Rhavenom
Forer@ Senior
Sin verificar
El Tribunal Supremo ha declarado exentas del pago de IRPF a las prestaciones por maternidad percibidas de la Seguridad Social, ratificando una sentencia anterior del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) de 2017 y en contra del criterio que hasta ahora ha mantenido la Agencia Tributaria.
Por tanto, se podrán iniciar solicitudes de recalcular las rentas de los años 2014 a 2017, en los que se hayan cobrado dichas prestaciones, para que no computen y se proceda a la devolución corrspondiente, bien por salir un resultado a pagar menor o por una devolución mayor.
Por tanto, se podrán iniciar solicitudes de recalcular las rentas de los años 2014 a 2017, en los que se hayan cobrado dichas prestaciones, para que no computen y se proceda a la devolución corrspondiente, bien por salir un resultado a pagar menor o por una devolución mayor.