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Indecisos vacuna covid...

  • Iniciador del hilo Juan J
  • Fecha de inicio
  • #51
¿Ilegales?? ¿En qué te basas, eres letrado? ¿Quién decide lo que es legal o ilegal? ¿Quién legaliza lo que antes era ilegal, o ilegaliza lo que antes era legal?

En fin..... si me dices que no te gustan, podemos estar de acuerdo, a mi tampoco, y lo podemos dejar ahí, ya que el diálogo se está convirtiendo en surrealista.

Si cada humano se convierte en un arma biológica, sí, te pueden encerrar, vacunar, y de todo... menos mal que estamos teorizando y esto no va a pasar, por suerte.

Un saludo.
Como ejemplo, en un Estado de Alarma no se puede limitar la libre circulación o el derecho de reunión, sólo en Estados de Excepción y de Sitio.

No lo digo yo, lo dice la propia ley.
 
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  • #52
Acaban de anunciar que España suspende de manera cautelar la administración de la vacuna de AstraZeneca
 
  • #53
Acaban de anunciar que España suspende de manera cautelar la administración de la vacuna de AstraZeneca
Y no solo en España, sino tb en Francia, Alemania e Italia, parece que se detectaron ya 10 casos de Trombosis entre los vacunados con esta vacuna! :huh:
 
  • #54
Como ejemplo, en un Estado de Alarma no se puede limitar la libre circulación o el derecho de reunión, sólo en Estados de Excepción y de Sitio.

No lo digo yo, lo dice la propia ley.
Claro que se puede limitar la circulación durante el Estado de Alarma, y la permanencia de personas en determinados sitios. Lo dice la Ley Orgánica 4/1981, artículo 11:

a) Limitar la circulación o permanencia de personas o vehículos en horas y lugares determinados, o condicionarlas al cumplimiento de ciertos requisitos.
 
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  • #55
Si, estoy de acuerdo, la gestión de la información no está siendo nada buena.

Pero no deja de sorprenderme que la gente pierda 13 horas en hacer cola para comprar un iphone y no pierda 12 minutos en leer y tratar de entender los datos estadísticos de las vacunas que les van a inocular.

La gente hace lo que dice telecinco. Aqui los expertos son Jorge Javier y Matamoros parece ser jajaja.

Saludos!
La gestión de la información, y de todo lo demás, desde el principio.

Pero la información, mucho y se gestiona y sesga por supuesto según convenga. Es como cuando pasamos ya de dar casos de muertos individuales, que llegaban mas a la moral del conjunto poblacional, a dar datos ya en % global, que no afectan tanto , incluso provocan casi indiferencia (en psicología, tiene una denominación que ahora no recuerdo de cabeza, los casos individuales detallados, sensibilizan, los números en masa, no).
Por poner un claro ejemplo de cierto sesgo o manera de dar la información, por aquí siempre se pone a EEUU como el epicentro del desastre, y en Europa, sin embargo, los datos se dan por países y separados. Lo cual hace que el mensaje y los números, se acepten de distinta forma, y crean sensación de " uf, estamos muy mal, pero mira como están allí..."

Bien, sumemos varios países europeos, de una fuente fiable y mas o menos actualizada como la de la ECDC, hasta llegar a una población parecida de los 326 millones de EEUU, luego sumemos también sus casos y muertos, y nos llevaremos una sorpresa nada agradable. Y eso que allí, ha reinado casi la locura.

Si la prensa lo difundiera así, lo veríamos de otra manera.
 
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  • #56
Claro que se puede limitar la circulación durante el Estado de Alarma, y la permanencia de personas en determinados sitios. Lo dice la Ley Orgánica 4/1981, artículo 11:

a) Limitar la circulación o permanencia de personas o vehículos en horas y lugares determinados, o condicionarlas al cumplimiento de ciertos requisitos.
"... en horas y lugares determinados" no quiere decir por tiempo indefinido en todo el territorio español impidiendo a la gente salir a la calle.
 
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  • #57
Dudo mucho que te den la opción de elegir...si todo el mundo hace igual que tú, no acabaremos nunca con esta pandemia. Yo sí estoy deseando que me vacunen, sea la que sea, 2 días con síntomas será mejor que acabar en la UCI con respirador o en el cementerio.
Son varios los países que han interrumpido la vacunación con AZ (Austria, Italia, Alemania, Dinamarca, Noruega, ...) y afortunadamente parece que también en España a partir de hoy.
Habrá que ver que ocurre a partir de ahora y si continúa la vacunación con las otras opciones, a las que si accedería gustosamente. En caso de que se reanude la vacunación con AZ continuaré negándome hasta que me corresponda cualquiera de las otras o se libere el mercado y pueda comprar la que yo desee en la farmacia.

Espero que te llamen próximamente y puedas vacunarte cuanto antes y sentirte tranquilo :)
 
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  • #58
Son varios los países que han interrumpido la vacunación con AZ (Austria, Italia, Alemania, Dinamarca, Noruega, ...) y afortunadamente parece que también en España a partir de hoy.
Habrá que ver que ocurre a partir de ahora y si continúa la vacunación con las otras opciones, a las que si accedería gustosamente. En caso de que se reanude la vacunación con AZ continuaré negándome hasta que me corresponda cualquiera de las otras o se libere el mercado y pueda comprar la que yo desee en la farmacia.

Espero que te llamen próximamente y puedas vacunarte cuanto antes y sentirte tranquilo :)
Gracias por tus deseos, yo también espero y deseo que no te ataque el virus con virulencia mientras esperas a que te den a escoger la marca de la vacuna más adecuada. Saludos.
 
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  • #59
"... en horas y lugares determinados" no quiere decir por tiempo indefinido en todo el territorio español impidiendo a la gente salir a la calle.
Es que, no es por tiempo indefinido, es por tiempo determinado.

Y sí, se puede aplicar a todo el territorio nacional, tal y como dice el art. 4.

Resumen: sí se puede limitar el derecho de circulación en el EDA, y me temo que te estás metiendo en un jardín que no conoces.
 
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  • #60
Buenas noches, actualizo síntomas a 59 horas de la inoculación (casi 2,5 días):

- Temperatura 35,3°

- Ligerísimo dolor en el brazo donde me dieron el pinchazo, sólo si presiono (menos aún que ayer)

- Cero sensación de cansancio añadido, a parte del normal de estar todo el día trabajando.

- Del resto cómo desde el inicio: Cero dolor de cabeza, congestión, nauseas, escalofríos, descomposición,..., nada de nada.

De verdad que, a sabiendas de los últimos acontecimientos con la vacuna que me pusieron a mi (suspender temporalmente la inoculación), si pudiese volver a instantes antes de habérmela dado, lo volvería a hacer, muy pocos inconvenientes para todo el beneficio que da, sólo espero que, cuando me toque, que me den la siguiente dosis, nada más.

Yo estoy super tranquilo, pensando en que dentro de 3 meses esta pesadilla, en una gran parte se habrá terminado para mi, sólo tendré que preocuparme de no contagiar a los que tengo al lado, y no tanto de contagiarme yo, puedo tener trombos? Si, claro, con mucha mayor probabilidad podría tener una insuficiencia respiratoria por neumonía provocada por covid.

Aquí nadie se va a quedar de simiente, todos vamos a faltar algún día, la seguridad absoluta no la hay, en cualquier momento puede pasar cualquier cosa, es cuestión de probabilidades, es más probable, si tienes un accidente, que te salves si llevas cinturón aunque si te caes a un lago quizá sea peor llevarlo, puede ser, pero yo voy más seguro con el puesto, y así con todo, allá cada uno.

Estadísticamente las posibilidades de tener algún efecto secundario grave es muchísimo más bajo que la posibilidad de tener consecuencias graves por contraer la enfermedad, es cuestión de números, esto no es opinión, es realidad.

Un saludo.
 
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  • #61
Es que, no es por tiempo indefinido, es por tiempo determinado.

Y sí, se puede aplicar a todo el territorio nacional, tal y como dice el art. 4.

Resumen: sí se puede limitar el derecho de circulación en el EDA, y me temo que te estás metiendo en un jardín que no conoces.
Artículo 19 de la Constitución Española:

Los españoles tienen derecho a elegir libremente su residencia y a circular por el territorio nacional.

Asimismo, tienen derecho a entrar y salir libremente de España en los términos que la ley establezca. Este derecho no podrá ser limitado por motivos políticos o ideológicos.

Artículo 55 de la Constitución Española:


1. Los derechos reconocidos en los artículos 17, 18, apartados 2 y 3, artículos 19, 20, apartados 1, a) y d), y 5, artículos 21, 28, apartado 2, y artículo 37, apartado 2, podrán ser suspendidos cuando se acuerde la declaración del estado de excepción o de sitio en los términos previstos en la Constitución. Se exceptúa de lo establecido anteriormente el apartado 3 del artículo 17 para el supuesto de declaración de estado de excepción.
 
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  • #62
Como ya comentaban, hoy España ha suspendido la vacunación temporal con AstraZaneca por "precaución".


No hay nada de malo en ser indeciso, si el propio gobierno no está seguro de lo que ofrece, ¿cómo voy a introducirme por propia voluntad algo en el cuerpo que no sé si es seguro para mi salud?
 
  • #63
Pues despues de leeros a todos no se si era mejor no haber leido nada, conclusion: cuando oiga la palabra vacuna pondre el brazo a todo meter pero espero q no sea AZ, casi q prefiero la china q se han puesto las hijas de Juan Carlos 1 y todo Marruecos o la Rusa q se estan poniendo los Argelinos
 
  • #64
Basándome en la premisa de que uno no debe comprarse un reloj con un calibre totalmente nuevo nada más salir al mercado, por lo que pueda pasar... aplicaré el mismo principio en temas de mi salud personal.
 
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  • #65
Buenos días.
A los que tanto miedo tenéis, no salgáis de casa, justo en el portal os puede caer un tiesto en la cabeza del 8°.
Podéis (estáis en vuestro derecho, vamos) quedaros en casa.
Yo me puse la vacuna AstraZeneca y, a sabiendas de lo que está pasando, lo volvería a hacer.
Un porcentaje de fallos bajo para el beneficio que da.
Un saludo
 
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  • #66
Yo voy a esperar a la rusa, que creo que se le puede cambiar el bisel y el insert...
 
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  • #67
Artículo 19 de la Constitución Española:

Los españoles tienen derecho a elegir libremente su residencia y a circular por el territorio nacional.

Asimismo, tienen derecho a entrar y salir libremente de España en los términos que la ley establezca. Este derecho no podrá ser limitado por motivos políticos o ideológicos.

Artículo 55 de la Constitución Española:


1. Los derechos reconocidos en los artículos 17, 18, apartados 2 y 3, artículos 19, 20, apartados 1, a) y d), y 5, artículos 21, 28, apartado 2, y artículo 37, apartado 2, podrán ser suspendidos cuando se acuerde la declaración del estado de excepción o de sitio en los términos previstos en la Constitución. Se exceptúa de lo establecido anteriormente el apartado 3 del artículo 17 para el supuesto de declaración de estado de excepción.

¿Es que ni siquiera te molestas en leer por encima la ley que regula el estado de alarma, desarrollando el precepto constitucional, que te indiqué antes?

Repito, que te estás metiendo en un jardín que no conoces. Los derechos no fueron SUSPENDIDOS, sino RESTRINGIDOS, y esto sí se puede hacer durante el estado de alarma. El estado de excepción permite la SUSPENSIÓN total del art. 19 de la Constitución. El estado de alarma permite la LIMITACIÓN parcial de ese derecho.

Y esto ya lo explico el TC el año pasado.....
 
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  • #68
¿Es que ni siquiera te molestas en leer por encima la ley que regula el estado de alarma, desarrollando el precepto constitucional, que te indiqué antes?

Repito, que te estás metiendo en un jardín que no conoces. Los derechos no fueron SUSPENDIDOS, sino RESTRINGIDOS, y esto sí se puede hacer durante el estado de alarma. El estado de excepción permite la SUSPENSIÓN total del art. 19 de la Constitución. El estado de alarma permite la LIMITACIÓN parcial de ese derecho.

Y esto ya lo explico el TC el año pasado.....
Y aquí llegamos a lo más importante de la cuestión, para ti el derecho de circulación sólo ha sido restringido, cuando la realidad es que ha sido suspendido. Se HA PROHIBIDO estar en la calle, se HA PROHIBIDO manifestarse, se ha PROHIBIDO reunirse... y cualquiera que saliera a la calle sin uno de los motivos permitidos durante el estado de alarma, se ha comido una multa o dependiendo de la autoridad... se ha ido caliente para casa.

Curiosamente las multas han sido anuladas cuando han llegado, porque claro... son anticonstitucionales y lo sabían. Pero sirvieron perfectamente para su cometido inicial, meter miedo a la población para que no saliese. Y funcionó..

Restringir un derecho, no es prohibir.

Las "restricciones" sobrepasan lo permitido durante un estado de alarma, puedes buscar todas las noticias donde las multas durante ese periodo se están anulando. Si quieres aplicar limitaciones tan duras a los derechos fundamentales, tienes que declarar un estado de excepción o sitio.

Y si quieres podemos ampliar la conversación a si es legal ir sin mascarilla por la calle o no lo es.
 
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  • #69
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  • #70
Y aquí llegamos a lo más importante de la cuestión, para ti el derecho de circulación sólo ha sido restringido, cuando la realidad es que ha sido suspendido. Se HA PROHIBIDO estar en la calle, se HA PROHIBIDO manifestarse, se ha PROHIBIDO reunirse... y cualquiera que saliera a la calle sin uno de los motivos permitidos durante el estado de alarma, se ha comido una multa o dependiendo de la autoridad... se ha ido caliente para casa.

Curiosamente las multas han sido anuladas cuando han llegado, porque claro... son anticonstitucionales y lo sabían. Pero sirvieron perfectamente para su cometido inicial, meter miedo a la población para que no saliese. Y funcionó..

Restringir un derecho, no es prohibir.

Las "restricciones" sobrepasan lo permitido durante un estado de alarma, puedes buscar todas las noticias donde las multas durante ese periodo se están anulando. Si quieres aplicar limitaciones tan duras a los derechos fundamentales, tienes que declarar un estado de excepción o sitio.

Y si quieres podemos ampliar la conversación a si es legal ir sin mascarilla por la calle o no lo es.

Esa es tu realidad, pero no coincide con la realidad del TC, que es el que marca el límite entre suspensión y restricción. La realidad es que se ha podido circular, con más o menos restricciones, y con según qué justificaciones, según la etapa, mientras que la suspensión total del derecho fundamental a la circulación implica ir mucho más allá, cosa que tal vez no entiendas porque no lo has vivido.

Podrías haber dicho que no te gusta el sistema, y que prefieres otro donde primen más los derechos individuales sobre los colectivos. También es cierto que hay debate jurídico sobre algunos puntos peliagudos, e interpretaciones distintas, pero agarrarse a eso para encabezonarse en negar la realidad.....

En cuanto a las multas, al igual que antes, mezclas churras con merinas. Las multas no están siendo anuladas porque sea inconstitucional el estado de alarma, sino por otras cuestiones, por ejemplo: porque se aplicaron a ciudadanos que a)pudieran estar amparados de las actividades permitidas por el Real Decreto de EA, y no queda acreditado que estuvieran incumpliendo las restricciones b)no desobedecieron ningún mandato expreso de los agentes de la autoridad.
 
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  • #71
Esa es tu realidad, pero no coincide con la realidad del TC, que es el que marca el límite entre suspensión y restricción. La realidad es que se ha podido circular, con más o menos restricciones, y con según qué justificaciones, según la etapa, mientras que la suspensión total del derecho fundamental a la circulación implica ir mucho más allá, cosa que tal vez no entiendas porque no lo has vivido.

Podrías haber dicho que no te gusta el sistema, y que prefieres otro donde primen más los derechos individuales sobre los colectivos. También es cierto que hay debate jurídico sobre algunos puntos peliagudos, e interpretaciones distintas, pero agarrarse a eso para encabezonarse en negar la realidad.....

En cuanto a las multas, al igual que antes, mezclas churras con merinas. Las multas no están siendo anuladas porque sea inconstitucional el estado de alarma, sino por otras cuestiones, por ejemplo: porque se aplicaron a ciudadanos que a)pudieran estar amparados de las actividades permitidas por el Real Decreto de EA, y no queda acreditado que estuvieran incumpliendo las restricciones b)no desobedecieron ningún mandato expreso de los agentes de la autoridad.
Tienes razón, me obceco en una realidad que no existe, no me permite ver que todo lo acontecido se ha realizado bajo un riguroso marco legal. Soy un necio por haberlo puesto en duda.
 
  • #72
Tienes razón, me obceco en una realidad que no existe, no me permite ver que todo lo acontecido se ha realizado bajo un riguroso marco legal. Soy un necio por haberlo puesto en duda.
Ni calvo ni tres pelucas.

Pero sí, el hecho de que se estén recurriendo y anulando multas ya significa que vives en un estado de derecho.

Y ya que estamos en ello, diría que países con menor incidencia de COVID han establecido medidas mucho más restrictivas (incluído algún "paraíso liberal"), pero bueno, supongo que para ti es todo una conspiración mundial para someternos.
 
  • #73
Ni calvo ni tres pelucas.

Pero sí, el hecho de que se estén recurriendo y anulando multas ya significa que vives en un estado de derecho.

Y ya que estamos en ello, diría que países con menor incidencia de COVID han establecido medidas mucho más restrictivas (incluído algún "paraíso liberal"), pero bueno, supongo que para ti es todo una conspiración mundial para someternos.
Vuelves a tener razón, como negacionista terraplanista de derechas, considero todo una conspiración orquestada por los masones para controlar a la población de todo el planeta.
 
  • #74
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  • #75
Mientras siguen con el debate, y visto lo visto, que va para largo esto del pinchazo, ya que no soy obismo ni alcalde jeta, voy de momento a centrarme en pillar mas mascarillas por ali express, que "hay que salvar la semana santa", y viendo lo que hay, el despelote galo, y lo que vendrá, pues por suerte ya me sé lo que pasará después...📈

la pena es no poderme ir ahora Abu Dabi, me han dicho que la hospitalidad árabe es la leche, llegas y al bajar del avión te chutan una vacuna de Sinopharm en el hombro, y a rodar.
Así da gusto...:D:whist::
 
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