cabanillas
Tiene un método
Contribuidor de RE
Sin verificar
por supuesto,mi bellaco amigo...o amigo bellaco,para que no suene mal.
sólo matizarte que has cogido mal mi afirmación.
Yo lo que he dicho que lo que es ilegal es el tráfico de falsificaciones....Una réplica,si lleva la marca del reloj original,no es una réplica...sino una falsificación!
Todo esto viene regulado en un capítulo especial del código penal vigente,el del 2013, en el Reino de España:
"Artículo 274
1230. Será castigado con las penas de seis meses a dos años de prisión y multa
de doce a veinticuatro meses el que, con fines industriales o comerciales, sin
consentimiento del titular de un derecho de propiedad industrial registrado
conforme a la legislación de marcas y con conocimiento del registro, reproduzca,
imite, modifique o de cualquier otro modo usurpe un signo distintivo idéntico o
confundible con aquel, para distinguir los mismos o similares productos,
servicios, actividades o establecimientos para los que el derecho de propiedad
industrial se encuentre registrado. Igualmente, incurrirán en la misma pena los
que importen estos productos. "
2. Las mismas penas se impondrán al que, a sabiendas, posea para su
comercialización, o ponga en el comercio, productos o servicios con signos
distintivos que, de acuerdo con el apartado 1 de este artículo, suponen una
infracción de los derechos exclusivos del titular de los mismos, aun cuando se
trate de productos importados.
No obstante, en los casos de distribución al por menor, atendidas las
características del culpable y la reducida cuantía del beneficio económico,
siempre que no concurra ninguna de las circunstancias del artículo 276, el Juez
podrá imponer la pena de multa de tres a seis meses o trabajos en beneficio de
la comunidad de treinta y uno a sesenta días.
En los mismos supuestos, cuando el beneficio no exceda de 400 euros, se
castigará el hecho como falta del artículo 623.5.
Espero que te sirva de ayuda..y desde luego,la inopinable,no es MI opinión,si no lo que dice nuestro ordenamiento legal.
Un saludo.
por cierto..me gusta la nueva regulación legal del que venda al por menor fakes...multa de tres a seis meses de carcel o trabajos sociales!
sólo matizarte que has cogido mal mi afirmación.
Yo lo que he dicho que lo que es ilegal es el tráfico de falsificaciones....Una réplica,si lleva la marca del reloj original,no es una réplica...sino una falsificación!
Todo esto viene regulado en un capítulo especial del código penal vigente,el del 2013, en el Reino de España:
"Artículo 274
1230. Será castigado con las penas de seis meses a dos años de prisión y multa
de doce a veinticuatro meses el que, con fines industriales o comerciales, sin
consentimiento del titular de un derecho de propiedad industrial registrado
conforme a la legislación de marcas y con conocimiento del registro, reproduzca,
imite, modifique o de cualquier otro modo usurpe un signo distintivo idéntico o
confundible con aquel, para distinguir los mismos o similares productos,
servicios, actividades o establecimientos para los que el derecho de propiedad
industrial se encuentre registrado. Igualmente, incurrirán en la misma pena los
que importen estos productos. "
2. Las mismas penas se impondrán al que, a sabiendas, posea para su
comercialización, o ponga en el comercio, productos o servicios con signos
distintivos que, de acuerdo con el apartado 1 de este artículo, suponen una
infracción de los derechos exclusivos del titular de los mismos, aun cuando se
trate de productos importados.
No obstante, en los casos de distribución al por menor, atendidas las
características del culpable y la reducida cuantía del beneficio económico,
siempre que no concurra ninguna de las circunstancias del artículo 276, el Juez
podrá imponer la pena de multa de tres a seis meses o trabajos en beneficio de
la comunidad de treinta y uno a sesenta días.
En los mismos supuestos, cuando el beneficio no exceda de 400 euros, se
castigará el hecho como falta del artículo 623.5.
Espero que te sirva de ayuda..y desde luego,la inopinable,no es MI opinión,si no lo que dice nuestro ordenamiento legal.
Un saludo.
por cierto..me gusta la nueva regulación legal del que venda al por menor fakes...multa de tres a seis meses de carcel o trabajos sociales!
¿Podría citar la fuente o el precepto que determina la inopinabilidad jurídica del delito por la compra de una réplica ?
gracias anticipadas por arrojar luz sobre las fuentes de su inopinable afirmación.
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