Aunque no hable, son cosas sujetas totalmente al criterio del agente de autoridad. Y esto está recogido en la ley y siendo estado de alarma, recurrir de poco servirá, ya que su criterio es el que al final cuenta.
Si hay por ejemplo 3 supermercados mucho mas cerca, por puro sentido común y limitar la movilidad, no se permitirá desplazarse a otro que está a lo mejor a 10 kilómetros, por poner un ejemplo.
Esto se da mucho con gasolineras por ejemplo, para repostar o comprar bombonas, de gente que lo hace igual porque la que está más lejos es mas barata.
No se puede, multa al canto.
"art. 11 de la Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio, de los estados de alarma, excepción y sitio"
-Se podrá limitar la circulación o permanencia de personas o vehículos en horas y lugares determinados, o condicionarla al cumplimiento de ciertos requisitos.
-Se podrá practicar requisas temporales de todo tipo de bienes e imponer prestaciones personales obligatorias.
-Se podrá intervenir y ocupar transitoriamente industrias, fábricas, talleres, explotaciones o locales de cualquier naturaleza, con excepción de domicilios privados, dando cuenta de ello a los Ministerios interesados.
-Se podrá limitar o racionar el uso de servicios o el consumo de artículos de primera necesidad.
-Se podrá impartir las órdenes necesarias para asegurar el abastecimiento de los mercados y el funcionamiento de los servicios y de los centros de producción afectados.
Todas estas cosas, y lo que supone, con sus respectivas puntualizaciones, que pueden ser muchas, no tienen que salir en ningún BOE para que se hagan cumplir, en un estado de alarma, aunque se haya hecho con casi todo.
Por poner otro ejemplo que se ha llevado a cabo, por parte de personal de seguridad en algunos supermercados.
La penúltima norma, se ha cumplido por ejemplo con el alcohol. Un bote por persona, al ir al comprar.