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Artículo 20 de la Constitución
1. Se reconocen y protegen los Derechos:
a) A expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción.
b) A la producción y creación literaria, artística, científica y técnica.
c) A la libertad de cátedra.
d) A comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión. La ley regulará el derecho a la cláusula de conciencia y al secreto profesional en el ejercicio de estas libertades.
El ejercicio de estos derechos no puede restringirse mediante ningún tipo de censura previa.
La ley regulará la organización y el control parlamentario de los medios de comunicación social dependientes del Estado o de cualquier ente público y garantizará el acceso a dichos medios de los grupos sociales y políticos significativos, respetando el pluralismo de la sociedad y de las diversas lenguas de España.
Estas libertades tienen su límite en el respeto a los derechos reconocidos en este Título, en los preceptos de las leyes que lo desarrollen y, especialmente, en el derecho al honor, a la intimidad, a la propia imagen y a la protección de la juventud y de la infancia.
Sólo podrá acordarse el secuestro de publicaciones, grabaciones y otros medios de información en virtud de resolución judicial.
Claro que lo que no incluye el artículo 20 es el derecho a que tu obra sea expuesta y tus libros publicados a coste de los demás, cusndo eso suceda, me avisas, que tengo varias novelas escritas en mi google drive
Manzanas traigo
Puede que algunos no lo consideren censura, pero tras la última publicación en Nexo Time y el despido del periodista por publicar mis obras, la pérdida de mi trabajo, lo que conllevó el cierre de mi empresa, ¿no es considerado censura? Puede ser, lo cierto es que, aunque no nos detuvieran, fue una auténtica putada.
He vivido en primera persona la muerte social de dos personas que no se la merecían.
Una es Ana Garrido Ramos, funcionaria de ayuntamiento, denunciante de la Gürtel, hoy vive fuera de España tras acabar en la calle, viviendo de la caridad y perseguida, literalmente.
Cualquier cosa que leáis sobre ella, es una décima parte de lo que ha tenido que sufrir Ana.
Uno de los problemas es que muchas cosas no las puede demostrar, incluyendo llamadas de amenazas, seguimientos por Madrid...
La otra es Nevenka Fernández, compañera de judo durante nuestra adolescencia, víctima de agresión sexual y de un pueblo, Ponferrada, en una época en la que el feminismo era una señora gritando en TV que a ella no la acosaban si ella no quería.
Tuvo que irse de España también, la persecución para que no encontrase trabajo, la persecución a su familia...
Y hay muchos más casos, Conselleiros de la Xunta de Galicia a los que, presuntamente, intentan matar, jóvenes políticos que no aceptan sobres y su partido les invita a irse del partido y, si puede, también del pueblo, por lo que pueda pasar... o te vas a pueblos pequeños de León donde los "rojos" aun no pueden volver después del restablecimiento de la democracia "por si acaso".
Hay un mundo detrás de la Constitución y las leyes, que no son malas, pero sí las personas y los lazos de algunas.
El tema es que si no lo pueden demostrar, es lo que hay, no existe, y creo que es lo correcto que si algo no se puede demostrar no exista, es un mal menor necesario para que el funcionemos como sociedad. Si no cualquiera, por ejemplo esos hombres de negro de los que estamos hablando, podrian inventarse algo contra nosotros y meternos en la cárcel si pruebas. Es decir el arma que denuncias que le falta a una víctima es un arma de doble filo, mucho más peligrosa en manos de otros.
Por ello yo todo lo que no esté en una sentencia condenatoria no me lo creo, sabiendo que habrá casos en que el sistema judicial no haya llegado a la verdad, pero sabiendo también que mucho peor sería que no tuviésemos esas garantías
Sin ánimo de irme del hilo, creo que justamente lo que más miedo da de esos "hombres de negro" es que son capaces de inventar las pruebas que haga falta. Es un sistema necesario, que funciona, pero manipulable por parte de los que tienen poder sobre la mayoría.El tema es que si no lo pueden demostrar, es lo que hay, no existe, y creo que es lo correcto que si algo no se puede demostrar no exista, es un mal menor necesario para que el funcionemos como sociedad. Si no cualquiera, por ejemplo esos hombres de negro de los que estamos hablando, podrian inventarse algo contra nosotros y meternos en la cárcel si pruebas. Es decir el arma que denuncias que le falta a una víctima es un arma de doble filo, mucho más peligrosa en manos de otros.
Por ello yo todo lo que no esté en una sentencia condenatoria no me lo creo, sabiendo que habrá casos en que el sistema judicial no haya llegado a la verdad, pero sabiendo también que mucho peor sería que no tuviésemos esas garantías
«¿Adónde vas? Manzanas traigo» (o su variante «patatas traigo») es un refrán español utilizado para señalar que alguien responde con algo que no tiene nada que ver con lo preguntado. Es una frase irónica que indica evasión de una pregunta, desinterés, o que la respuesta dada ignora por completo el tema de conversación.
No, no es censura. El art. 20 citado por @itsmario, que impide la censura, establece la libertad de prensa, ¿o es que algún medio tiene la obligación de publicar tus obras?Puede que algunos no lo consideren censura,
En un despido, la empresa tiene que comunicar el motivo.pero tras la última publicación en Nexo Time y el despido del periodista por publicar mis obras,
Y si tu empresa se hundió por no poder publicar en un determinado medio, ¿significa que sólo un medio publicaba tus obras? Si nadie quiere contratar contigo, no es censura. Puedes montar tu propio medio de publicación..... o alegar que hay una conspiración para que no publiques.la pérdida de mi trabajo, y el cierre de mi empresa, ¿no es esto considerado censura? Puede ser. Lo cierto es que, aunque no nos detuvieran,
Esto ya no es así.. LGSS Artículo 249 quater:y por estar jubilado, para publicar un libro tienes que renunciar al 50 % de la pensión. Eso no será censura, pero sí una verdadera putada.
Compatibilidad de la pensión de jubilación con la actividad artística.
1. El percibo del 100 por ciento del importe de la pensión de jubilación contributiva será compatible con la actividad artística en los términos del presente artículo:
(…)
b) Con el trabajo por cuenta ajena y la actividad por cuenta propia desempeñada por autores de obras literarias, artísticas o científicas, tal como se definen en el capítulo I del título II del libro primero de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobado por del Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, se perciban o no derechos de propiedad intelectual por dicha actividad, incluidos los generados por su transmisión a terceros y con independencia de que por la misma actividad perciban otras remuneraciones conexas.
4. No podrá acogerse a esta modalidad de compatibilidad el beneficiario de una pensión contributiva de jubilación de la Seguridad Social que, además de desarrollar la actividad artística, realice cualquier otro trabajo por cuenta ajena o por cuenta propia diferente a la indicada actividad que dé lugar a su inclusión en el campo de aplicación del Régimen General o de alguno de los regímenes especiales de la Seguridad Social.
Pues nada, eso le pasa a muchos autónomos y pequeños empresarios que conozco, y que además no tienen la dicha de poder acceder a la jubilación.
Como los invite a todos al foro para que hablen de su libro, peta el servidor.
P.D: yo también envié a RTVE una de mis obras (una foto de una puesta de sol en mi localidad) para la sección de El Tiempo y ni me contestaron, maldita censura.

Si solamente fueses tú...Lo flipo, en general, con tus hilos. De verdad.
Ya bueno pero eso no es censura y casos como esos hay miles, la norma se establece con un fin concreto, estarás de acuerdo en que lo que no vale es que estemos pagándole a un tio la jubilación y aue mientras el siga trabajando. Si está trabajando por qué le tenemos que subvencionar la vida los demás con nuestros impuestos? La pension de jubilación es un subsidio sustitutivo para las personas que ya no pueden trabajar, por vejez, igusl que una pensión de discapacidad lo es cusndo no pueden trabajar por discapacidad, o la de desempleo cuando transitoriamente han perdido el empleo.
En resumen: Galy relata haber sido censurado, y hay al menos una referencia concreta a que le bloquearon la venta del pendrive con sus apuntes. Pero no hay ninguna fuente independiente que lo haya investigado o verificado. Es su versión de los hechos, que puede ser completamente cierta, pero conviene saberlo."
Cuando crear después de los 65 años se convirtió en delito.
La alarma social sonó con estrépito cuando en el verano de 2015 un escritor asturiano, que prefirió no revelar públicamente su nombre, envió una carta a la entonces ministra de Empleo del PP, Fátima Báñez, seis meses después de que su mujer se quitara la vida.
fiscalblog.es
Ya bueno pero eso no es censura y casos como esos hay miles, la norma se establece con un fin concreto, estarás de acuerdo en que lo que no vale es que estemos pagándole a un tio la jubilación y aue mientras el siga trabajando. Si está trabajando por qué le tenemos que subvencionar la vida los demás con nuestros impuestos? La pension de jubilación es un subsidio sustitutivo para las personas que ya no pueden trabajar, por vejez, igusl que una pensión de discapacidad lo es cusndo no pueden trabajar por discapacidad, o la de desempleo cuando transitoriamente han perdido el empleo.
Ahora bien siendo la normal bienintencionada siempre hay víctimas de la interpretación deshumanizada de la misma, en el ámbito tributario podris contar varios casos de esto.
Por ejemplo esta
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Carta abierta al funcionariado tributario
“El poder corrompe y el poder absoluto corrompe absolutamente” (Lord Acton, 1887). *** Estimado/a servidor/a público/a: El final de año siempre se presenta como una fecha propicia para hacer balanc…fiscalblog.es
Como verás es un caso muy similar. Sin embargo el de las bateas no habla de censura, porque no lo es, es otra situación, que es el funcionario cerril interpretando las cosas al pie del caletre
Entonces si dices que por tener una determinada opinión política perdiste el trabajo y encima no podías compatibilizar publicar con la jubilación, pues si, te diremos vaya putada, pero de ahí a que has sido censurado mira, no
estemos pagándole a un tio la jubilación y aue mientras el siga trabajando
Por supuesto que no es caridad, a lo que me refiero es a evitar el fraude. Imagínate un caso de alguien que se jubila pero sigue trabajando. Además si fuese un sistema tipo nórdico donde es un ahorro forzado y ese dinero es tuyo, lo vería más claro, pero las pensiones actuales las pagan los cotizantes actuales. Yo por ejemplo estoy cotizando con cero esperanzas de alguna vez recibir algo. A ello añadir que tal como están diseñadas las cotizaciones sociales en realidad son un impuesto encubierto, porque contienen un elemento de redistribución de la renta.Ojo con esto, los jubilados ya han pagado su pensión durante toda su vida laboral. No es un receptor pasivo de caridad ajena, es alguien que cumplió su parte de un contrato social.
El modelo de España y gran parte de Europa es unsistema de pensiones de reparto que funciona como un pacto intergeneracional explícito.
Los trabajadores de hoy financian a los jubilados de hoy, igual que los trabajadores de ayer financiaron a los jubilados de ayer. No es una deuda nueva, es el mismo mecanismo de siempre.
Los jubilados de hoy construyeron literalmente la infraestructura económica, física y social que estamos disfrutando. Las carreteras, los hospitales, las empresas, el tejido productivo… todo eso existía antes de que tú y yo empezásemos a cotizar. Hay una deuda implícita de capital heredado con los jubilados.
Por suerte o por desgracia para él, en este país aun no necesitamos tener algo como los minijobs alemanes para complementar las pensiones... bueno, salvo personas con pensiones no contributivas como empleadas del hogar que no las tenían dadas de alta y que tienen jubilaciones de 450€ mensuales.
En el caso de Galy sí que podría vender el libro sin perder la pensión.
Desde hace mucho los ingresos derivados de derechos de autor de obras previas o posteriores a la jubilación no son incompatibles con las pensiones, incluidos ingresos de charlas relativas al libro. El Real Decreto-ley 11/2024 expandió esos derechos aun más.
Si solamente fueses tú...
Por supuesto que no es caridad, a lo que me refiero es a evitar el fraude. Imagínate un caso de alguien que se jubila pero sigue trabajando. Además si fuese un sistema tipo nórdico donde es un ahorro forzado y ese dinero es tuyo, lo vería más claro, pero las pensiones actuales las pagan los cotizantes actuales. Yo por ejemplo estoy cotizando con cero esperanzas de alguna vez recibir algo. A ello añadir que tal como están diseñadas las cotizaciones sociales en realidad son un impuesto encubierto, porque contienen un elemento de redistribución de la renta.
Entonces sí, un jubilado ha cotizado toda su vida y tiene todo el derecho del mundo a su pensión, pero siempre y cuando se cumplan los requisitos. Casos de jubilados que siguen trabajando en B, me conozco varios, y no de minijobs precisamente, sino de estarle yo pagando la pensión a un tio que gana más que yo, que tiene tela la cosa