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¿Puede aduanas destruirme un Omega Seamaster?

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adryens

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Forer@ Senior
Sin verificar
[FONT=&quot]El pasado 5 de mayo me enviaron un Omega Seamaster desde US procedente de un intercambio en WUS por otra pieza acordada.[/FONT]
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[FONT=&quot]Pues bien. Me lo han retenido en aduanas y me solicitan una declaración de valor o procederán a la destrucción. Les he contestado que no dispongo de factura o similar ya que no es una transacción comercial, que no he realizado ningún pago. Pero he leído casos donde esa resupuesta les consta como “acuerdo de invalidación” y pueden proceder a destruir la mercancía.[/FONT]
[FONT=&quot]Estoy bastante acojonado ya que no se trata de un Vostok Amphibia.[/FONT]
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[FONT=&quot]Por favor, alguien puede orientarme? No es posible que esta gente pueda destruir algo así sin más. Bueno quien dice destruir dice “repartir entre los de la oficina”. [/FONT]
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[FONT=&quot]Estoy con un sofocón que no duermo.[/FONT]
 
Yo haría un contrato de compra venta del foro con el usuario. Preséntalo como prueba.
 
Yo haría un contrato de compra venta del foro con el usuario. Preséntalo como prueba.

Un contrato supongo que tiene que tener un importe reflejado, y te requerirán una certificación de transferencia bancaria o PayPal de ese importe. Cosa que no ha existido y tampoco se puede falsificar (ni se debe).

Ellos lo que quieren es trincar, pero en este caso no se de donde. Y al final se van a quedar con el reloj, lo tengo claro.
 
Una declaración firmada electrónicamente por el forero, donde exponga que te envía ese artículo sin contraprestación económica alguna?
 
Totalmente de acuerdo con el otro compañero, haz un contrato de compra venta o pídele la factura al exdueño del reloj, ahora, no se si para un cambio como este vas a tener que pagar IVA, sinceramente creo que lo mejor es que vayas a un abogado especializado en importación/exportación y que te diga lo que tienes que hacer. Seguro que se resuelve.
 
Pues modifica el contrato para que indique el cambio. Aporta tu justificante de envío de tu pieza y el de la otra parte.

Enviado desde mi VTR-L09 mediante Tapatalk
 
Se podria hacer un contrato de permuta?
 
Puedes hacer un contrato de compra venta donde se refleje la valoración del reloj del omega usado y de lo que le hayas dado en contraprestación como intercambio.

En cuanto al IVA, no se aplica entre particulares, en todo caso pagarías Impuesto de Transmisiones, no sé si además de pagar importación
 
Según la pagina de correos los envíos entre particulares con un valor superior a 45eur tienen que pagar IVA aunque hay excepciones en artículos de segunda mano. Hago aquí un copia y pega sobre qué hacer cuando no tienes factura. Viendo como esta esto sinceramente hablaría con la persona con la que hiciste el intercambio y si hay confianza haría un contrato de compra-venta y una transferencia por el valor real del reloj así tienes algo que presentarle a los de aduanas, una vez tengas el reloj en tus manos ya le pides a la otra parte que te devuelva el dinero. Creo que va a ser lo más simple. Pero claro, esto solo si hay confianza.
5. ¿Qué puedo hacer si no tengo factura? ¿Qué se puede presentar en su lugar?
Para realizar la declaración aduanera de importación, las empresas deben aportar siempre una factura comercial o una factura pro forma.
Por el contrario si el importador es un particular que no puede aportar factura o ningún otro documento justificativo del valor de la mercancía (justificante de pago, PayPal, etc.), podrán rellenar una Declaración Jurada de Valor (que figura en el Aviso de llegada) acompañado de justificante bancario de ingreso.

https://www.correos.es/es/es/atencion-al-cliente/informacion-aduanera mira el punto 3 donde hablan de que no tienes que pagar IVA si es de segunda mano.

 
Última edición:
Se podria hacer un contrato de permuta?

Correcto, el nombre legal para un intercambio es permuta.

Además, entiendo que en este caso no es que no haya contraprestación económica, sino que el valor de la contraprestación es el valor del reloj que tu hayas entregado a cambio. Esto en teoría, porque en la práctica no sé si esto que cuento te ayuda mucho.

Suerte y ánimo.
 
El pasado 5 de mayo me enviaron un Omega Seamaster desde US procedente de un intercambio en WUS por otra pieza acordada.


Pues bien. Me lo han retenido en aduanas y me solicitan una declaración de valor o procederán a la destrucción. Les he contestado que no dispongo de factura o similar ya que no es una transacción comercial, que no he realizado ningún pago. Pero he leído casos donde esa resupuesta les consta como “acuerdo de invalidación” y pueden proceder a destruir la mercancía.
Estoy bastante acojonado ya que no se trata de un Vostok Amphibia.


Por favor, alguien puede orientarme? No es posible que esta gente pueda destruir algo así sin más. Bueno quien dice destruir dice “repartir entre los de la oficina”.


Estoy con un sofocón que no duermo.


No lo van a destruir, se lo llevan a casa por que tambien quieren un buen reloj.
Para mi, de otra experencia mala con la aduana en Barajas, nunca mas nada de fuera de la UE.
No hay otra opcion, lo mandan a Suiza y ahi no hay problemas y solo 8% de IVA y un poco de comision para ellos. Funciona perfecto!
 
Última edición:
Un contrato supongo que tiene que tener un importe reflejado, y te requerirán una certificación de transferencia bancaria o PayPal de ese importe. Cosa que no ha existido y tampoco se puede falsificar (ni se debe).

Ellos lo que quieren es trincar, pero en este caso no se de donde. Y al final se van a quedar con el reloj, lo tengo claro.

En el contrato puede constar en vez de un importe pagado/cobrado la permuta realizada.
 
Cada vez se hace mas complicadas las transacciones internacionales.
 
huele a tactica del aduanero para trincar impuestos por el valor real de la pieza , no lo destruirán tranquilo... quieren trincar pasta
 
Última edición:
huele a tactica del aduanero para trincar impuestos por el valor real de la pieza , no lo destruirán tranquilo... quieren trincar pasta


Ellos van a comisión?
 
Ellos van a comisión?

Que yo sepa no [emoji28] ya lo que faltaba. Las empresas privadas de transporte si que les interesa parar paquetes por que te cobran los gastos de gestion pero ya esta. La ley es la que es, y es totalmente normal que te paren el paquete si va sin valor declarado, lo abren y de encuentran un omega. Lo que has hecho tu tampoco es muy normal y ellos no están acostumbrados a eso. Pero confio en que lo puedas solucionar, o haciendo lo que he dicho hace un par de mensajes o mediante algun tipo de contrato con la otra parte.
 
Última edición:
No me la jugaría, dales un valor basado en una tasación, la correspondencia intercambiada con el permutante, o algo para que ellos puedan calcular las aduanas e IVA ( si es aplicable). Si no lo haces pronto, igual lo pierdes.
 
Solución sencilla. Declarar el valor del reloj y pagar la tasa de importación más los gastos administrativos. El problema se ha originado porque el remitente no declaró el valor de la mercancía antes de su envío, algo que debería ser obligatorio.

Creo que es el segundo o tercer hilo abierto sobre este tema durante las últimas semanas. Debemos ser muy conscientes de los costes implícitos siempre que importamos un producto. Lo mejor es comprar solo dentro de la UE.
 
Pues sigo codo con codo en la pelea con ellos.

Después de presentarles un justificante con un acuerdo con la otra parte donde declaramos un valor de 800€ (lo mínimo que se nos ha ocurrido declarar), me piden ahora una modificación de mi declararación de la renta como que yo me dedico a esto, con aportación de garantía del 21% de iva sobre 800€.
Y pone que en caso contrario se procederá a liquidar a libre práctica, por el valor de 800€.

¿Alguien que entienda estos términos lo puede traducir en cristiano?
 
Pues sigo codo con codo en la pelea con ellos.

Después de presentarles un justificante con un acuerdo con la otra parte donde declaramos un valor de 800€ (lo mínimo que se nos ha ocurrido declarar), me piden ahora una modificación de mi declararación de la renta como que yo me dedico a esto, con aportación de garantía del 21% de iva sobre 800€.
Y pone que en caso contrario se procederá a liquidar a libre práctica, por el valor de 800€.

¿Alguien que entienda estos términos lo puede traducir en cristiano?

No soy abogado pero ahora le mando un mensaje a una amiga que es abogada y se dedica a temas fiscales. En cuanto sepa algo te digo.
A simple vista si es algo que te vendría bien ya que no tendrías que pagar el IVA. Es una importación para consumo privado.
https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/nuevasede.html

EDITO: El IVA puede ser que lo tengas que pagar, no lo dejan muy claro en la pagina web de la agencia tributaria
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Última edición:
Destruir no creo en todo caso subastaran.
 
Me acaba de contestar mi amiga y me ha dicho que no se encuentra muy puesta en temas de importación así que no se siente cómoda aconsejándote. Me ha dicho que tengas cuidado por que realizar una importación de este tipo de una manera incorrecta puede incurrir en multas. Te recomienda o que vayas a un abogado o que consigas un correo de la agencia tributaria/aduanas diciéndote que ese tipo de importación es la correcta para ti. Si tienes un correo o tienes algo por escrito de la agencia tributaria/aduanas diciendo que en tu caso hay que hacer ese tipo de importación si luego te reclaman algo les enseñas el correo y problema "solucionado".
 
Pues sigo codo con codo en la pelea con ellos.

Después de presentarles un justificante con un acuerdo con la otra parte donde declaramos un valor de 800€ (lo mínimo que se nos ha ocurrido declarar), me piden ahora una modificación de mi declararación de la renta como que yo me dedico a esto, con aportación de garantía del 21% de iva sobre 800€.
Y pone que en caso contrario se procederá a liquidar a libre práctica, por el valor de 800€.

¿Alguien que entienda estos términos lo puede traducir en cristiano?

Debería solventarse pagando el 21% de los 800€ declarados como valor del reloj, y las gastos administrativos para la importación. Desconozco el motivo por el que están siguiendo otro procedimiento.
 
Debería solventarse pagando el 21% de los 800€ declarados como valor del reloj, y las gastos administrativos para la importación. Desconozco el motivo por el que están siguiendo otro procedimiento.

Eso no es totalmente cierto ya que los articulos de segunda mano entre particulares por lo que he leido estan exentos de pagar IVA


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