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Venta de Reloj

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Buenos días.

Tengo una duda, cuando realizan una venta de un reloj "caro" imagino que hacen un contrato de compra venta y previo pago envían la pieza. La pregunta es. ¿Cómo lo justifican cara a hacienda? ¿ lo declaran? imagino que al ser un importe grande habrá que justidicarlo.

Saludos
 
Buenos días.

Tengo una duda, cuando realizan una venta de un reloj "caro" imagino que hacen un contrato de compra venta y previo pago envían la pieza. La pregunta es. ¿Cómo lo justifican cara a hacienda? ¿ lo declaran? imagino que al ser un importe grande habrá que justidicarlo.

Saludos
Hacienda somos todos.
 
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Reacciones: dpalaciosr
Pues evidentemente tendrás que incluir en tu declaración de IRPF la ganancia o pérdida patrimonial que te produzca esa venta.

Pero no sé si lo que estás preguntando es cómo evadirlo.
 
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Reacciones: manresamolins
Pues evidentemente tendrás que incluir en tu declaración de IRPF la ganancia o pérdida patrimonial que te produzca esa venta.

Pero no sé si lo que estás preguntando es cómo evadirlo.
Hola.
no solo que estoy pensando en vender una pieza y no tengo claro como hacerlo. si el pago es por transferencia es imposible evadirlo....
 
No deberías evadirlo. Solo deberías declarar el beneficio que obtengas, que se calcula por la diferencia entre el valor de compra y el de venta.

El comprador también debería declarar y tributar por el impuesto de transmisiones patrimoniales.

Aunque no suele hacerse, lo correcto es lo correcto y cada cual es cada cual.
 
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Hola.
no solo que estoy pensando en vender una pieza y no tengo claro como hacerlo. si el pago es por transferencia es imposible evadirlo....
Como persona física no estas obligado a enseñarle tus movimientos bancarios a la agencia tributaria, a no ser que te llamen a capítulo 😅. Se fian de la buena fe de la gente porque no les queda mas remedio.
Personalmente dudo mucho que todos los que aumentan su patrimonio vendiendo un reloj lo declaren aun recibiendo el pago por transferencia.
 
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Por ley hay que declararlo pero si no lo declaras no suele pasar nada. Pero como te investiguen por cualquier motivo con este tema te crujen. Y si encima no tienes la factura de compra inicial te imputarán el total como beneficio en la venta más la sanción correspondiente.
No investigan a todo el mundo obviamente. Eso lo tienes que decidir tú si merece la pena arriesgarse dependiendo de tu situación “habitual” con el fisco. Lo normal es salir de rositas si eres un contribuyente normal. A los que les investigan habitualmente no les sale a cuenta como es lógico porque se lo pillan.
Por cierto, este hilo en Alta Relojería no pinta nada… Como mucho en el general.
 
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Si ganas con la venta, tienes que declararlo como incremento patrimonial. Si pierdes (lo que es lo normal en objetos usados), no te van dejar que lo metas como perdida ya que te dirán que es la depreciación normal del uso, salvo que puedas demostrar lo contrario, que no es fácil
El comprador tiene que declarar ITP por el precio pagado
De todas maneras, también depende del importe. Un reloj de 5.000€ es difícil que se pongan a investigar ya que les cuesta más mirar que lo que van a ganar. Pero si es de 200.000 € algo lo van a mirar, no lo dudes.
Pero salvo que el inspector sepa de relojes, y sepa lo de la revalorización de Rolex o PP en mercado secundario en los últimos años, lo normal es que asuman que se venden por menos de lo que costo nuevo (lo que es natural) por lo que no se van a molestar a mirar. Tienen otras cosas mejores en que perder su tiempo
 
Tienes que declarar el beneficio que has obtenido por la venta y pagar por ese beneficio. Esto es si o si.
 
  • #11
Lo normal es que apenas pagues, porque solo se paga por el beneficio y a no ser que hayas perdido la factura de compra (en cuyo caso pide una copia) o tengas un reloj rarísimo comprado en su día barato la ganancia va a ser en si pequeña. Porque pongamos que vendes un Rolex a 3.000 euros del PVP que pagaste, solo tributarias por ellos y no es mucho lo que se paga.

Yo recomiendo declararlo, porque no vaya a ser el banco notifique a Hacienda (que por ley lo hacen en transferencias altas) y tengas la "mala suerte" que sea de las que hacienda llega a revisar. Que evidentemente no tienen personal para revisar todas.
 
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  • #12
No deberías evadirlo. Solo deberías declarar el beneficio que obtengas, que se calcula por la diferencia entre el valor de compra y el de venta.

El comprador también debería declarar y tributar por el impuesto de transmisiones patrimoniales.

Aunque no suele hacerse, lo correcto es lo correcto y cada cual es cada cual.
El comprador tiene que pagar el famoso ITP.
En el caso de los relojes supone un 5% sobre el valor de la venta. En caso de que sea un compra entre particulares.
 
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