Yo sigo sin entender, por que tengo que pagarle a una empresa privada por comprar una finca. Cuando ya esto pagando el ITP.
Hacienda deberia de ser el titular del registro de la propiedad unificandolo con el catastro.
Respecto a las quejas, hace un año, cuando tenia que esperar una hora para hacer una consulta o 48 horas por un continuada, no habia quejas.
Este año, las simples son instantaneas y las continuadas en unas horas.
Lo de tener que pagar a una empresa privada o no, te lo explico:
Los Registros de la Propiedad son públicos, a cargo de un funcionario -el Registrador-. ¿Por qué pagar? ¿Por qué pagar las costas en un juicio siendo público también?
Piensa que el servicio de los Registros es un SEGURO de por vida, que si no hay cambios en la finca, te aseguran tu titularidad para siempre. Por ponerte un ejemplo, en USA, no tienen Registros de la Propiedad, y los compradores deben pagar anualmente un seguro para confirmar su propiedad. ¿Qué pasó en las "Torres Gemelas"? Pues que no teniendo Registro de la Propiedad, se pasaron cuatro años los propietarios para recuperar la participación que les quedó, ya que sólo tenían un contrato de compra. Si ésto pasara en España, en el mismo momento -si hay inscripción en el Registro-, se podría reclamar la propiedad, o porcentaje del solar.
Sobre el Impuesto, nosotros no tenemos la culpa, la verdad: pero si por comprar una vivienda, por ejemplo, pagas 5000€ de impuesto, piensa que el arancel registral, por tener asegurada su propiedad, serán de unos 200€.
Sobre lo de las quejas: antes, una hora para pedir información, pues bueno, cada Registro funciona diferente, y a veces piensa que nos hacen preguntas, que lo mejor es dirigirse a un Abogado. Las notas simples, nosotros siempre las hemos entregado al momento -con una espera-, pero piensa también que el plazo de entrega es de 3 días hábiles.
Actualmente, salvo casos, la información registral está muy contrastada con el Catastro. Ahora bien, a veces nos piden datos, que por la LOPD, no se pueden dar.
¿Hacienda? También tenemos conexión con éllos, ya que si no se liquida el Impuesto, el documento no se inscribe.
Oséa, que creo que te equivocas, llevando razón en lo de los Impuestos: si, son carísimos, y creo que el problema no es realmente pagar los aranceles registrales -ya que damos un servicio y una protección-, que no tanto pagar esos impuestos de transmisiones y actos jurídicos, sucesiones y donaciones, ya que, realmente, ahí si que no hay ni protección ni servicio.