"Caso práctico" respecto a lo de las "ofertas insultantes"...
Ahora mismo acabo de ver en la parte de compra-ventas, un producto a cierto precio que, posiblemente, responda únicamente a la marca que tiene. Por lo que a mí respecta, el producto en sí vale, más o menos, un 30~40% del precio por el que se anuncia. Si me gustase mucho (que no es el caso) es probable que le diese seguimiento una temporada (si lo consigue vender a ese precio, oye, mejor para el vendedor) pero si veo que pasa un mes, dos meses, tres meses... y no se vende, es muy probable que me sintiese tentado a hacerle una oferta al precio que a mí me parece oportuno: si el vendedor quiere, la aceptará y si no, pues no. ¿Dónde estaría, exactamente, el insulto?
Para el caso concreto de los relojes, todos conocemos modelos que, por las razones que sean, se aprecian y, a poco que les hayamos dado seguimiento, también sabemos cuánto. Supuesto que se pone a la venta uno de estos modelos a su supuesto "precio actual de mercado" pero también tenemos una idea más o menos clara de cuánto pudo costarle al vendedor ¿dónde estaría exactamente el insulto en hacer una oferta sobre la base de su posible precio de compra más un margen razonable o, incluso, menos un porcentaje razonable de depreciación por uso? De nuevo, si al vendedor le parece bien, la aceptará y si no, pues no.