- Para mí lo más importante, es distinguir, entre relojes computables o no en dicho cupo. Como comprobamos una y otra vez, hay veces que los relojes duran días o incluso horas, en las manos del comprador. Si el reloj que se vende, es uno comprado previamente en el foro y si además su precio es menor o igual, o no supera un porcentaje (por ejemplo entre un 10-20%) del precio de cuando lo compró, esa pieza, no debería computar en esos 24 relojes/año, pues se ve claramente que es una rotación sin animo de lucro. Aquí habría que plantearse, si no computarían los comprados a foreros, a mercantes o a ambos, por mi a ambos.
- También creo que habría que tener libertad en vender esos 24 relojes computables en cualquier momento del año (diez en el mismo día por ejemplo, igual ya no vende mas al año, pero quiere vender esos 10 un día determinado y no puede, tiene que estar explicando esto al moderador).
- Si se superasen esos 24 (o los que sean) relojes computables por año, podría ponerse una donación automática de un % de la venta, mínima para los primeros que excedan el cupo, pero que subiera hasta equiparar al forero con el mercante, si se llegase al cupo "profesional" que se estableciera.
- Debería cada forero numerar sus ventas en el título del anuncio o en una casilla específica al efecto, para así, ayudar al moderador "crontroler" en su labor de vigilancia, con unas simples siglas y números, en un anuncio se puede hacer ver si el que vende es un Forero o un Mercante o Tienda, si el reloj Computa o No Computa y si vende el reloj 02/13 (segundo reloj computable vendido en 2013) o el 24/13. Para relojes NO COMPUTABLES habría que justificar en el anuncio claro está, su procedencia previa del foro.