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Una cuestión de velocidad..

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De la casa
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Hola compañeros, con motivo de las cada vez mas draconianas medidas adoptadas por la DGT, tanto por mediación de multas con afán recaudatorio, como el sistema de carné por puntos...debemos sumarle el "nuevo" concepto de delito en sentido técnico, por conducción temeraria a determinadas velocidades.

Llegado este punto todos hemos asistido a la "bofetada" que la Audiencia Provincial de Burgos, ha remitido a la DGT, que transcribo de un periódico on line..

"Constantino G.S., natural de Villayón (Asturias) y residente en Ribadeo (Lugo), de 42 años, negó haber alcanzado 260 kilómetros por hora y argumentó que su coche, un Audi A-8, tiene un limitador de velocidad de 250 kilómetros por hora.

Pero la sentencia mantuvo como hechos probados que circulaba a 260 cuando fue sorprendido por un radar e interceptado por la Guardia Civil a la altura del kilómetro 128, un tramo recto de la autovía A-231, que une León con Burgos. Ir a esta velocidad constituye una conducta "manifiestamente temeraria, al infringir gravemente las normas de circulación", que crea "rechazo y reproche en la mayoría de la sociedad", pero no se puede considerar como un delito de conducción temeraria porque "no hubo ninguna circunstancia de peligro concreto", requisito necesario para aplicar el artículo 381 del Código Penal.
"

En resumen, dice que la velocidad no implica el hecho de una conducción temeraria, sino se produce una situación que justifique realmente el haber creado una situación de peligro...

¿Que opináis?

Un abrazo :) :)
 
Sentido común en estado puro. No por saltarte un limite de velocidad vas a tener un accidente o poner en peligro a alguien, en todo caso habrás violado una norma circulatoria. El caso de Barcelona y su área metropolitana es sangrante con su limitación a 80 km/h, (en autopistas y autovías de tres y cuatro carriles).
 
Me alegra ver que los jueces tienen el sentido común que le falta a Pere Navarro.
Solo de pensar que hay que aguantar otros cuatro años a este macarra venido a más me da dolor de barriga :-((
Espero que le sigan dando más bofetadas de este tipo, aunque me temo que la situación es irreversible :(
 
Hola compañeros, con motivo de las cada vez mas draconianas medidas adoptadas por la DGT, tanto por mediación de multas con afán recaudatorio, como el sistema de carné por puntos...debemos sumarle el "nuevo" concepto de delito en sentido técnico, por conducción temeraria a determinadas velocidades.

Llegado este punto todos hemos asistido a la "bofetada" que la Audiencia Provincial de Burgos, ha remitido a la DGT, que transcribo de un periódico on line..

"Constantino G.S., natural de Villayón (Asturias) y residente en Ribadeo (Lugo), de 42 años, negó haber alcanzado 260 kilómetros por hora y argumentó que su coche, un Audi A-8, tiene un limitador de velocidad de 250 kilómetros por hora.

Pero la sentencia mantuvo como hechos probados que circulaba a 260 cuando fue sorprendido por un radar e interceptado por la Guardia Civil a la altura del kilómetro 128, un tramo recto de la autovía A-231, que une León con Burgos. Ir a esta velocidad constituye una conducta "manifiestamente temeraria, al infringir gravemente las normas de circulación", que crea "rechazo y reproche en la mayoría de la sociedad", pero no se puede considerar como un delito de conducción temeraria porque "no hubo ninguna circunstancia de peligro concreto", requisito necesario para aplicar el artículo 381 del Código Penal."

En resumen, dice que la velocidad no implica el hecho de una conducción temeraria, sino se produce una situación que justifique realmente el haber creado una situación de peligro...

¿Que opináis?

Un abrazo :) :)

Me alegra mucho que pongas esta sentencia Santi.

Yo siempre pongo esta metáfora para explicar que ir a 200 no es ser un delincuente.

Si yo voy a pedirle a mi vecino un cuchillo jamonero porqué el mio se ha partido y cruzo la calle con el, y me ve una persona por la ventana que llama a la policia. ¿ He cometido un delito por llevar un arma blanca ? ¿ He querido hacerle daño a alguien ?

Si voy con el cuchillo en ristre y la calle está llena de gente pues lo más probable es que se lo clave por error a alguien (aunque no tenga voluntariedad) por tanto procuraré llevarlo hacia abajo para no dañar a nadie, es decir si la carretera va llena y es peligrosa iré más despacio, pero si la carretera está vacia (autovia) no hay peligro, ¿ Por qué no puedo ir a 180 en un coche con todos los elementos de seguridad ?

Se está diciendo que por pedirle prestado un cuchillo jamonero al vecino soy un asesino.
La presunción de inocencia para el Gilipuá del Sr Navarro no existe.
 
Es una cuestión de estricta aplicación de los preceptos del Código Penal puesto que lo que señala la Sentencia es que la acción descrita es encuadrable dentro del 379.1 C.P. que prevé penas de 3 a 6 meses en aquellos casos en que se circula en vía interubana en ochenta kilómetros por hora más de lo permitido, en tanto que esa conducta “per se” no implica la aplicación del 380 que habla de conducir con temeridad manifiesta y además poner en peligro “concreto” –señala expresamente la norma- la vida o la integridad de las personas caso este en el que las penas son más elevadas. En todo caso siempre podremos pensar que conducir a 200 pone en riesgo la vida de los demás –y la propia lógicamente- pero lo que hace el juez es llevar a efecto la distinción que el legislador ha establecido, porque lo contrario sería vaciar de contenido el 379.1.

Saludos
 
Me alegra mucho que pongas esta sentencia Santi.

Yo siempre pongo esta metáfora para explicar que ir a 200 no es ser un delincuente.

Si yo voy a pedirle a mi vecino un cuchillo jamonero porqué el mio se ha partido y cruzo la calle con el, y me ve una persona por la ventana que llama a la policia. ¿ He cometido un delito por llevar un arma blanca ? ¿ He querido hacerle daño a alguien ?

Si voy con el cuchillo en ristre y la calle está llena de gente pues lo más probable es que se lo clave por error a alguien (aunque no tenga voluntariedad) por tanto procuraré llevarlo hacia abajo para no dañar a nadie, es decir si la carretera va llena y es peligrosa iré más despacio, pero si la carretera está vacia (autovia) no hay peligro, ¿ Por qué no puedo ir a 180 en un coche con todos los elementos de seguridad ?

Se está diciendo que por pedirle prestado un cuchillo jamonero al vecino soy un asesino.
La presunción de inocencia para el Gilipuá del Sr Navarro no existe.

Me parece que ese hombre no es abogado y no conoce la presunción de inocencia...solo la de culpabilidad ::bxd:: ::bxd:: ::bxd::

Otra cosa curiosa que se me ha olvidado comentar, lo último es que estan recurriendo en masa la multas con la foto, si el conductor no ha sido detenido por un agente e identificado...¿Quien puede demostrar que el conductor es tu famoso amigo que hiciste en Bali y que ha estado de viaje en Madrid?? ¿¿Amigo del que solo conoces su nombre, Kerta y nada mas...??¿¿ A quien se le imputa la pérdida de puntos?? ¿¿Quien excedía la velocidad, el propietario del coche o el conductor???¿¿¿SI quien conduce atropella a alguien y se da a la fuga, el dueño del coche es el responsable penal??
 
Estas cosas me mosquean.
A ver,Una persona como el constantino del audi que va a 260 o a 250 con su limitador de velocidad ,por una autovia cuya velocidad maxima es 120 kh,es un inconsciente y por supuesto que es una conducta temeraria,como puede decir la sentencia que no hubo circustancia de peligro concreto,?el hecho de ir a esa velocidad ya es un peligro concreto,otra cosa es que no haya pasado nada ,pero peligroso esta claro que es.
Si yo me salto todos los semaforos de una avenida en hora punta ,en rojo y sin mirar con mi coche y no tengo ningun accidente,tampoco soy un temerario,?pero si me empotro contra otro vehiculo y muere una familia entoces soy un temerario?


Respecto al ejemplo de salacius y del cuchillo jamonero,si se lo pides a un vecino ,lo normal y coherente es que lo lleves envuelto en periodicos o algo que lo proteja y con cuidado ,sabiendo lo que se lleva y no en ristre aunque este vacia la calle,porque sino es asi, que pasa si al dar la vuelta a la esquina de repente viene alguien y se lo clavas sin querer?
O si te caes y te lo clavas? por no llevarlo protegido y con el cuidado que se debe?

Con un coche mas todavia,que pasa si ese señor va a 250 o a 180 como dices, y te encuentras con una moto que va a 90?,si hay un pequeño cambio de rasante o otra circustancia ,igual te la comes.
Y si se te revienta una rueda a 250 y te saltas la mediana y te estrellas contra uno que no tiene culpa de nada?

Porque los que respetamos las normas tenemos que estar con riesgo de que los incoscientes y prepotentes no las respeten?

Asi pasa lo que pasa

Caña dura a los que se salten las normas de circulacion a la torera poniendo en peligro a los demas.
 
Me parece que ese hombre no es abogado y no conoce la presunción de inocencia...solo la de culpabilidad ::bxd:: ::bxd:: ::bxd::

Otra cosa curiosa que se me ha olvidado comentar, lo último es que estan recurriendo en masa la multas con la foto, si el conductor no ha sido detenido por un agente e identificado...¿Quien puede demostrar que el conductor es tu famoso amigo que hiciste en Bali y que ha estado de viaje en Madrid?? ¿¿Amigo del que solo conoces su nombre, Kerta y nada mas...??¿¿ A quien se le imputa la pérdida de puntos?? ¿¿Quien excedía la velocidad, el propietario del coche o el conductor???¿¿¿SI quien conduce atropella a alguien y se da a la fuga, el dueño del coche es el responsable penal??

Te lo pongo fácil :D : compra o pon a nombre de una tía-abuela de 87 años que tengas, que jamás ha conducido, el coche que adquieras/ya tengas.
Y a ver qué responsabilidad tiene sobre...euhhhhh...una foto que le sacó un cacharro que han colocado encima de un pórtico sobre la autopista:
la única de identificar al conductor...y a ver cómo rayos lo hace si todos sabemos que ha hecho 2.456 copias de las llaves, y las ha repartido por su pueblo, porque siempre fué de natural generosa...

Me apunto a ir a ver el juicio cuando salga, please (palabro del día en inglés)

Ay, que vida esta.
 
Nada,que viva el sentido común.
Ir a 260 por una autovía es seguro y razonable,claro que sí,con dos cojones
.
¿Por qué será que a los que respetamos los límites ,ni bebemos cuando conducimos,o si bebemos vamos en transporte público,nos la trae al pairo lo que diga el director de la DGT?
 
Nada,que viva el sentido común.
Ir a 260 por una autovía es seguro y razonable,claro que sí,con dos cojones
.
¿Por qué será que a los que respetamos los límites ,ni bebemos cuando conducimos,o si bebemos vamos en transporte público,nos la trae al pairo lo que diga el director de la DGT?

Seguro que no andas mucho en coche Javier.

Yo también respeto las normas. Pero hago sobre los 40.000 Km al año y me siento perseguido. Sí, perseguido.

Si alguien todavía se cree que la forma de actuar con las multas, no es con afán recaudatorio... Viva la inocencia.


Un saludo.
 
Seguro que no andas mucho en coche Javier.

Yo también respeto las normas. Pero hago sobre los 40.000 Km al año y me siento perseguido. Sí, perseguido.

Si alguien todavía se cree que la forma de actuar con las multas, no es con afán recaudatorio... Viva la inocencia.


Un saludo.

Pues mi ultimo coche,comprado en mayo de 2005 tiene ya 89.000 kilometros,o sea,que algo sí ando. Pero respeto los límites,y ni una multa-si quitamos alguna de aparcamiento - en 17 años de carnet.
Y en absoluto me siento perseguido,en serio.
 
Esto es como los que tiran petardos, botellas, mecheros y baterías de móvil en un campo de fútbol. El Comite de Competición sanciona si se produce " acierto "si no, no pasa nada. De vergüenza. Un tio que va a esa velocidad, solo por ese hecho, debería ir a la cárcel. Tendrían que hacer aquí como en EEUU: Mano dura a los infractores.
 
como he dicho mil veces, si hay radares fijos, ellos me limitan se donde estan y por ahí voy despacio.... y listo, si por el contrario en la entrada de cadiz, por la avenida, como se que no hay radares, me pongo a 180 ... si me mato o mato a alguien... solo entonces tendrá repercusiones mi velocidad.
Solución radares que multen pero avisen, no que asusten... si vas a 150 en una carretera como la que indica pooth tres carriles etc, con poco trafico, y ves un coche de la guardia civil a un lado, pegas un frenazo y puedes perder el control del coche....

Otra cosa a recordar los agentes no tienen la culpa de todo eso... son digamos meros mandados a los que los pobre toca lidiar con nuestro cabreos bueno a ellos y a veces a sus familias :-P :-P ( cagoen.. ).
SI hubiera mas fijo que habria menos accidentes estoy seguro
 
Nada,que viva el sentido común.
Ir a 260 por una autovía es seguro y razonable,claro que sí,con dos cojones
.
¿Por qué será que a los que respetamos los límites ,ni bebemos cuando conducimos,o si bebemos vamos en transporte público,nos la trae al pairo lo que diga el director de la DGT?

Pues es una cuestión para planteársela a si mismo: yo ni mato ni asesino ni robo ni violo, y me preocupa la actuación y comentarios del Ministro de Interior, del Bermejo, y de las negociaciones con ETA.

Tú sabrás por qué te la trae al pairo.
 
Pues mi ultimo coche,comprado en mayo de 2005 tiene ya 89.000 kilometros,o sea,que algo sí ando. Pero respeto los límites,y ni una multa-si quitamos alguna de aparcamiento - en 17 años de carnet.
Y en absoluto me siento perseguido,en serio.

Pues no andas poco no.

A mí tampoco es que me multen, en 21 años y sobre 18 andando bastante, de radar solo una y la sanción más baja.
Me refiero a que tienes que andar con mil ojos, porque en muchas ocasiones los límites de velocidad son un sin sentido.
Si todos cumpliéramos las normas y la señalización... Menudo caos.

En este país, por las carreteras que tenemos, lo de ir a 250 como que no.
No conozco Alemania, pero se me hace raro pensar que un coche pueda ir seguro a esa velocidad.
Si ellos lo permiten y parece que les va bien pues... Allá ellos.

Pero no me parece de recibo, que por muchas autopistas, no aquí en Asturias sino por Castilla, el límite de velocidad sea de 120.
De verdad. Está bien la prudencia, pero no me imagino un viaje a Madrid a 120, sin un gotero de calmante pa los nervios.
Lo veo insufrible.

Es que soy especialmente sensible a este tema y si me pongo no paro. Y no es plan.
Creo que este tema daría para otro foro. :-P

Por otra parte, son sólo apreciaciones mías.


Siento el peñazo.::blush::
 
Pues es una cuestión para planteársela a si mismo: yo ni mato ni asesino ni robo ni violo, y me preocupa la actuación y comentarios del Ministro de Interior, del Bermejo, y de las negociaciones con ETA.

Tú sabrás por qué te la trae al pairo.

Bueno,tal vez me he explicado mal,aunque la comparación que acabas de hacer es pelin miserable -lo siento,pero no encuentro palabra que lo defina y suene mejor-
El caso es que no me la trae al pairo,sino que en gran medida estoy de acuerdo con que se persiga a los conductores que por sistema circulan por encima de los límites,que están para algo.
Y es demagógico decir que la velocidad inadecuada,tanto por exceso como por defecto no es causa de accidente. Puedes hablar de las autobahn de Alemania todo lo que quieras,pero resulta que estamos en España y tenemos las carreteras que tenemos.
Y a lo mejor soy un tío raro,pero opino que si hay una muerte absurda, estúpida y que casi siempre puede evitarse es la que ocurre en la carretera,y si sé que Madrid-Alicante se hace en cuatro horas a 120 con una paradita a tomar café,no trato de hacerlo en tres,no me merece la pena,y si veo un tramo muy muy recto,muy muy largo,y con poco tráfico,no siento ninguna tentación de poner el coche a 160 -aunque supongo que para tí eso no es nada-.

Y no vamos a ponernos nunca de acuerdo.Para el que corre seguro que soy un mal conductor,inseguro,torpe y lento. PAra mí él es un conductor aún peor,imprudente y temerario. Al menos esta vez la ley está de mi parte,y si le colocan a 180 y le atizan una multa que se le lleve medio sueldo del mes,me alegro.
 
Pero no me parece de recibo, que por muchas autopistas, no aquí en Asturias sino por Castilla, el límite de velocidad sea de 120.
De verdad. Está bien la prudencia, pero no me imagino un viaje a Madrid a 120, sin un gotero de calmante pa los nervios.
Lo veo insufrible.

::

En eso estamos de acuerdo,pero es lo que hay.
Un saludo,
 
Circular a 80 km/h también es peligroso....y salir a la calle todos los días....y tomarse una caña en ciertos sitios.......al final vamos a llegar a la conclusión de que vivir es peligroso.
Por otra parte, estoy tan seguro de que la señalización de tráfico en lo referente a la velocidad es tan absurda e incoherente, que no me creo que alguien respete TODOS los límites y señales, porque con seguridad tendría un accidente (o lo provocaría). Yo también he circulado mucho y lo que veo es que habitualmente se circula a una velocidad razonable, que normalmente es superior al límite.
Mientras tanto se siguen regalando los carnets de conducir.....
 
Con lo fácíl que seria no autorizar la venta de ningún vahiculo que superara los 160 kms/h.
O poner dispositivos eléctronicos que limitaran la inyección y no poder superar los limites de velocidad establecidos...
Pero no, es mejor multar, encarcelar, gastar en radares y campañas de Tv, etc.
Otra opinión.
 
Qué escusa más mala! Pero si todo el mundo sabe que los teóricos 250 km/h de los limitadores son en realidad unos 263 km/h :whist::
 
sobre este tema solo comentar que yo también tengo limitador de velocidad en mi coche....y cuando circulo por autopista lo fijo en 125 klmts/h......¿de verdad pensais que un coche a 250 klmts/h no es un peligro para la integridad de los demás conductores....?
 
Y aún hay más.
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Es una cuestión de estricta aplicación de los preceptos del Código Penal puesto que lo que señala la Sentencia es que la acción descrita es encuadrable dentro del 379.1 C.P. que prevé penas de 3 a 6 meses en aquellos casos en que se circula en vía interubana en ochenta kilómetros por hora más de lo permitido, en tanto que esa conducta “per se” no implica la aplicación del 380 que habla de conducir con temeridad manifiesta y además poner en peligro “concreto” –señala expresamente la norma- la vida o la integridad de las personas caso este en el que las penas son más elevadas. En todo caso siempre podremos pensar que conducir a 200 pone en riesgo la vida de los demás –y la propia lógicamente- pero lo que hace el juez es llevar a efecto la distinción que el legislador ha establecido, porque lo contrario sería vaciar de contenido el 379.1.

Saludos

Exacto. La sentencia a la que hace referencia Santi habría que saber si es anterior o posterior a la reforma del código penal. Si es posterior, el fragmento de la sentencia no está diciendo que el conductor sea absuelto, sino que no se le puede condenar por el delito previsto en el artículo 380, al no haberse puesto en concreto peligro la vida o integridad de personas. Supongo que por no haberse practicado una mínima prueba acerca de que en la vía en ese momento circulaban más vehículos, porque si no, pienso que circular a 250 km/h o más fuera de un circuito es de una temeridad manifiesta.

O sea, que si la sentencia es posterior a la reforma, y con esos hechos probados, el conductor debió ser condenado por el delito del art. 379,1 y con todas las de la ley. Si nos ponen la sentencia entera, seguramente habrá sido así.

En resumen, no debemos pensar que en ese fragmento la sentencia dice que circular a más de 250 no es delito, sólo que no es suficiente por sí solo para que se aplique el art. 380 (conducción temeraria poniendo en concreto peligro etc...). Pero ese acusado sí cometió el delito del art. 379,1, al circular a una velocidad superior en más de 80 km/h a la permitida, así que, con la ley en la mano, es un delincuente. Saludos
 
para mi hay una cosa que no entiendo, el sinca mil de mi abuelo era igual de seguro que mi c5? por poner un ejemplo? pues ambos tenian las mismas limitaciones en cuanto a trafico.... sigo sin entender que no se haya evolucionado en ese aspecto... las señales de trafico y ... con la iglesia hemos topado es lo que menos ha evolucionado creo en la historia.. 😉:):):)
 
para mi hay una cosa que no entiendo, el sinca mil de mi abuelo era igual de seguro que mi c5? por poner un ejemplo? pues ambos tenian las mismas limitaciones en cuanto a trafico.... sigo sin entender que no se haya evolucionado en ese aspecto... las señales de trafico y ... con la iglesia hemos topado es lo que menos ha evolucionado creo en la historia.. 😉:):):)


Date un piño a simplemente cien por hora contra otro coche a la misma velocidad,o contra un muro con tu segurísimo C5 y me lo cuentas.
Mi suegro,mi suegra y mi mujer siendo niña volcaron con un seiscientos.Mi mujer no llevaba ni sillita ni cinturón y salió despedida.Todos ilesos. Por esa regla de tres un seiscientos es más seguro que muchos coches actuales,y mejor que los niños no vayan sujetos...

Por favor,que el argumento de que hay que correr porque los coches ahora son muy seguros es igual de demagógico que el de las carreteras alemanas.
 
Estado
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