera de este foro?
¿Es que acaso digo que solo computen cuando se revende por más de lo que se compró?
Yo no digo que solo computen los que se revendan por encima de como se compraron.
Leelo bien, no dice nada de lo que has interpretado, está claro el mensaje, y con independecia de que a mí, ni siquiera me importaría que se revendiera por más de lo que se compró (eso no está prohibido por norma alguna, sea cual sea el cupo y si no, mira como se han vendido los BUZO respecto a cómo se compraron), es claro que me refiero, a que un reloj que se ha comprado en este foro anteriormente no debería computar.
Claro ejemplo es el compañero que sea de mucha rotación, ya haya vendido sus dos relojes mensuales y compre varios en el FCV, no le gusta uno cuando le llega, y ya no puede revenderlo hasta el mes siguiente, ¿crees de verdad, que el que este compañero no pueda revender el reloj de inmediato y tenga que andar pidiendo permisos especiales a un moderador desbordado, no está ralentizando el FCV y dejando a otros compañeros fuera de juego que no llegaron a tiempo en primera instancia? y máxime si lo saca al mismo precio o por debajo por el que lo compró, donde estaría claro que ni siquiera lo vende con ánimo de lucro (e incluso aunque lo vendiera por más, el reloj ya computó cupo anteriormente).
Pero en fin cada uno es libre de interpretar lo escrito a su manera.
Un saludo.