Se nota que nunca has tenido un juicio penal, por hacerte el cuento corto, a menos que mates a alguien o le causes lesiones gravisimas, las sanciones son multas o pequeñas condenas que no se llegan a cumplir.
Si eres insolvente y no tienes domicilio fijo (caso de la persona que te va a robar el reloj) la ley no le afecta.
Por no hablar de que mañana puede estar en otro país o similar.
Poca calle tienes tú amigo.
Primero, yo no soy tu amigo.
Segundo, veo que has tardado casi 10 días en poner un mensaje refiriéndote a uno que escribí yo. En dicho mensaje digo que han habido muchas modificaciones del código penal en 40 años.
Tu conclusión: no he asistido a juicio penal alguno, y los delincuentes entran por una puerta y salen por otra.
Pues si en nueve días que has tardado en contestar a mi mensaje y, después de, supongo, darle muchas vueltas a que escribir, has llegado a tan brillantes conclusiones, reiterarte que sí, que han habido modificaciones del código penal que han ido encaminadas al cambio de la consideración de los llamados delitos menores y las faltas así como de las penas a cumplir por parte del delincuente, que parece beneficiar a éste último y que deja en desamparo a la sociedad, que asiste perpleja a situaciones impensables hace unos años.
Y eso último, toma nota, es lo que decía con lo de que han habido modificaciones del código penal.
Vamos, que no has dado ni una.
Ah, por último, a un juicio, dejando aparte posibles testigos, peritos y demás, asisten el acusado y la víctima, pero sinceramente, creo que en lo posible es mejor no asistir ni como uno ni como otra.