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A partir de ahora:
- Un amigo vende este maravilloso reloj...
- Quiero comprar un reloj para un amigo...
- Lo siento inspector, compre ese reloj bajo los efectos de las drogas...
Como haya por aquí leyendo algún inspector de Hacienda con ganas de ascender podemos ir apretando todos nuestro esfinter...
Me temo que mucha tinta para nada.
A alguno de vosotros os a hecho Hacienda pagar por la compra/venta de algun reloj? (profesionales aparte)
Sinceramente lo dudo mucho, pero seria Bueno saberlo.
El que compra debe pagar el ITP y el que vende debe tributar la ganancia patrimonial (en caso de haberla) en la declaración de la renta.
La compra o venta de un reloj de lujo no va a generar una inspección fiscal de por si, pero si eres objeto de una inspección fiscal por cualquier otra razón y el pago o cobro está registrado en cuenta, seguro que va a haber que dar explicaciones.
Lo que debe hacer el vendedor: Guardar factura o justificante de compra del reloj que vende. Solo debe tributar ganancia patrimonial en declaración de la Renta si lo vende por un precio mayor al que pagó cuando lo compró. Pero debe poder justificarlo si lo inspeccionan.
Lo que debe hacer el comprador: Declarar la compra y pagar el ITP. Sino, la multa puede llegar a 3,5 veces el importe del capital (valor de la compra) no declarado. Para un reloj de 3.000€, multa de hasta 10.500€ más el impuesto no tributado, más intereses.
Yo vendí un Rolex Daytona, que había comprado en un co (de ganancia parrimonial, mada de nada), no lo declaré y vino hacienda y me clavó una complementaria (dos mil y pico euros). La recurrí y estoy a la espera de que me contesten, pero de principio, pagué. Pedazo de cabrones
El esfuerzo no se negocia
Como se entero hacienda de que lo vendistes? porque imagino que en la transación no hubo papeles de por medio,si no una mera transferencia a lo sumo.
Valla putadon
Pues se lo vendí a un mercante y este (sin ninguna intención, tengo muy buena relación con él) lo incluyó como gasto en su declaración... Y me crujieron
El esfuerzo no se negocia
Me pierdo.
Se supone que debes declarar los beneficios.
Si yo sobre las ganancias anuales pago mis impuestos y luego con una parte del dinero sobrante adquiero un reloj del importe que sea, ¿ que ingreso he tenido? ¿Que tengo que declarar?
Y si ese reloj lo vendo de segunda mano por un precio inferior al que pague por el ¿que beneficios he obtenido?
Otra cosa distinta seria que obtuviese beneficios con la compra-venta de relojes (profesionales declarados o encubiertos) o que el reloj me lo hubiesen regalado. Eso si supondria una gananci patrimonial.
Gracias compañero.A ver, sin ser un experto en la materia, el problema a mi juicio viene dado porque toda transacción económica, toda compraventa, está sujeta a impuesto. Llámese el impuesto IVA o llámese ITP. Desde comprar un kg de naranjas en la frutería del barrio a comprarte un chalet en la Moraleja.
Si el reloj se lo compras a un profesional (mercante, CO, tienda de barrio,...) pagando el respectivo IVA, no tienes que declarar nada. Es una compra normal y corriente por la que estás pagando tu impuesto (nada menos que un 21%)
Si lo compras de segunda mano a un particular, esa transacción está sujeta también a impuestos, en este caso al ITP, parecido a lo que ocurre si vendes a otro particular tu piso o coche. Y la realidad es que en el 99% de los casos por esta "actividad económica" (uno paga y otro ingresa) no se paga ningún tipo de impuesto.
A ver, sin ser un experto en la materia, el problema a mi juicio viene dado porque toda transacción económica, toda compraventa, está sujeta a impuesto. Llámese el impuesto IVA o llámese ITP. Desde comprar un kg de naranjas en la frutería del barrio a comprarte un chalet en la Moraleja.
Si el reloj se lo compras a un profesional (mercante, CO, tienda de barrio,...) pagando el respectivo IVA, no tienes que declarar nada. Es una compra normal y corriente por la que estás pagando tu impuesto (nada menos que un 21%)
Si lo compras de segunda mano a un particular, esa transacción está sujeta también a impuestos, en este caso al ITP, parecido a lo que ocurre si vendes a otro particular tu piso o coche. Y la realidad es que en el 99% de los casos por esta "actividad económica" (uno paga y otro ingresa) no se paga ningún tipo de impuesto.
Pero yo como comprador puedo suponer que en el precio esta incluido el IVA. Como cuando compro naranjas...[emoji12]Si lo hubiera que pagar, que eso habría que discutirlo, lo pagaría el comprador no el vendedor.
Pues se lo vendí a un mercante y este (sin ninguna intención, tengo muy buena relación con él) lo incluyó como gasto en su declaración... Y me crujieron
El esfuerzo no se negocia