No es que lo ponga en duda pero ¿puedes referenciar el artículo en el que se indica eso?
Como apunte, el artículo 130.3 del Reglamento General de Circulación, RD 1428/2003, de 21 de noviembre, dice explícitamente:
"3. En el caso de accidente o avería, como norma general, si el vehículo está inmovilizado sin posibilidad de reemprender la marcha, los ocupantes deberán abandonar el vehículo, siempre que exista un lugar seguro fuera de la plataforma de circulación y, en todo caso, deberán salir del vehículo por el lado contrario al flujo de tráfico sin transitar o permanecer en los carriles y arcenes que conforman dicha plataforma. Si las condiciones de circulación no permitieran a los ocupantes abandonar el vehículo con seguridad, permanecerán en el habitáculo con el cinturón abrochado."
(sí existe prohibición de salir del vehículo en el caso de túneles o pasos inferiores; Art. 97.3.f)
www.boe.es
Ese RD hace referencia a las modificaciones de las características del dispositivo V-16, V-24 y vehículos de auxilio, nada sobre prohibición de salir del vehículo o el uso de los triángulos, al menos que yo haya visto (obviamente, se me ha podido pasar por alto).
Lo que sí aparece por lo que respecta a la baliza V-16, es un aspecto interesante al que no he visto que se haga mucha mención en los foros: vienen con fecha de caducidad por lo que respecta a su (obligatoria) conectividad, así que cada X años tocará comprar otro nuevo.