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Inteligencia Artificial diseñando relojes

  • Iniciador del hilo Iniciador del hilo itsmemario
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He usado la IA Midjourney, que es en mi opinión a día de hoy la que da resultados más espectaculares , coherentes y en general, bien hechos, para diseñar un reloj.

Lo que le pedí fue un reloj de bronce de lujo esqueletonizado, con colores bronce y azul. También puse la palabra snowflake a ver qué hacía, no ha puesto agujas snowflake sino que lo ha usado como inspiración general. Me parece muy chulo el resultado, francamente bonito, y 100% hecho por una IA, no he retocado la imagen en absoluto

Ver el archivos adjunto 2593960

Esto no tiene que ver con los relojes pero me parece que las nuevas IA de texto (Chat GPT de Open AI) y de imagen (especialmente Midjourney) tienen un potencial espectacular, y quería ver qué son capaces de hacer en materia de diseño de relojes. Hay gente usandolas ahora mismo para diseñar bolsos, UIs, páginas web, logos, y para hacer arte en general, conceptual, portadas de libros...Bastante interesante EMHO

Edito: añado otro con un estilo opuesto para que se vea lo versátil que es diseñando
Ver el archivos adjunto 2593963
Nos comen las IAs, las IAs nos comen.

A mi no me mola nada esto. Va a traer muchos problemas, muchos timos, mucho lío.
 
Nos comen las IAs, las IAs nos comen.

A mi no me mola nada esto. Va a traer muchos problemas, muchos timos, mucho lío.
Sí. También me parece que la cosa se está complicando porque las posibilidades al alcance de cualquiera son tremendas. Estoy comenzando a emplear Bing y el potencial es asombroso. Creo que estamos viviendo un momento histórico. Un punto de inflexión para la Humanidad. Espero que para bien una vez se estabilice todo pero, obviamente, puede ocurrir cualquier cosa.
 
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Opino igual. Tiene el peligro de volverse mucho más que una herramienta.
Ya estoy hablándole a mi hijo sobre lo del chatGPT, porque se lo va a topar ahora que entra al insti y va a marcar un antes y un después.
 
He usado la IA Midjourney, que es en mi opinión a día de hoy la que da resultados más espectaculares , coherentes y en general, bien hechos, para diseñar un reloj.

Lo que le pedí fue un reloj de bronce de lujo esqueletonizado, con colores bronce y azul. También puse la palabra snowflake a ver qué hacía, no ha puesto agujas snowflake sino que lo ha usado como inspiración general. Me parece muy chulo el resultado, francamente bonito, y 100% hecho por una IA, no he retocado la imagen en absoluto

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Esto no tiene que ver con los relojes pero me parece que las nuevas IA de texto (Chat GPT de Open AI) y de imagen (especialmente Midjourney) tienen un potencial espectacular, y quería ver qué son capaces de hacer en materia de diseño de relojes. Hay gente usandolas ahora mismo para diseñar bolsos, UIs, páginas web, logos, y para hacer arte en general, conceptual, portadas de libros...Bastante interesante EMHO

Edito: añado otro con un estilo opuesto para que se vea lo versátil que es diseñando
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Le puedes pasar el programa a steinhart, crepas, san Martin, pagani y demás.
 
A mi me parece aterrador, en no pocos años cualquier persona dará las coordenadas de un terreno y le dirá "hazme unos planos para una casa con x habitaciones, etc y aplica la normativa vigente. Y en otros trabajos lo mismo.
 
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Reacciones: Jose Perez
A mi me parece aterrador, en no pocos años cualquier persona dará las coordenadas de un terreno y le dirá "hazme unos planos para una casa con x habitaciones, etc y aplica la normativa vigente. Y en otros trabajos lo mismo.
Como arquitecto, puedo aseverar que es perfectamente posible. Tendremos que abrirnos paso nuevamente, quizás redescubriendo los lazos humanos y las técnicas de todo tipo. Será casi una carrera.
 
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Reacciones: emeeme
Je, je, hay que reconocer que las "maquinitas" superan casi cualquier ocurrencia humana. A ver cómo diseñan zapatos, y si nos tendremos que operar los pies para poder meter los pinreles ahí.

Pero, sí hay algo muy importante en esto. Como sabéis todos (es mi forma de explicar lo que viene luego), la propiedad intelectual procede del autor, Y el autor está definido en (art. 5) la Ley española de Propiedad Intelectual como "1. Se considera autor a la persona natural que crea alguna obra literaria, artística o científica."

Con lo cual no hay ni cabe protección en el ámbito intelectual a la luz de la ley vigente.

Y reflexiono. ¿Entonces, existe protección en el ámbito de la Propiedad Industrial?

Pues... esto tendrá su meollo, todavía sin polemizar. Pero,

A) Invenciones:
Es el art. 10 de la Ley de Patentes la que expresa: "1. El derecho a la patente pertenece al inventor o a sus causahabientes y es transmisible por todos los medios que el derecho reconoce." Y en las solicitudes es requisito el nombre del inventor. Y el derecho de la invención pertenece al inventor, que según se deduce es un "sujeto de derechos" y por tanto no una máquina.

A diferencia, la Ley de Patentes no exige expresamente personalidad natural -pero se consideraría así a la luz de la realidad laboral del inventor pues solo es sujeto de derecho una persona, nunca una máquina; no hay relación laboral si no es persona natural-, si bien también se deduciría por analogía sobre la anterior Intelectual, sin embargo es su art. 134 el que permitiría que la invención fuera declarada por la relación laboral o por un organismo universitario.
Y es en este caso cuando alguien dirá... ¿Y por qué no una "maquinita" que tenga un "organismo" aunque no sea universitario? Claro que habrá quien omita que el inventor fue la máquina, a falta de que se pueda verificar luego.

B) Diseños:
(La legislación comunitaria es transparente con la española, con lo que no la refiero, pero está implícitamente expresada)
Aquí la cosa pudiera tener distinta interpretación. Y es que también la Ley de Protección Jurídica del Diseño Industrial en su artículo 14 establece "1. El derecho a registrar el diseño pertenece al autor o a su causahabiente." Teniendo presente que las máquinas no son sujetos de derecho, "debería" entenderse que no hay tal derecho.

En diseños, no se exige que el solicitante, persona física o jurídica, identifique al autor.

Pero, es responsabilidad del solicitante hacerlo. Art. 21.2 "e) La mención del autor o del equipo de autores o la declaración, hecha por el solicitante y bajo su responsabilidad, de que el autor o el equipo de autores ha renunciado a su derecho a ser mencionado."

Con lo que podría aceptarse que los diseños pudieran ser registrados si reúnen las condiciones de novedad y de "singularidad", pero, en caso de "saberse esta característica", los derechos inscritos podrían ser objeto de nulidad, de identificarse que esa "renuncia" es imposible al no realizarla un sujeto de derechos.

Todo ello en breve comentario -por tanto considérese que lo es "en gordo" o sea sin matices- que darían para un tratado, de casuística y profundidad imposibles de expresar aquí.

La conclusión: Al menos actualmente será mejor "apadrinar" los diseños por personas naturales, también las invenciones, aunque parte o todo lo haga una máquina. Porque en otro caso su nulidad tras verificarse, podría tolerar la imitación y desarrollo paralelo por distintas empresas de forma lícita. (Y a salvo de que la realidad desvelada supondría la nulidad del derecho de exclusiva inscrito).

Y es que el derecho de autor sobre creaciones intelectuales es de hasta 70 años tras su muerte. El derecho de una patente hasta 20 años tras su fecha de solicitud. El derecho de un diseño hasta 25 años si registrado, y de tres en caso de no registro con los requisitos del Reglamento CE 6/2002. Y puede que las "maquinitas" priven de derechos a quien explote esas creaciones.

Y lamento que sea un "rollo" para muchos, aunque a mi me parezca apasionante, por la trascendencia que pueda alcanzar.
 
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Je, je, hay que reconocer que las "maquinitas" superan casi cualquier ocurrencia humana. A ver cómo diseñan zapatos, y si nos tendremos que operar los pies para poder meter los pinreles ahí.

Pero, sí hay algo muy importante en esto. Como sabéis todos (es mi forma de explicar lo que viene luego), la propiedad intelectual procede del autor, Y el autor está definido en (art. 5) la Ley española de Propiedad Intelectual como "1. Se considera autor a la persona natural que crea alguna obra literaria, artística o científica."

Con lo cual no hay ni cabe protección en el ámbito intelectual a la luz de la ley vigente.

Y reflexiono. ¿Entonces, existe protección en el ámbito de la Propiedad Industrial?

Pues... esto tendrá su meollo, todavía sin polemizar. Pero,

A) Invenciones:
Es el art. 10 de la Ley de Patentes la que expresa: "1. El derecho a la patente pertenece al inventor o a sus causahabientes y es transmisible por todos los medios que el derecho reconoce." Y en las solicitudes es requisito el nombre del inventor. Y el derecho de la invención pertenece al inventor, que según se deduce es un "sujeto de derechos" y por tanto no una máquina.

A diferencia, la Ley de Patentes no exige expresamente personalidad natural -pero se consideraría así a la luz de la realidad laboral del inventor pues solo es sujeto de derecho una persona, nunca una máquina; no hay relación laboral si no es persona natural-, si bien también se deduciría por analogía sobre la anterior Intelectual, sin embargo es su art. 134 el que permitiría que la invención fuera declarada por la relación laboral o por un organismo universitario.
Y es en este caso cuando alguien dirá... ¿Y por qué no una "maquinita" que tenga un "organismo" aunque no sea universitario? Claro que habrá quien omita que el inventor fue la máquina, a falta de que se pueda verificar luego.

B) Diseños:
(La legislación comunitaria es transparente con la española, con lo que no la refiero, pero está implícitamente expresada)
Aquí la cosa pudiera tener distinta interpretación. Y es que también la Ley de Protección Jurídica del Diseño Industrial en su artículo 14 establece "1. El derecho a registrar el diseño pertenece al autor o a su causahabiente." Teniendo presente que las máquinas no son sujetos de derecho, "debería" entenderse que no hay tal derecho.

En diseños, no se exige que el solicitante, persona física o jurídica, identifique al autor.

Pero, es responsabilidad del solicitante hacerlo. Art. 21.2 "e) La mención del autor o del equipo de autores o la declaración, hecha por el solicitante y bajo su responsabilidad, de que el autor o el equipo de autores ha renunciado a su derecho a ser mencionado."

Con lo que podría aceptarse que los diseños pudieran ser registrados si reúnen las condiciones de novedad y de "singularidad", pero, en caso de "saberse esta característica", los derechos inscritos podrían ser objeto de nulidad, de identificarse que esa "renuncia" es imposible al no realizarla un sujeto de derechos.

Todo ello en breve comentario -por tanto considérese que lo es "en gordo" o sea sin matices- que darían para un tratado, de casuística y profundidad imposibles de expresar aquí.

La conclusión: Al menos actualmente será mejor "apadrinar" los diseños por personas naturales, también las invenciones, aunque parte o todo lo haga una máquina. Porque en otro caso su nulidad tras verificarse, podría tolerar la imitación y desarrollo paralelo por distintas empresas de forma lícita. (Y a salvo de que la realidad desvelada supondría la nulidad del derecho de exclusiva inscrito).

Y es que el derecho de autor sobre creaciones intelectuales es de hasta 70 años tras su muerte. El derecho de una patente hasta 20 años tras su fecha de solicitud. El derecho de un diseño hasta 25 años si registrado, y de tres en caso de no registro con los requisitos del Reglamento CE 6/2002. Y puede que las "maquinitas" priven de derechos a quien explote esas creaciones.

Y lamento que sea un "rollo" para muchos, aunque a mi me parezca apasionante, por la trascendencia que pueda alcanzar.
Sin entrar en detalles de tú excelente análisis me temo que los cambios van a ser muy profundos en todos los aspectos incluyendo los normativos y/o legales. Vienen tiempos de cambios apasionantes (vistos en sentido amplio, tanto positivos como negativos) y eso que esto “acaba de empezar”

Un ejemplo de una prueba que hice con el teléfono y ChatGPT en dos minutos:

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Reacciones: Alejandro Gerardo
Según Chat GPT esta es la mejor colección de 5 relojes. No va desencaminado. En otras repuestas varía un poco, incluye al JLC Reverso y otros modelos.
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Reacciones: Jose Perez
Comparto algunos diseños que obtuve, mas su presentador mostrándolos, todo con IA
 
Agarraos bien que vienen curvas...
Esta tecnología puede cambiar mucho el mundo como lo conocemos actualmente. No sé si es más para bien o para mal... me inclino a pensar que quizá algo más para mal... pero no creo que tardemos mucho en ver los primeros efectos.

Saludos compañer@s
 
Como arquitecto, puedo aseverar que es perfectamente posible. Tendremos que abrirnos paso nuevamente, quizás redescubriendo los lazos humanos y las técnicas de todo tipo. Será casi una carrera.
Menos mal que a mi ya me pilla mayor esto, soy de la vieja escuela.
A mi todo esto me inquieta mucho.....mucho
 
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Reacciones: Outeiro
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