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Revisiones en casa oficial de relojes comprados de segunda mano.

  • Iniciador del hilo Iniciador del hilo Aitor A
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Aitor A

Aitor A

Forer@ Senior
Sin verificar
Buenas noches,

Si, ya sé que se habrá tocado hasta la saciedad, pero quiero opiniones basadas en los últimos acontecimientos con marcas como Rolex y sus delirios de grandeza.
Estoy pensando en comprar en el foro de compra-venta.
Tenemos que tener miedo a que las marcas decidan no revisar los relojes que no coincida el nombre de las tarjetas con el nuestro?
Y si los llevamos a un relojero fuera de las marcas podrá darle servicio con piezas originales y testarlos con garantías de estanqueidad y demás.
Que os parece ?
 
si te compras un coche de segundamano sea de la marca que sea , y lo llevas al concesionario para revision o cualquier averia que tenga, tienen la obligacion de reparar el coche sea de segunda mano , de tercera o de cuarta, mientras el producto no sea robado , a ellos que sea de segunda mano o que lo hayas comprado en otro pais incluso , no les incumbe... mientras pagues tienes el derecho a poder reparar el coche en cualquier concesionario de la marca , y en cualquier taller multimarca , independientemente de donde lo haya comprado.

y en relojes lo mismo, sea cual sea la marca y en el caso de que por A o por B , no acepten , es totalmente denunciable , no se pueden negar en ningun caso a negarte el servicio, pues tu eres su propietario y como tal tienes derecho a poder recibir servicio del mismo sea en el concesionario que sea.
 
Buenas noches,


Estoy pensando en comprar en el foro de compra-venta.
Tenemos que tener miedo a que las marcas decidan no revisar los relojes que no coincida el nombre de las tarjetas con el nuestro?

Que os parece ?

No van a llegar a eso.
 
si te compras un coche de segundamano sea de la marca que sea , y lo llevas al concesionario para revision o cualquier averia que tenga, tienen la obligacion de reparar el coche sea de segunda mano , de tercera o de cuarta, mientras el producto no sea robado , a ellos que sea de segunda mano o que lo hayas comprado en otro pais incluso , no les incumbe... mientras pagues tienes el derecho a poder reparar el coche en cualquier concesionario de la marca , y en cualquier taller multimarca , independientemente de donde lo haya comprado.

y en relojes lo mismo, sea cual sea la marca y en el caso de que por A o por B , no acepten , es totalmente denunciable , no se pueden negar en ningun caso a negarte el servicio, pues tu eres su propietario y como tal tienes derecho a poder recibir servicio del mismo sea en el concesionario que sea.

Si, pero te pueden pedir que demuestres que eres su legítimo propietario ?
Cual sería la mejor forma de hacerlo ?
 
Si, pero te pueden pedir que demuestres que eres su legítimo propietario ?
Cual sería la mejor forma de hacerlo ?

tu eres un cliente , ellos como marca no pueden pedirte que demuestres que eres su propietario. entiendo que estas dudas las tienes por si compras un reloj de cierto valor sin ningun tipo de justificante , de persona a persona y sin contrato de compra-venta.. aun no existiendo documento alguno que te acredite como propietario legitimo del reloj , en ningun caso te pueden pedir que acredites su propiedad.. solo eres un cliente que acude a un servicio y como tal tienen la obligacion de aceptar el reloj y ofrecerte sus servicios...
lo importante de un reloj es su numero de serie , es su dni y es lo que realmente importa a las marcas, no su procedencia o su propietario.
 
Última edición:
tu eres un cliente , ellos como marca no pueden pedirte que demuestres que eres su propietario. entiendo que estas dudas las tienes por si compras un reloj de cierto valor sin ningun tipo de justificante , de persona a persona y sin contrato de compra-venta.. aun no existiendo documento alguno que te acredite como propietario legitimo del reloj , en ningun caso te pueden pedir que acredites su propiedad.. solo eres un cliente que acude a un servicio y como tal tienen la obligacion de aceptar el reloj y ofrecerte sus servicios...
lo importante de un reloj es su numero de serie , es su dni y es lo que realmente importa a las marcas, no su procedencia o su propietario.
efectivamente
 
Si, pero te pueden pedir que demuestres que eres su legítimo propietario ?
Cual sería la mejor forma de hacerlo ?
Yo creo que la carga de la prueba no recae en tí, que llevas el reloj al concesionario, sino en el concesionario el que debe de acreditar que no eres el legítimo propietario en su caso.


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tu eres un cliente , ellos como marca no pueden pedirte que demuestres que eres su propietario. entiendo que estas dudas las tienes por si compras un reloj de cierto valor sin ningun tipo de justificante , de persona a persona y sin contrato de compra-venta.. aun no existiendo documento alguno que te acredite como propietario legitimo del reloj , en ningun caso te pueden pedir que acredites su propiedad.. solo eres un cliente que acude a un servicio y como tal tienen la obligacion de aceptar el reloj y ofrecerte sus servicios...
lo importante de un reloj es su numero de serie , es su dni y es lo que realmente importa a las marcas, no su procedencia o su propietario.

Gracias por las aportaciones.

Estaba interesado en un black bay de un compañero forero pero se me han adelantado.:huh:
Pero también tengo un par en venta y también quería saber que responder si me lo preguntaran.

En cualquier caso deduzco que lo más sensato será guardar la transferencia realizada a quien te vende para en cualquier caso si saltan las alarmas poder demostrar quien te lo vendió. Haciendo constar el número de la referencia del reloj.

Gracias compañero.
 
Última edición:
Respecto la primera parte de tu consulta no abundarñe más, puesto que ya te han respondido varios en la dirección correcta.

Pero quisiera añadir algo respecto la segunda parte de la misma, si un relojero podrá conseguir las piezas originales para estos relojes. Con varios que he consultado, la mayoría me han dicho que el asunto está mal, que cada vez tienen menos acceso a fornituras originales, o directamente imposible según qué marcas. Tan sólo uno me dijo que de marcas como Seiko, Orient, o para calibres ETA, sí podía conseguir (no me explicó cómo....). Pero la impresión que tengo es que muchas marcas restringen o impiden el acceso a piezas para obligar así al cliente a dirigirse a sus SAT.
 
Muchas casas manejan un listado de números de serie robados...

En ese caso, si es robado dan parte a la policia nacional.

Si no es el caso no tendrás ningún problema :)
 
No deberías de tener ningún problema para hacerle el servicio.
Lo que si hay que tener en cuenta es que los relojes de cierto precio vayan acompañados de documentación , que coincida con su número de serie y hacer un documento de compra y venta entre particulares .
Huir de relojes carísimos a precio de ganga sin documentación . El delito de recaptación está penado además que te quedas sin la pieza y evidentemente sin la pasta.
 
Última edición:
En la boutique Rolex de ECI me han confirmado que les da igual si el nombre de la tarjeta coincide o no con el de la persona que les lleva un reloj a revisar/reparar en garantía, lo único que ellos van a comprobar es su autenticidad y que no figure como "desaparecido"

SALU2

V
 
si te compras un coche de segundamano sea de la marca que sea , y lo llevas al concesionario para revision o cualquier averia que tenga, tienen la obligacion de reparar el coche sea de segunda mano , de tercera o de cuarta, mientras el producto no sea robado , a ellos que sea de segunda mano o que lo hayas comprado en otro pais incluso , no les incumbe... mientras pagues tienes el derecho a poder reparar el coche en cualquier concesionario de la marca , y en cualquier taller multimarca , independientemente de donde lo haya comprado.

y en relojes lo mismo, sea cual sea la marca y en el caso de que por A o por B , no acepten , es totalmente denunciable , no se pueden negar en ningun caso a negarte el servicio, pues tu eres su propietario y como tal tienes derecho a poder recibir servicio del mismo sea en el concesionario que sea.

A mí me da que los relojes y los coches no son lo mismo; la garantía legal obligatoria y la comercial, tampoco. Y una operación bajo garantía es diferente de otra que no lo sea.

Dado que haces mención a algo tan absoluto como "sea cual sea la marca y en el caso de que por A o por B , no acepten , es totalmente denunciable", ¿puedo preguntar bajo que ley o reglamento es (en España) "totalmente denunciable"? Hasta donde conozco, ningún contrato puede obligar a nada a una tercera parte no involucrada en el mismo.
 
tu eres un cliente , ellos como marca no pueden pedirte que demuestres que eres su propietario. entiendo que estas dudas las tienes por si compras un reloj de cierto valor sin ningun tipo de justificante , de persona a persona y sin contrato de compra-venta.. aun no existiendo documento alguno que te acredite como propietario legitimo del reloj , en ningun caso te pueden pedir que acredites su propiedad.. solo eres un cliente que acude a un servicio y como tal tienen la obligacion de aceptar el reloj y ofrecerte sus servicios...
lo importante de un reloj es su numero de serie , es su dni y es lo que realmente importa a las marcas, no su procedencia o su propietario.

¿En ningún caso? Entonces ¿por qué existe el delito de receptación?
 
Yo pediría Certificado de Titularidad del reloj y/o documento de compra-venta, que no haya sido denunciado, y comprobar su autentificacion. Si no, no hay tu tía. Conmigo lo llevarías mal. Te lo pondría difícil.
 
Última edición:
Y ahora va y se pone interesante.
Alguien que pueda dar un poco de luz a todo esto?
Porque cualquier día Rolex decide cargarse el mercado de segunda mano simplemente no atendiendo a reparaciones. Y me da que nos le hace puñetera falta. Con los de primera mano les vale.
Aunque asumo que deben de tener alguna obligación porque si no me da que ya lo habrían hecho
 
Buenas pues no vería con buenos ojos eso que comentas *Aitor A de no atender a un 2º o sucesivos propietarios diferentes al que lo compro es una chorrada como un templo si hacen o llegan ha hacerlo,por la sencilla razón de que, que pasa que si tu te has comprado un rolex nuevo y quieres comprarte otro no puedes¿? tienes que comértelo con patatas?porque claro si no eres el dueño no te lo reparan... digo yo que como los coches si tu ya lo has disfrutado lo suficiente quieras venderlo y sacarle ''algo'' estas en tu derecho.
 
Desde mi punto de vista la única objeción es q el reloj sea robado. Si no es así no veo el problema.::Dbt::
 
Buenas noches,

Si, ya sé que se habrá tocado hasta la saciedad, pero quiero opiniones basadas en los últimos acontecimientos con marcas como Rolex y sus delirios de grandeza.
Estoy pensando en comprar en el foro de compra-venta.
Tenemos que tener miedo a que las marcas decidan no revisar los relojes que no coincida el nombre de las tarjetas con el nuestro?
Y si los llevamos a un relojero fuera de las marcas podrá darle servicio con piezas originales y testarlos con garantías de estanqueidad y demás.
Que os parece ?

No creo que ponga una marca ninguna pega a realizar (por tanto, cobrar) una revisión. Independientemente si el reloj ha sido propio desde el primer momento o es de segunda mano.
 
Buenas pues no vería con buenos ojos eso que comentas *Aitor A de no atender a un 2º o sucesivos propietarios diferentes al que lo compro es una chorrada como un templo si hacen o llegan ha hacerlo,por la sencilla razón de que, que pasa que si tu te has comprado un rolex nuevo y quieres comprarte otro no puedes¿? tienes que comértelo con patatas?porque claro si no eres el dueño no te lo reparan... digo yo que como los coches si tu ya lo has disfrutado lo suficiente quieras venderlo y sacarle ''algo'' estas en tu derecho.

A mí me parece que deberían comprobar que no haya denuncia y punto. Que conste
 
Como ya han indicado otros compañeros, no debes tener ningún problema para realizar una revisión. Al final, el mantenimiento de nuestros relojes es una buena fuente de ingresos para las marcas, sustentando la existencia de los SATs.

Otro tema es el rumor respecto a la opción de limitar la garantía del reloj a su propietario original. Creo que solo es un rumor, corregirme si estoy equivocado, y desconozco la viabilidad legal para implantar tal medida. Al final, no dejaría de ser una herramienta para reducir el mercado gris.
 
Simplemente con el ánimo de aportar, el artículo 464 del Código civil dice que la posesión adquirida de buena fe de un bien mueble equivale al título. Por consiguiente nada puede la casa cuestionar respecto de la adquisición del reloj, salvo que le conste, comprobando el número de serie, que se trata de un efecto de un delito y así figure en la correspondiente denuncia.
Yo he llevado relojes al servicio técnico, que habían sido adquiridos mediante trato "en mano", sin contrato ni nada, y no me han dicho absolutamente nada.
De hecho, en una ocasión en Rolex de Serrano no llevé ni la tarjeta del reloj (que la tenía), me hicieron una reparación tonta "en el acto" (el reloj no recuerdo si comenzó a adelantar o atrasar salvajemente y me dijeron que, probablemente a causa de un golpe, la espiral había quedado "enganchada", o algo por el estilo) y no me la cobraron.
 
Simplemente con el ánimo de aportar, el artículo 464 del Código civil dice que la posesión adquirida de buena fe de un bien mueble equivale al título. Por consiguiente nada puede la casa cuestionar respecto de la adquisición del reloj, salvo que le conste, comprobando el número de serie, que se trata de un efecto de un delito y así figure en la correspondiente denuncia.
Yo he llevado relojes al servicio técnico, que habían sido adquiridos mediante trato "en mano", sin contrato ni nada, y no me han dicho absolutamente nada.
De hecho, en una ocasión en Rolex de Serrano no llevé ni la tarjeta del reloj (que la tenía), me hicieron una reparación tonta "en el acto" (el reloj no recuerdo si comenzó a adelantar o atrasar salvajemente y me dijeron que, probablemente a causa de un golpe, la espiral había quedado "enganchada", o algo por el estilo) y no me la cobraron.

El código civil Español no sé si es vinculante para Rolex.
O si se lo pasan por el código civil del arco del triunfo.
Espero que no.
 
Última edición:
digo yo que como los coches si tu ya lo has disfrutado lo suficiente quieras venderlo y sacarle ''algo'' estas en tu derecho.

Claro. Y nadie te impide vender ni tu coche ni tu reloj (aunque, de hecho y en España, sí te impiden vender tu coche, o sus partes, según y cómo: https://www.boe.es/eli/es/rd/2017/01/20/20).

Ahora bien, prueba a preguntar a los compradores de un Tesla de segunda mano, qué pasa con las licencias de sus características activadas por software (que no es lo mismo, pero nos da una idea bastante buena de lo que persiguen los productores/vendedores, a poco que encuentren un hueco para aplicarlo).

El caso es, que si yo no te vendí a ti algo, yo no tengo ninguna obligación para contigo a menos que, voluntariamente y a mayores, me avenga a ello o, alternativamente, exista un ley específica que me "ate".

Además del Código Civil, que yo sepa, es de aplicación, la Ley 7/1996, de 15 de enero, de Ordenación del Comercio Minorista. En ella, creo que ya lo hemos mencionado sobre el tema de las "listas de espera", aparece la "obligación de vender", así que si el objeto de una empresa es dar "servicio de reparación de relojes" o, incluso, "servicio de reparación de relojes de la marca X", entiendo que tienen obligación de aceptar tu reloj y darte un presupuesto. Si, además, ese establecimiento y no otro, es el que te vendió el reloj hace menos de dos años (o uno, si fuese usado y hubiese acuerdo por ambas partes a tal efecto) y hubiese un problema con el reloj que pudiese acogerse a la garantía legal, tendrían que hacer la rectificación en garantía. Si, además, hubiese un acuerdo a mayores (garantía comercial) y se cumpliesen los términos de dicha garantía comercial, podrías acogerte a ella. En principio, en esa garantía comercial podrían recogerse términos como que solo fuese efectiva ante el primer comprador, o solo si se da uno de alta en tal web o... etc. (para "etcéteras" que no contravengan de otro modo la ley).

Pero si nos centramos en el caso de una reparación "normal", que vas a pagar tú, como digo, entiendo que el taller de reparaciones está obligado a recogerte el reloj, sobre la base de la "obligación de vender", sin más películas (salvo, quizá, pedirte demostración de que eres el propietario si existen indicios claros de una posible ilegalidad, en línea con la jurisprudencia sobre el delito de receptación), sí pero... ¿y luego qué? Sobre todo ¿qué hay de los repuestos?

La Ley de Ordenación del Comercio Minorista nos dice que (art. 12.3) "El productor o, en su defecto, el importador garantizará, en todo caso, frente a los compradores la existencia de un adecuado servicio técnico para los bienes de carácter duradero que fabrica o importa, así como el suministro de piezas de repuesto durante un plazo mínimo de cinco años a contar desde la fecha en que el producto deje de fabricarse." Más allá de los cinco años, legalmente, olvídate de florituras, digooo... fornituras.

Aquí empieza "la broma": ¿Qué es "compradores"? ¿Qué es "garantizar"?

"Compradores" puede querer decir "cualquiera que se hiciese dueño del artículo, de forma legal", o puede querer decir "cualquiera que me compre a mí, y solo directamente a mí, el artículo".

"Garantizar" puede querer decir "poner a disposición del comprador de cualquier forma idónea" (y en función de lo que signifique "comprador", eso puede incluirte a ti o no), pero también puede querer decir "poner a disposición del comprador de alguna forma idónea". La diferencia es que, en un extremo, la marca X que comercia en España, tiene que tener una "tienda" de algún tipo en la que cualquiera que demuestre la propiedad de un objeto pueda comprar piezas de repuesto, o puede limitarse a aceptar reparaciones única y exclusivamente a través del establecimiento en el que se efectuó la venta y única y exclusivamente a través de su "servicio técnico oficial".

No creo que, salvo para el caso de los vehículos automóviles, esas cosas estén completamente claras (quiero decir, con sentencias que generen jurisprudencia) porque, de ser así, creo que no veríamos ciertas cosas que se ven como, por ejemplo, que ciertas marcas se nieguen a vender piezas salvo a "reparadores homologados" (como mínimo tendrían que vendérmelas a mi, como propietario del objeto, como mínimo en la tienda en que compré el reloj y como mínimo durante los cinco años posteriores a la retirada de catálogo del reloj) o "sí, le cambio la esfera, pero tengo que hacerle revisión completa, además de cobrarle la esfera nueva" ni, mucho menos, "sí, le cambio la esfera, pero le cobro la esfera nueva, la revisión completa y además me quedo con la esfera vieja".
 
Última edición:
Y ahora va y se pone interesante.
Alguien que pueda dar un poco de luz a todo esto?
Porque cualquier día Rolex decide cargarse el mercado de segunda mano simplemente no atendiendo a reparaciones. Y me da que nos le hace puñetera falta. Con los de primera mano les vale.
Aunque asumo que deben de tener alguna obligación porque si no me da que ya lo habrían hecho

Rolex lo que quiere es vender relojes y mantenerlos después. Rolex vive en parte del hecho de que sus relojes no pierden valor, es decir, venden más relojes o mas caros porque son un valor seguro
Aparte sus SAT viven de relojes antiguos, sean o no de segunda mano
Si se cargasen el mercado de segunda mano se estarían pegando un tiro en el pie, o en los 2 pies
Antes los veo montando tiendas de pre-owned oficiales para quedarse con parte del valor que generan


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