Danu, mi caso ha sido sencillo. Compré un reloj antiguo en Chrono24 y cuando llegó vi que tenía un defecto -una de las asas estaba próxima a partirse. Lo comuniqué en Chrono24, que no paga al vendedor hasta que el comprador no da el visto bueno a la mercancía recibida, lo que en mi caso no ocurrió, y para probar el vicio oculto les envié fotos que a su vez transmiten al vendedor.
Por tanto, devolví el reloj corriendo con los gastos de envío y cuidándome de asegurar el reloj por el valor de la compra -como dije, los seguros van por tramos por lo que finalmente la cantidad asegurada era por un importe de 15 euros más de lo que me había costado el reloj. ¡Menos mal que hice eso!
Al no llegar al reloj a destino -envío asegurado y con número de seguimiento- inicié la reclamación y en el curso de la misma es cuando me pidieron el justificante de la compra. Tenía el certificado que emite Chrono24, en el que aparecen además las fotos y toda la información del anuncio del reloj comprado, con lo cual no ha habido problema alguno para recuperar el dinero -esto ha ocurrido hace poco y todavía no me ha llegado el giro postal aunque sí el correo de Correos -valga la redundancia- reconociendo mi derecho a la indemnización y anunciando el próximo pago.
Me extraña que pueda asegurar alegremente por el importe que declare - obviamente, cuanto más alto es el seguro más cuesta el envío y mejor para Correos-, sin justificante alguno, pero que cuando se produce la pérdida sí me lo pidan.
¿Y si en lugar de devolver un reloj comprado en Chrono24 se tratara del envío por venta de un reloj antiguo mío, del que no conservara factura alguna? ¿Podría Correos negarse a devolver el importe asegurado, por el que he pagado sin necesidad de presentar justificante alguno? En ese caso, ¿cuál sería el importe de la indemnización?
Igual la práctica comercial sea poder asegurar el envío por el valor que declaras, sin justificarlo, y exigir el justificante si se produce el siniestro.
A mí me llama la atención esto. Seguramente será por ignorancia mía.