• El foro de relojes de habla hispana con más tráfico de la Red, donde un reloj es algo más que un objeto que da la hora. Relojes Especiales es el punto de referencia para hablar de relojes de todas las marcas, desde Rolex hasta Seiko, alta relojería, relojes de pulsera y de bolsillo, relojería gruesa y vintages, pero también de estilográficas. Además, disponemos de un foro de compraventa donde podrás encontrar el reloj que buscas al mejor precio. Para poder participar tendrás que registrarte.

    IMPORTANTE: Asegúrate de que tu dirección de email no está en la lista Robinson (no publi), porque si lo está no podremos validar tu alta.

Seguros vehículos: asistencia sanitaria

  • Iniciador del hilo Iniciador del hilo felixmm
  • Fecha de inicio Fecha de inicio
felixmm

felixmm

Forer@ Senior
Sin verificar
Me surge una duda en relación a los seguros de los vehículos. A ver si hay alguien que domine el tema.

¿Qué supone que un seguro de moto tenga cobertura de asistencia sanitaria para el conductor con un límite de 1800 euros? ¿es que si me caigo con la moto yo solo por mi culpa, la Seguridad Social no me atiende gratuitamente siendo un cotizante?

Espero haberme explicado, gracias.



Enviado desde mi SM-J530F mediante Tapatalk
 
quiere decir que los 1800 primeros euros seran a cargo de la aseguradora por ejemplo una caida leve . en cosas mas costosas con gasto de mas de esos 1800 euros la aseguradora no lo cubre y deberas acudir a la sanidad publica , que por cierto no se financia con ninguna cotizacion sino 100% con impuestos, y por eso atiende a todo el mundo cotizantes o no
eso si olvidate en caso de accidente medio importante de eludir listas de espera para rehabilitacion etc , que es la ventaja principal que tienes en caso de que te atienda la aseguradora , hablamos siempre de conductor sin contrario y sin tercero culpable o responsable
 
Última edición:
No soy un experto en el tema ( eso de antemano) pero hasta donde yo sé, hasta no hace mucho la sanidad pública en caso de accidente se hacía cargo y luego pasaba la " factura " a las compañías aseguradoras , pero esto en la práctica era un coladero para la seguridad social, y muchísimas cosas no las pagaban las aseguradoras ( que es quien deben pagarlas , pues para eso se paga el seguro)

En la actualidad, creo que si te ocurre algo te derivan ( o te lleva la ambulancia si es el caso ) a un centro privado que tenga concierto con tu aseguradora, y si no hay ninguno directamente al hospital , o en casos muy graves y luego ya te remiten a una clínica .

Mas o menos creo que funciona así, y es bastante lógico, pues repito si es una accidente de circulación lo debe pagar el seguro ( que es quien cobra la póliza ) y no la sanidad pública.
 
Última edición:
No soy un experto en el tema ( eso de antemano) pero hasta donde yo sé, hasta no hace mucho la sanidad pública en caso de accidente se hacía cargo y luego pasaba la " factura " a las compañías aseguradoras , pero esto en la práctica era un coladero para la seguridad social, y muchísimas cosas no las pagaban las aseguradoras ( que es quien deben pagarlas , pues para eso se paga el seguro)

En la actualidad, creo que si te ocurre algo te derivan ( o te lleva la ambulancia si es el caso ) a un centro privado que tenga concierto con tu aseguradora, y si no hay ninguno directamente al hospital , o en casos muy graves y luego ya te remiten a una clínica .

Mas o menos creo que funciona así, y es bastante lógico, pues repito si es una accidente de circulación lo debe pagar el seguro ( que es quien cobra la póliza ) y no la sanidad pública.
hay un convenio de unespa (asociacion de aseguradoras) con el estado que regula todo esto y esto es claro cunado eres el perjudicado (paga la aseguradopra ) pero cuando eres unico siniestrado y sin contrario . ya dependes exclusivamente de la cobertura de tu poliza que incluso puede no contemplar ninguna cobertura sanitaria en este supuesto de conductor culpable y sin contrario


Convenios de asistencia sanitaria del sector público - Unespa : Unespa

2.2.1.1. Siniestros en los que intervenga un único vehículo a motor. Víctimas ocupantes delvehículoLas Entidades Aseguradoras y el Consorcio de Compensación de Seguros, se obligan al pago delas prestaciones sanitarias que precisen las víctimas del accidente ocupantes del vehículo queaseguren, excepto las de su conductor.

Convenio Marco de asistencia sanitaria derivada de accidentes de tráfico (asociaciondia.org)
 
Última edición:
Lee esto, es lo que suele pasar en la realidad


Un saludo
 
Interesante el artículo.
Muchas gracias

Enviado desde mi SM-J530F mediante Tapatalk
 
Atrás
Arriba Pie