Hola chuchi, vamos por partes:
Tus pagas la adquisición de una vivienda, pero la casa la pones a nombre de tus padres.
Eso significa que tú donas la casa a tus padres, lo cual implica impuesto de sucesiones y donaciones cuyo tipo varia según cada comunidad autónoma, aunque ya no es tan duro como hace años.
Lo de la hipoteca es otro tema: "derecho real constituido en garantía de una obligación sobre inmuebles ajenos, que confiere al acreedor la facultad de instar la venta de la cosa y proceder con su precio al cumplimiento de la obligación cuando ésta sea vencida y no pagada"- Giménez Arnau-

Si el banco te concede la hipoteca aunque la titularidad real de la casa conste a nombre de tus padres, eso no es ningún problema, mientras pagues…
Un detalle importante es lo que sucede mortis causa de tus padres, y es que esa vivienda pasa a pertenecer a la masa hereditaria de modo que tus hermanos tienen la misma participación que tu en esa vivienda, lo cual a su vez significa que realmente estas donando una parte de esa casa a tus hermanos, pero eso es un tema muy personal.

Como solución podrías diseñar un testamento para tus padres en el que se haga por “legados a título particular”, de manera que esa vivienda podría ser una de tus cuotas hereditarias y convertirse en una mejora de la herencia(recuerda que tus padres pueden disponer del tercio de libre disposición y del tercio de mejora a favor de uno de los hijos) de modo que bien diseñado, pueden quedar las cosas de manera bastante equitativa.
Un abrazo
PD: No olvides lo que te dice PET, la voracidad insaciable de Hacienda

