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Opino que se ha exacerbado un poquito la cuestión

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planteada por Hoyer, y aún asumiendo el riesgo de ser lapidado en la plaza pública, no puedo dejar de emitir mi modesta opinión en relación a su “afaire” con fincasrubio.

Creo que Hoyer deja muy clara cuál es su intención al publicar el post, con el contenido de sus últimas frases:


No tengo ningún resentimiento contra fincasrubio. Cada uno debe saber lo que hace y como lo hace. Lo único que pido es unicidad de criterios a la hora de la valoración y venta de un reloj.

Si se dice que un reloj es nuevo y se vende como tal, debería además de serlo, parecerlo.

Y este, ademas de no serlo, tampoco lo parece.



Es decir, con ejemplar temple y corrección nos relata, incluyendo excelentes e incontestables pruebas gráficas, que fincas rubio le ofreció en venta un reloj como nuevo, en garantía y con papeles, que él aceptó en esas condiciones y al precio que le fue ofrecido, siendo así que al recibirlo pudo comprobar, con el lógico desagrado y decepción por su parte, que dicho reloj no reunía las condiciones en las que le fue ofertado.

De ello, se infiere que fincasrubio, como presunto aficionado a los relojes y, por ello, cuanto menos conocedor de los mismos, máxime si los ofrece en venta, debía conocer y saber que el estado de ese reloj no sólo no se correspondía con el de “nuevo”, sino que además carecía de la documentación pertinente junto con la que ofertaba el reloj. Si esta premisa es cierta, y todo indica que lo es, resulta también patente que fincasrubio no obró correctamente como vendedor pues, si conocía tales extremos incurrió en engaño al hacer su oferta, y si no los conocía, actuó con negligencia extrema.

Sea una u otra la postura íntima de fincasrubio –y que sólo él conoce-, la cuestión es que a los efectos que nos ocupan, ello resulta indiferente, toda vez que las consecuencias son idénticas ya que (y lo extraigo de un antiguo post mío):

… nuestra legislación en estos casos, impone al vendedor la obligación de saneamiento por vicios ocultos, que no es otra cosa que la obligación legal que adquiere frente a las reclamaciones del comprador cuando éste ha detectado que el reloj no obedecía al estado, características o correcto funcionamiento “prometidos” por el vendedor, aún cuando este mismo los desconociera y no tuviera ninguna “culpa” de ello, ya que no cabe confundir, en ningún caso “culpa” con “responsabilidad” derivada de las obligaciones inherentes y voluntariamente adquiridas al situarse en la posición de vendedor frente al comprador. (Si hubiere “culpa”, estaríamos entonces, con matices, en la frontera del ámbito penal: el delito de estafa arts. 248 y ss. del Código Penal).

Así, cuando el comprador detecta que el reloj adquirido no obedece a las características o estado ofrecidos por el vendedor, o simplemente, que no funciona correctamente por tener algún defecto mecánico, está perfecta, legal y legítimamente amparado para optar por solicitar a dicho vendedor la devolución del precio pagado más los gastos del contrato, o una rebaja del precio pagado, e insisto, aún cuando el vendedor ignorase tal vicio o defecto oculto ya que, si encima no los ignoraba, deberá devolver el precio y, además, indemnizar al comprador por los daños y perjuicios sufridos por éste –caso de haberlos y acreditarlos, claro-. (Arts 1484 a 1489 del Código Civil)…


Por ello, y dada la situación planteada, partiendo de la más que desatinada (desaprensiva dirían algunos) actuación inicial de fincasrubio, éste cumplió correctamente al final como debía, que es ofreciendo a Hoyer la restitución del precio previamente abonado por éste al comprar el reloj, tras devolución del mismo.

Esto es para mí lo esencial y lo que, desde luego, descriminaliza la conducta inicial de fincasrubio, al reubicarse con su ofrecimiento de rescisión de la compraventa, con devolución del precio pagado y entrega del reloj, dentro de las reglas de juego civiles propias de la naturaleza privada de dicho contrato de compraventa.

Estas cuestiones surgen a diario, desde que el hombre comercia, es decir, desde el principio de los tiempos y por ello las reglas para su resolución se plasman en leyes. En este caso Hoyer ni si quiera ha optado por la rescisión del contrato, sino que sopesando sin duda el conjunto de la operación, ha decidido dar por perfeccionada la compraventa, por lo que lo único que colijo de su post, a parte de su natural y compartida indignación, es que reclama que entre nosotros se juegue limpio y que cuando alguien oferta un reloj en determinadas condiciones, la realidad obedezca escrupulosamente a dicha oferta. Creo que eso es algo que suscribimos todos y que, afortunadamente, en prácticamente todos los casos es así.

Ahora bien, no creo prudente exacerbar la cuestión prodigando consecuencias desmesuradas o desproporcionadas a la entidad real de lo acaecido, como las de tildar de delito de estafa a la actuación de fincas rubio, o poner en entredicho la supervivencia del FCV, cuando lo sucedido es algo que seguramente todos tenemos en mente en cada operación de este tipo que realizamos y que, desgraciadamente a veces ocurre casi como algo estadísticamente inevitable y, a la postre resoluble, como ha ocurrido en este caso en el que Hoyer, cuanto menos, ha podido optar por la forma de resolverlo, lo que no quiere decir que el prestigio del vendedor no haya caído en lo más profundo de una ciénaga lo cual, de por sí, ya es una consecuencia.

Saludos.
 
Última edición:
Hola
Desde la inexperiencia que me da el poco tiempo que llevo entre vosotros y las escasas transacciones no profesionales que llevo efectuadas en la red te digo dos cosillas:
- Tanto tu, Paso, como Hoyer tenéis un nivel tan exquisito de educación y temple/sosiego que está más haya de lo razonable para lo que yo considero un humano español. Veo que existe gente que ve más haya del "¿a que no hay huevos?" y eso me gusta.
- La historia que todos hemos podido leer, de ser cierta, tendría dos protagonistas: un TIMADOR engañista-engañador y el timado engañado. Nada más y nada menos.
Lo que diga la ley escrita por los hombres o los 1000 y un matices con los que podamos seguir adornando la historia no me sacarán de esto. Yo esto no lo esperaría de una persona correcta (correcta sin más), ¿alguien si?
Que Hoyer no esté resentido con fincasrubio no aporta nada sobre este último sino sobre el primero. El ánimo del mensaje de Hoyer, su finalidad y su tono nos dibuja un saber hacer, un temple y una educación determinada... nada más. Un timador perdonado no es mejor que uno que le pitan los oídos.
Insisto, todo esto podrían ser dos personajes imaginarios ya que a ninguno conozco. Sólo he visto unas fotos y un texto. Desde luego no necesito acudir a un libro gordo donde se escriben leyes para reconocer la descripción de un timo, inisisto, no se si real o no.
Por cierto, yo he comprado 5 productos a 4 foreros distintos y ni una sola pega. Creo recordar que nunca he mencionado las mercancías, los productos, el trato y demás.... quizá tendríamos que empezar a hacerlo. No para decir "fulanito es todo un caballerazo; le he dado lo que pedía y me ha dado lo que ofrecía" sino "transacción correcta" o "ojo con este tío".
Un saludo para todos, elfernan ;-)
Pd. Espero no haber ofendido a nadie, si lo he hecho es por torpeza en la redacción :huh: ya que no está en mi ánimo.
 
Hola, Paso:

Sí y no. Te transcribo parte del post que puse en el hilo de Hoyer:

Disiento totalmente de los que decís que al quedarse Hoyer con el reloj ya está zanjado el asunto, y no hay responsabilidad en el vendedor. Ni hablar. Claro que la hay, muy gorda, y sin entrar en consideraciones jurídicas para las que no tengo preparación, puesto que una vez que Hoyer decide quedarse el reloj, y un mes despues, el vendedor persiste en el engaño al enviar una ¿factura? con una ¿tarjeta de garantía? que no son de recibo en modo alguno.

Un abrazo, Paso.:)
Luis
 
Y después de todo esto...

...Fincas Rubio sin aparecer.
 
Querido Paso, resumiendo . Hemos llegado a la misma conclusion , cuando se le ofreció la devolucion del dinero y dijo que NO, acepto en la totalidad "eso" que habia recibido y punto.
Ese fue su error, no hay mas vuelta de hoja.
Un abrazo.
 
no creeis que acepto por miedo a perder el reloj?el dinero ya lo havia perdido,el reloj aun no.
 
Yo pienso que aunque en cuanto la operacion despues de ser desastrosa, se lleva a cabo , la parte comprante piensa que despues de todo el engaño en la operacion sigue siendo beneficiado para si, entiendo con ello que despues de todos los engaños se encuentra con un reloj en casita (aunque sea usado, y sin garantia) en un precio que le parece ganga, sino no entiendo como fincasrubio se ofrece a devolver el dinero y el comprador no esta dispuesto.
Por consiguiente , pienso que FINCASRUBIO obra mal , pero el comprador despues de la engañifa, se siente satisfecho con la compra, por lo que sobran las descalificaciones.........entendiendo como mal obrar por las dos partes.
Publicidad engañosa y de todos modos,
compra buena por comprador (sino no se entiendo no aceptar la devolucion del dinero)
 
Exactamente Santi,

admiro tu capacidad de síntesis, y es que no se pueden "criminalizar" sin más todas aquellas conductas reprobables que se dan en una transacción civil, por muy de moda que esté en ciertos estamentos el encontrar las soluciones a todo aquéllo a lo que no llegan, recurriendo al Código Penal: principio de intervención mínima del Derecho Penal.

Del mismo modo, y contestando en parte al amigo Luis, diría que de "estómago" y apasionadamente, casi comparto tu indignación y sugerencias, pero ni podemos obligar a Hoyer a que, dentro de las soluciones que se le ofrecían podía optar, ni tampoco reprocharle la solución por la que finalmente optó. La libertad entre las partes en un contrato es absoluta y nadie debe inmiscuirse en las razones profundas que les llevaron a tomar una concreta decisión. Esa libertad corresponde únicamente a Hoyer en este caso y, desde luego, no seré yo quien le pregunte o reproche por qué lo hizo así: sencillamente ha sido su opción, y lo ha sido porque tenía entre qué optar.

Muy diferente hubiera sido, y supongo que estarás conmigo en ello, que una vez recibido el dinero, fincasrubio hubiera "desaparecido" desentendiéndose del tema: eso sí que empieza a tener ya nombre propio en el Código Penal.

En cualquier caso, puestos a escoger, prefiero tener la posibilidad de optar entre quedarme con el reloj o que me devuelvan mi dinero, que el no tener más remedio que "tragarme" el reloj y verme obligado a acudir al Juzgado de Guardia para, quizás algún día, y despues de algunos "mareos" con sus idas y venidas, recuperar en todo o en parte el dinero que pagué y, en el peor de los casos, ni siquiera eso...

En fin, opino que son supuestos distintos que, aún partiendo de idénticas premisas, llevan a consecuencias muy diferentes.

Un cordial saludo.
 
Ay, Paso, Paso...
Me temo que en esta ocasión estoy más con el pueblo llano ( osea, con Elfernan...) que con la Magistratura.
No se porqué leyéndote me he acordado de las sentencias de algunos jueces que, probablemente ajustadas a Derecho, acaban produciendo escándalo social.
Jalija invocaba el sentido común. También podría decirse que porqué darle vueltas a lo sencillo hasta convertirlo en complicado...

“Es decir, con ejemplar temple y corrección nos relata, incluyendo excelentes e incontestables pruebas gráficas, que fincas rubio le ofreció en venta un reloj como nuevo,...”

Por lo que he podido leer, el reloj ofrecido era “ nuevo”, no “como nuevo”, algo más que un matiz, ¿ no crees?

“...cumplió correctamente al final como debía, que es ofreciendo a Hoyer la restitución del precio previamente abonado por éste al comprar el reloj, tras devolución del mismo.
Esto es para mí lo esencial y lo que, desde luego, descriminaliza la conducta inicial de fincasrubio,...”

Ah, bueno, entonces nada... Osea que el hecho de que le envie un reloj usado haciéndolo pasar por nuevo, que no entregue la documentación prometida y tras mucha insistencia la falsifique, la historia truculenta con los relojes desaparecidos de Brocaman, que Correos era capaz de asegurarle haberlos entregado, sin necesidad de indicar el nº de envio, puesto que lo había “perdido”... Todo eso pierde importancia, deja de ser esencial, puesto que se “ ofrece” devolver el precio convenido...” tras devolución del mismo”¿ Y como se materializa ese ofrecimiento por parte de alguien así? Y es que entre “ofrecer” y “dar” hay un largo trecho, Paso.
Me inclino a pensar que “tras devolución del mismo”la historia se habría agravado para Hoyer.

Total, que como esto va cobrando excesivas dosis de morbo y no es asunto mío, paso de seguir comentándolo, Paso.

Y sí, aunque no comparto tu analisis, estoy de acuerdo, al menos, con el título de tu post. Espero que sepas disculparme este alegato y las licencias de ironía. Créeme que siento llevarle la contraria a alguien como tú, cuyos escritos suelen deleitarme.

Un saludo cordial
 
Santi es muy facil , definirse sobretodo cuando el problema lo tiene otro esta claro que el dinero ya no lo tenia y que pudiera ocurrir que también perdiera el reloj , y punto . Yo tengo claro que yo no lo habria comprado pero las fotos , factura y garantia son de coña , esta claro que cada cual compre o no compre según su criterio pero Paso yo creo que no se ha exagerado , si yo te digo que el reloj es nuevo es por que lo es , si para contrarestar la primera mentira luego te digo que te devuelvo el dinero ¿ tu te fiarias? pues yo no, también estoy de acuerdo con Enric que el tema se venia venir.
 
Pues sí flan...

efectivamente, aunque con destacada torpeza por mi parte, tal y como pones de relieve, con la expresión "ofrecer como nuevo", trataba -torpemente, sin duda- de referirme al "estado de nuevo", al menos eso era lo que estaba en mi pensamiento e intención, que no probablemente en mi expresión. :(

De todos modos creo que ello se colige bien del contenido del conjunto de mi post. ;-)

En lo demás, resulta ocioso recalcar que no estoy de acuerdo. A más de no mezclar los dos "contenciosos abiertos" y referirme únicamente al de Hoyer, tan sólo me he limitado a canalizar mi pensamiento sobre la cuestión en base a los usos y costumbres en la compraventa privada, que ya se recogían en el Derecho Romano y que, heredados por nuestra legislación en la materia, perviven hasta nuestras fechas. Si ello ahora en el siglo XXI escandaliza y lo propio es tirar de "palo y bastón", sin tratar de discernir sobre lo que debe ser derecho público y privado y pasar por el mismo rasero todas las conductas, despojándolas de su naturaleza e individualidad, es algo en lo que se puede estar de acuerdo, sin duda, pero yo no, aunque ello escandalice.

El Derecho Penal es la ratio última para la defensa de los intereses de una sociedad civilizada, pero para ciertas sociedades, cuyo signo obvio textualizar, es la primera y casi única forma de defender tales intereses, ante la exigua entidad de sus argumentos para sobrevivir e impotencia para crear las bases de un marco de convivencia libre y adecuado.

En fin, que acabaré dirigiéndome a una comisaría para entregarme tras confesar que soy fumador, con alto grado de colesterol a causa de mi adición al chorizo y que, en ocasiones hasta me excedo en el límite de velocidad: de 10 a 20 años me caen seguro... ¡Ah! se me olvidava, también confesaré que aún creo en la resolución de ciertos conflictos sin necesidad encarcelar, como principio y sistema, a quienes se vean involucrados en ellos. Claro, que eso va a ser por lo menos una circunstancia agravante, así que de diez nada, me caen seguro los veinte... :D :D :D

Pues eso, que ironía, con ironía se paga, y es que ya he dicho al principio de mi post que alguna "piedra" me caería: ¿por qué tendré que tener razón cuando de intuir malos augurios se trata? :(

Venga, son sólo opiniones, dulcificadas con una medio sonrisa de ironía, dentro de la más que indeseable situación analizada, pero que conste que nadie, absolutamente NADIE, escandalizado o no, puede penalizar la conducta de un vendedor en la que el comprador ha asentido, mostrando finalmente su acuerdo, salvo que nos halláramos en una sociedad donde se ha privado a los sujetos hasta de su derecho a pactar y a transaccionar entre sí. Los sospechados temores de Hoyer sobre la forma material de rescindir el contrato, los encuentro amplificados en tu post, respecto de lo que él dijo en el suyo, pero existen medios adecuados para garantizar su buen fin, aunque por lo que leo, muchos son los que, frente a su actitud y sus concisas palabras, están pensando por él y para él. Yo simplemente le respeto por lo que ha dicho y hecho, pero huyo de hacer cábalas sobre lo que no ha exteriorizado.

Ahora bien, si nos salimos de la operación de compraventa en sentido estricto y nos adentramos en el terreno de las falsificaciones... eso es ya harina de otro costal y afecta al interés público de lleno, más allá de la afectación que haya podido ocasionar al amigo Hoyer, :huh: pero no es de eso de lo que yo "hablaba" en mi post.

Saludos cordiales.
 
Ves flan? Eso es sentido común. Saludos :)
 
Paso, pero es que yo no veo que tras el incumplimiento manifiesto de las condiciones, Hoyer debiera en ningún momento creer en la buena fe del vendedor, para enviarle el reloj comprado y esperar recibir dinero.

Tras la pérdida de confianza, es de suponer que muy probablemente Hoyer hubiera perdido pieza y dinero. Y ya puestos en esta situación, llegaría hasta desconfiar más todavía y me cuidaría de cruzar el número de serie del reloj con los registros del fabricante y de la policía por eliminar la duda de que el bien adquirido pudiera ser robado, habida cuenta de las evidencias de que tarjeta de garantía, manual de isntrucciones y reloj no concuerdan.
 
J A REINARES dijo:
no creeis que acepto por miedo a perder el reloj?el dinero ya lo havia perdido,el reloj aun no.
Es muy posible que ese fuera su temor, aunque no deja de ser una suposición y lo que cuentan son los hechos. No creo que los hechos le hayan gustado mucho a Hayer. No? Yo suelo hacer el ejercicio de ponerme en la piel de el otro, para tratar de entender como se siente y, si me pongo en la piel de Hayer me siento tremendamente engañado; así que, mi solidaridad para Hayer. Y todo esto, sin exacerbar. Saludos a todos
 
Donde dice "Hayer" léase "Hoyer" :)
 
Hola de nuevo Paso... joer macho, que bien hablas
Yo no conozco al romano ese que dices que hace mucho tiempo caminaba derecho. Lo mío es más bien el álgebra de bull y en base a ella creo que me permitirás verter una contraopinión a tu último post (dulcificada y tal). El álgebra de bull + la deformación profesional puede, como no, contaminarlo todo pero no siempre en negativo; a veces soy un tipo que intento llegar más allá del supongamos una esfera perfecta :D
Algunas cosillas:
¿Aquí hay algún MENTIROSO-TIMADOR? Llamar Mentiroso a alguien que miente es tirar de “palo y bastón”, ¿qué dice el romano ese sobre este particular? ¿es incivilizado llamar al pan pan? ¿Le vas a comprar algo a este vendedor discriminalizado?.... ummmm... no era esto lo que quería decir.... empiezo otra vez.... :)
“pero que conste que nadie, absolutamente NADIE, escandalizado o no, puede penalizar la conducta de un vendedor en la que el comprador ha asentido, mostrando finalmente su acuerdo, salvo que nos halláramos en una sociedad donde se ha privado a los sujetos hasta de su derecho a pactar y a transaccionar entre sí”
¿Esto es una hipótesis? ¿una tesis? ¿una ley? ¿un principio?... lo pregunto ya que desconozco el posible contenido jurídico de la expresión “pero que conste” y más siendo precedida de una introducción dulcificada. Esto me pasa por ver películas de juicios (QUE CONSTE EN ACTA!!!!).
Por deformación profesional lo consideraré una preposición lógica sin más y al realizar sobre ella un análisis somero encuentro un par de dudas y me paro:
Si un vendedor como parte de su conducta vende lo no vendible (por peligroso, ilegal, falso.... no se... una bomba gordota) y el comprador asiente...... ¿de verdad de la buena que NADIE puede privar a estos sujetos de pactar?
Si un comprador muestra su acuerdo bajo cualquier tipo de coacción o simplemente no está capacitado , circunstancialmente o no, para efectuar la compra.... ¿de verdad de la buena que no se puede penalizar al vendedor si conoce estas circunstancias o incluso las provoca? ¿NADIE?
Esta que viene es buena 8o :
“huyo de hacer cábalas sobre lo que no ha exteriorizado” Con tu aseveración anterior (que haces constar ¿?) haces cábalas sobre todas las compras y ventas del mundo mundial que se hayan o no exteriorizado, sean o no de Hoyer. Además cuestionas en base al mismo razonamiento el tipo de sociedad por la negación o afirmación (así, en valores absolutos) de la preposición en cuestión. Esto último puedo demostrarlo matemáticamente (si hay interés).
Por deducción inductiva es posible llegar a la conclusión de que perteneces al grupo de los que “están pensando por él y para él”.
¿qué opina el romano enderezado ese de todo esto?
Me quedo con esto: “Pues eso, que ironía, con ironía se paga” ¿eso es el quid pro quo dichoso no? En mi mundo si A=B entonces B=A, si alguien miente es un mentiroso.
Sin acritud :) , Elfernan ;-)
 
Si A=B es que B=A. Ves lo del sentido común que yo decía? :)
 
O sea un engaño no deja de ser engaño, aunque el engañado lo acepte. O no?
 
Amigo Elfernan, si no he entendido mal tu razonamiento, has obrado de la siguiente manera:

1.- En primer lugar, has seleccionado una frase en concreto del extenso razonamiento del amigo Paso, haciendo abstracción de las frases que la precedían y de las que la seguían.

Elfernan dijo:
“pero que conste que nadie, absolutamente NADIE, escandalizado o no, puede penalizar la conducta de un vendedor en la que el comprador ha asentido, mostrando finalmente su acuerdo, salvo que nos halláramos en una sociedad donde se ha privado a los sujetos hasta de su derecho a pactar y a transaccionar entre sí”

2.- Tras ello, has sacado a colación determinadas excepciones a las cuales no se podría aplicar la frase que has sacado de contexto.

Elfernan dijo:
Si un vendedor como parte de su conducta vende lo no vendible (por peligroso, ilegal, falso.... no se... una bomba gordota) y el comprador asiente...... ¿de verdad de la buena que NADIE puede privar a estos sujetos de pactar?
Si un comprador muestra su acuerdo bajo cualquier tipo de coacción o simplemente no está capacitado , circunstancialmente o no, para efectuar la compra.... ¿de verdad de la buena que no se puede penalizar al vendedor si conoce estas circunstancias o incluso las provoca? ¿NADIE?

3.- Y, finalmente, has concluído que el amigo Paso ha errado, ya que ha pronunciado una regla general no aplicable a esas excepciones.

Elfernan dijo:
Con tu aseveración anterior (que haces constar ¿?) haces cábalas sobre todas las compras y ventas del mundo mundial que se hayan o no exteriorizado, sean o no de Hoyer.

Hábil, amigo Elfernan, pero has hecho trampa ;-) Si no hubieras sacado la frase de contexto en primer lugar, habría resultado (sorry) evidente que Paso no pretendía enunciar una regla general carente de excepciones. ¿Qué opina el Sr. Bull de ese tipo de argucias? ;-)

De buen rollo, ein? :D :D :D
 
Última edición:
Hola Suso,

Suso dijo:
Paso, pero es que yo no veo que tras el incumplimiento manifiesto de las condiciones, Hoyer debiera en ningún momento creer en la buena fe del vendedor, para enviarle el reloj comprado y esperar recibir dinero.

Tras la pérdida de confianza, es de suponer que muy probablemente Hoyer hubiera perdido pieza y dinero. Y ya puestos en esta situación, llegaría hasta desconfiar más todavía y me cuidaría de cruzar el número de serie del reloj con los registros del fabricante y de la policía por eliminar la duda de que el bien adquirido pudiera ser robado, habida cuenta de las evidencias de que tarjeta de garantía, manual de isntrucciones y reloj no concuerdan.

No quisiera transmitir la sensación de que estoy "defendiendo" a nadie, y mucho menos a fincasrubio tras su deleznable actuación, simplemente he tratado de analizar/opinar sobre una situación expuesta únicamente por una de las partes intervinientes (sin oir por tanto a la otra) y además sin exponer en todo su detalle y minuciosidad los hechos acaecidos, ahora bien, los temores y sospechas que intuimos que rondaron a Hoyer en el momento en que tuvo que tomar una decisión, tienen orden, forma y medios para asegurar su buen fin, y es que tres mil euros dan para tomar ciertas precauciones y que van desde tomarse la molestia de contactar física y personalmente con el vendedor, asegurar la mercancía con declaración de contenido o exigir la previa devolución del dinero.

Simplemente la negativa a esto último: la previa devolución del dinero, ya daría margen a denunciar por Hoyer la presunta comisión de un delito de estafa.

Pero es más, puesto que la mayoría opina que lo que se ha cometido por fincasrubio es un delito de estafa y que debe denunciarse, no entiendo como nadie que así piensa no ha actuado en consecuencia, es decir, la Ley de Enjuiciamiento Criminal establece la obligatoriedad de todo ciudadano de denunciar un delito perseguible de oficio del que tenga conocimiento, y siendo tal la estafa, no entiendo como nadie de los que aquí así piensa, todavía no ha sido consecuente con ello, siendo de obligación legal tal proceder... :huh:

Claro que acudir a una comisaría a denunciar que un vendedor ha concluido una operación de compraventa en la que el comprador, advertido de las reales características del objeto comprado, estaba de acuerdo en cerrar la operación, pese a que el propio vendedor se había ofrecido a devolverle el dinero... y pese a ello y tratándose de un sujeto en su sano juicio se denuncia que ha sido "estafado", pues... ¡hombre!, a lo mejor te recogen la denuncia, pero nadie te va a privar de que te miren un poco rarito, y si el que denuncia esos hechos es el propio "perjudicado" que ha estado de acuerdo en cerrar la operación, igual le sugieren un "repasillo" por parte del médico forense. 8o

Del mismo modo, ciertamente también se puede acudir a la policía y exponer que se ha comprado un reloj a una persona determinada y que se sospecha que puede ser robado porque no nos ha facilitado los papeles originales del mismo, pero ¡ojo!, que si esas sospechas no son fundadas, no es difícil incurrir en un delito de "simulación de delito" o "denuncia falsa", y aquí fincasrubio igual cogía la "sartén por el mango". Son cosas MUY serias. 8o

Saludos.
 
Paso, reconozco que estaba esperando que intervinieras. Leerte es siempre una gozada :) :) :)

Gracias por el repaso en materia penal, que no la tocaba desde tiempos de la facultad. Es un lujo tenerte en el foro ;-)
 
Hábil, amigo Elfernan, pero has hecho trampa ;-) Si no hubieras sacado la frase de contexto en primer lugar, sería evidente que Paso no pretendía enunciar una regla general carente de excepciones. ¿Qué opina el Sr. Bull de ese tipo de argucias? ;-)

De buen rollo, ein? :D :D :D

Empezando por el final y hacia arriba que es donde suelen estar los principios, de buen rollo por supuesto :D
Tengo todavía la respuesta en word comentando el mensaje de Paso de cabo a rabo ( e incluso parte de otras intervenciones) pero me parecía y me sigue pareciendo un tocho infumable. Me he marcado lo esencial a modo de resumen que a mi juicio, equivocado o no, mantiene el hilo argumental de Paso.
Para ti es evidente que no se quería enunciar una regla general y para mi todo lo contrario. Es más ese enunciado biene soportado por ciertas introducciones bastante claras (repito, a mi juicio).
Si quieres lo pongo otra vez todo en contexto y seguiré estando en el mismo sitio (creo).
Y ahora ya llego al principio "has hecho trampa", pues mira, ya van dos veces hoy... consulta el cocurso de fotografía y creo que tengo otra.
Creo que el asunto es más simple que todo esto: Se aceptan compromisos posteriores a una puñetera mentira y eso legitima todo el proceso... no estoy ni estaré de acuerdo. No se puede criminalizar eso pq lo dice Paso y yo lo saco de contexto... tampoco estoy de acuerdo.:(
Hay que exacerbar estas actitudes en un entorno que se pretende de confianza.... pues si estoy de acuerdo.
Que dices que me he pasado de listo.... digo con las trampas (osea, de listillo) pues creo que no.... pero me haces dudar. :D
Saludos, elfernan
Pd. en confianza, conozco tanto al Sr. Bull como al romano derecho eso. Eso sí, el primero es más complicado sacarlo de contexto.
 
Elfernan dijo:
Se aceptan compromisos posteriores a una puñetera mentira y eso legitima todo el proceso...

No lo legitima, pero quizás sí que excluye un determinado tipo penal... Lo bueno que tiene ese sistema chungo y farragoso llamado Derecho Penal es que, cuando de lo que se habla es de meterte en el trullo, lo que tienes que haber hecho es algo muy, muy concreto. Y si no lo has hecho, pues no te meten en el trullo (lo que no excluye otro tipo de responsabilidades). Y qué queréis que os diga, no lo veo tan mal... ;-)

Oche, de verdad de la buena que voy de buen rollo, eh? Que le tengo mucho respeto, y hasta diría que cariño, a eso de confrontar argumentos :)
 
Bueno Elfernan,

Elfernan dijo:
Hola de nuevo Paso... joer macho, que bien hablas
Yo no conozco al romano ese que dices que hace mucho tiempo caminaba derecho. Lo mío es más bien el álgebra de bull y en base a ella creo que me permitirás verter una contraopinión a tu último post (dulcificada y tal). El álgebra de bull + la deformación profesional puede, como no, contaminarlo todo pero no siempre en negativo; a veces soy un tipo que intento llegar más allá del supongamos una esfera perfecta :D
Algunas cosillas:
¿Aquí hay algún MENTIROSO-TIMADOR? Llamar Mentiroso a alguien que miente es tirar de “palo y bastón”, ¿qué dice el romano ese sobre este particular? ¿es incivilizado llamar al pan pan? ¿Le vas a comprar algo a este vendedor discriminalizado?.... ummmm... no era esto lo que quería decir.... empiezo otra vez.... :)
“pero que conste que nadie, absolutamente NADIE, escandalizado o no, puede penalizar la conducta de un vendedor en la que el comprador ha asentido, mostrando finalmente su acuerdo, salvo que nos halláramos en una sociedad donde se ha privado a los sujetos hasta de su derecho a pactar y a transaccionar entre sí”
¿Esto es una hipótesis? ¿una tesis? ¿una ley? ¿un principio?... lo pregunto ya que desconozco el posible contenido jurídico de la expresión “pero que conste” y más siendo precedida de una introducción dulcificada. Esto me pasa por ver películas de juicios (QUE CONSTE EN ACTA!!!!).
Por deformación profesional lo consideraré una preposición lógica sin más y al realizar sobre ella un análisis somero encuentro un par de dudas y me paro:
Si un vendedor como parte de su conducta vende lo no vendible (por peligroso, ilegal, falso.... no se... una bomba gordota) y el comprador asiente...... ¿de verdad de la buena que NADIE puede privar a estos sujetos de pactar?
Si un comprador muestra su acuerdo bajo cualquier tipo de coacción o simplemente no está capacitado , circunstancialmente o no, para efectuar la compra.... ¿de verdad de la buena que no se puede penalizar al vendedor si conoce estas circunstancias o incluso las provoca? ¿NADIE?
Esta que viene es buena 8o :
“huyo de hacer cábalas sobre lo que no ha exteriorizado” Con tu aseveración anterior (que haces constar ¿?) haces cábalas sobre todas las compras y ventas del mundo mundial que se hayan o no exteriorizado, sean o no de Hoyer. Además cuestionas en base al mismo razonamiento el tipo de sociedad por la negación o afirmación (así, en valores absolutos) de la preposición en cuestión. Esto último puedo demostrarlo matemáticamente (si hay interés).
Por deducción inductiva es posible llegar a la conclusión de que perteneces al grupo de los que “están pensando por él y para él”.
¿qué opina el romano enderezado ese de todo esto?
Me quedo con esto: “Pues eso, que ironía, con ironía se paga” ¿eso es el quid pro quo dichoso no? En mi mundo si A=B entonces B=A, si alguien miente es un mentiroso.
Sin acritud :) , Elfernan ;-)

Creo que Jesús, con la habitual y destacada lucidez que le es propia y además le propicia su lugar de observador, ha matizado con mejor tino de lo que yo lo hubiera hecho, sin duda, el sentido e intención -acertados o no- de mi post.

Si con lo por mí dicho, y por Jesús debidamente matizado, no has entendido absolutamente nada (que por tus palabras así se me antoja), o por el contrario, entendiéndolo todo disientes, ruego acudas a la comisaría más cercana a tu domicilio y denuncies los hechos, en ciudadano cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 259 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Y, si con todo, sigues en tus trece, sólo me queda decirte una cosa: ¡tienes toda la razón!, todos los mentirosos deberían ir a la cárcel. Ala, ya está dicho, ¿te tranquiliza? :D :D :D

Saludos.
 
Estado
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