caik76
De la casa
Contribuidor de RE
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Es mas, al menos en España la legislación en cuanto a registro de diseños no es nada concreta, no creo que difiera mucho con otros países del entorno:¿Le interesa a Rolex/Tudor meterse en una demanda con los "homenajes" Chinos que no le quitan un solo cliente? No, otra cosa son falsificaciones que les hacen parecen menos exclusivos.
Para poder registrar un diseño en España son necesarios dos requisitos:
- novedad. Se considerará que un diseño es nuevo cuando ningún otro diseño idéntico haya sido hecho accesible al público antes de la fecha de presentación de la solicitud de registro o, si se reivindica prioridad, antes de la fecha de prioridad. Se considerarán idénticos los diseños cuyas características difieran sólo en detalles irrelevantes.
- carácter singular. Se considerará que un diseño posee carácter singular cuando la impresión general que produzca en el usuario informado difiera de la impresión general producida en dicho usuario por cualquier otro diseño que haya sido hecho accesible al público antes de la fecha de presentación de la solicitud de registro o, si se reivindica prioridad, antes de la fecha de prioridad
Es decir, mientras que se pudiera considerar el diseño de un reloj como novedoso, difícilmente se le podría considerar como de carácter singular, asi que no esta tan claro que siquiera pudieran registrar el diseño del reloj, ni Tudor, ni Rolex, ni prácticamente ninguna.
Y yo me pregunto… es eso legal?
Si Tudor le mete una demanda, ganaría?
Le interesa a Tudor que le fusilen sus creaciones?