No generalizaría yo el episodio. Hace unos años en el aeropuerto de Barajas, en el arco de seguridad, se vio que había algo metálico en el fuselaje del trolley que llevaba. Apareció un agente de la guardia civil y se empecinó en que vaciara toda la maleta y abriera el forro. Como una vez abierto todo era inaccesible, sacó un puñal (verídico), rajando toda la tela de la maleta hasta que sacó... ¡una minúscula llave allen! A partir de aquí se armó la trifulca que os podéis imaginar ("le tomo el nombre, pues yo se lo tomo a usted..." etc.), pero la maleta quedó rota e inservible. No reclamé porque francamente me daba más trabajo empezar a presentar escritos y hacer trámites y además tampoco tenía ganas de líos con la Guardia Civil.
Pero vamos, que volviendo al caso que explicas tiene toda la pinta que al de control del aeropuerto se le fue la pinza, porque tratándose de bienes muebles "posesión vale título" (art. 464 Código civil), así que no tienes ninguna obligación hasta donde yo sé de transportar a todas partes la documentación de tus relojes, sin perjuicio de que pudieran pedírtela en una investigación en curso, si hay indicios de que llevas piezas robadas (lo que no se infiere tan sólo del número de relojes, sino de la coincidencia en marcas y modelos con los sustraídos, ubicación, etc.)