epicuro150
Milpostista
Sin verificar
espero sirva para acabar con la polemica de las copias, para no crear otra polemica, que cada uno saque sus conclusiones. Gracias.
el foro lo dirigen los admin, no intento criticar a nadie ni dirigir nada, solo aclarar con la legislacion vigente. gracias.
La protección del diseño industrial<?xml:namespace prefix = o ns = "urn:schemas-microsoft-com:office:office" /><o></o>
El diseño industrial en su imagen más vasta se detalla a continuación: El derecho de los creadores de un diseño industrial, a ser los únicos en producirlo, venderlo,... se protege de dos formas: el derecho de autor y la propiedad industrial. Según la política de cada país, ambas protecciones pueden acumularse o no. Así en España se permite la acumulación mientras que en Francia no.
La protección como propiedad industrial
Es una protección más completa, pero de duración más reducida, pues según los convenios internacionales, como por ejemplo el Tratado sobre los Aspectos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (ADPIC) la duración mínima es de 10 años. La mayor parte de los países ofrece una duración máxima de 25 años.
Para que un diseño industrial pueda ser protegido mediante propiedad industrial ha de cumplir una serie de requisitos, estando fijada por el ADPIC las condiciones de los requisitos. Así se suele pedir novedad y carácter singular. El primero de los requisitos es que no exista nada igual, mientras que el segundo establece que no exista nada parecido.
Para la mayor parte de las legislaciones, el diseño no debe poseer una función técnica, sino que su objetivo debe ser únicamente la estética. En el caso de poseer una función técnica, se protegerá mediante una patente o un modelo de utilidad.
Otro requisito no tan generalmente aceptado es el de visibilidad, es decir, que la parte donde se aporta el diseño se vea en el uso normal del producto.
Espero que sirva para aclarar dudas, asi, no es raro ver cajas iguales a rolex diver, cajas iguales a panerai radiomir, panerai luminor y demas sagas, mientras no tengan la marca grabada por cualquier metodo (la marca si esta protegida) es legal tenerlos, venderlos, exponerlos y romperlos, mientras sean de uno mismo.
Legislación vigente en España: de interes para todos......................
La normativa en España se equipara a Europa con una ley que protege al diseño industrial, esta norma protege por igual el diseño de un mueble o una batidora o incluso el estampado de una camiseta. Ahora que en los medios de comunicación se hace tanto eco de la importación fraudulenta de todo tipo de artículos, de las cuales España tampoco está exenta, y en los que se infringen descaradamente estas normas, en DeiDigital queremos haceros llegar el contenido de la legislación existente en España referente al diseño industrial y su protección.
Con la promulgación de <?xml:namespace prefix = st1 ns = "urn:schemas-microsoft-com:office:smarttags" /><st1ersonName w:st="on" ProductID="la Ley">la Ley</st1ersonName> 20/2003, de 7 de julio, de Protección Jurídica del Diseño Industrial y la publicación de su reglamento, se intenta poner fin a la situación que ha cuestionado durante años los derechos de los diseñadores sobre su propia creación, con anterioridad a esta ley, el diseño industrial se había regido por una normativa legal de 1929, totalmente obsoleta. Destacamos unas cuantas normas entresacada de la mencionada Ley y su reglamento:
La ley española en defensa del diseño tiene novedades como que un diseño podrá lanzarse al mercado y conservar los derechos de autoría durante 12 meses sin necesidad de registrarse. Esta medida supone un ahorro al fabricante, ya que se podrá esperar la reacción del mercado antes de acudir al registro del producto.
El registro del diseño se otorgará por cinco años y podrá renovarse por uno o más periodos sucesivos hasta un máximo de 25 años.
La condición básica para que un producto pueda registrarse es que los diseños sean nuevos y posean carácter singular. La ley habla de singular refiriéndose a la impresión que puede producir “en el usuario informado”. También hace referencia al registro de componentes que puedan formar parte de un producto más complejo.
Así mismo permite la ley solicitudes múltiples, hasta 50 diseños / solicitud.
En cuanto al concepto de diseño, la ley actual, solo permite un solo registro, el de diseño industrial, quedando obsoletos los dos existentes anteriormente de modelo industrial y dibujo industrial.
Otro importante detalle de esta ley, es que permite el procedimiento de registro y posteriormente admitir la oposición a dicho registro por parte de terceros.
Fijaos en el texto en rojo "Que los diseños sean nuevos" por tanto, si por ejemplo, rolex en su epoca, no registro tal diseño, Panerai no registro el modelo Radiomir, "cosa que ignoro por supuesto" actualmente perdio el derecho al registro del mismo.
y si no fue por ese motivo, ya fue por los 25 años. <o></o>
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¿Qué es la propiedad intelectual?<o></o>
La propiedad intelectual está integrada por una serie de derechos de carácter personal y/o patrimonial que atribuyen al autor y a otros titulares la disposición y explotación de sus obras y prestaciones.<o></o>
¿Qué ley regula la propiedad intelectual? <o></o>
¿Qué protege la propiedad intelectual?<o></o>
¿Qué se excluye de la protección de la propiedad intelectual?
Se excluyen las ideas, los procedimientos, métodos de operación o conceptos matemáticos en sí, aunque no la expresión de los mismos. También se excluyen las disposiciones legales o reglamentarias, sus correspondientes proyectos, las resoluciones de los órganos jurisdiccionales y los actos de los organismos públicos, así como las traducciones de dichos textos.
¿Por qué es necesario proteger la propiedad intelectual?
Los derechos de propiedad intelectual otorgan además del reconocimiento a los creadores, la retribución económica que les corresponde por la realización de sus obras y prestaciones. Es también un incentivo a la creación y a la inversión en obras y prestaciones de la que se beneficia la sociedad en su conjunto.
¿Cuándo una obra o prestación está protegida?
Se protegen desde el momento de su creación, recibiendo los titulares la plena protección de la ley desde ese momento y sin que se exija el cumplimiento de ningún requisito formal.
¿Qué son las medidas tecnológicas de protección?
Las medidas tecnológicas se pueden definir como los instrumentos que están destinados a impedir o restringir al usuario de obras o prestaciones protegidas que no cuente con la pertinente autorización, la reproducción, comunicación pública, etc. de ellas.
Lo que no pueden impedir las medidas tecnológicas a los usuarios de los derechos de explotación es disfrutar de algunos de los limites impuestos a los derechos de explotación. Estos límites impuestos por razones de tipo social, cultural, de seguridad nacional, etc. permiten a los usuarios-beneficiarios que puedan utilizar en determinados casos los derechos de reproducir, comunicar, distribuir, etc sin requerir la pertinente autorización a sus respectivos titulares.
Toda vez que la aplicación de las medidas tecnológicas puede en la práctica desvirtuar alguno de los límites impuestos a los derechos de explotación de los titulares de derechos de propiedad intelectual, ha sido necesario establecer que estos últimos faciliten los medios para que los beneficiarios de esos limites disfruten de los mismos. Cuando los titulares no faciliten estos medios voluntariamente, los beneficiarios de esos límites podrán acudir a órganos jurisdiccionales a los fines de hacer efectivos el cumplimiento de dicha obligación. <o></o>
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Aqui sabreis el porque los chinos copian el Unitas 6497/8 y no pasa nada.<o></o>
¿Cómo actúa una patente?<o></o>
Una patente proporciona protección para la invención al titular de la patente. La protección se concede durante un período limitado que suele ser de 20 años.<o></o>
¿Qué tipo de protección ofrece una patente?<o></o>
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¿De qué derechos goza el titular de una patente?<o></o>
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¿Por qué son necesarias las patentes?<o></o>
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¿Qué función desempeñan las patentes en la vida cotidiana?<o></o>
Todos los titulares de patentes deben, a cambio de la protección de la patente, publicar información sobre su invención, a fin de enriquecer el cuerpo total de conocimiento técnico del mundo. Este creciente volumen de conocimiento público promueve una mayor creatividad e innovación en otras personas. Así pues, las patentes proporcionan no sólo protección para el titular sino asimismo información e inspiración valiosa para las futuras generaciones de investigadores e inventores.
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¿Cómo se concede una patente?<o></o>
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¿Qué tipo de invenciones pueden ser protegidas?<o></o>
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¿Quién concede las patentes?<o></o>
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¿Cómo se obtiene una patente de ámbito mundial?<o></o>
En general, la solicitud de patente debe presentarse en cada país en el que se solicite la protección por patente de la invención; la patente será otorgada y tendrá validez en dicho país, de conformidad con la legislación aplicable. En algunas regiones, las oficinas regionales de patentes, por ejemplo, <st1ersonName w:st="on" ProductID="la Oficina Europea">la Oficina Europea</st1ersonName> de Patentes (OEP) y <st1ersonName w:st="on" ProductID="la Organización Regional">la Organización Regional</st1ersonName> Africana de <st1ersonName w:st="on" ProductID="la Propiedad Intelectual">la Propiedad Intelectual</st1ersonName> (ARIPO), aceptan solicitudes de patentes regionales u otorgan patentes, que surten el mismo efecto que las solicitudes presentadas o las patentes concedidas en los Estados miembros de esa región.
Además, los residentes o nacionales de un Estado contratante del Tratado de Cooperación en materia de Patentes (PCT) pueden presentar una solicitud internacional en virtud del PCT, que surte el mismo efecto que las solicitudes nacionales presentadas en cada uno de los Estados contratantes designados. Sin embargo, en virtud del Sistema del PCT, a fin de obtener la protección por patente en los Estados designados, cada Estado designado otorgará una patente a la invención reivindicada contenida en la solicitud internacional. Información más amplia sobre el PCT se encuentra disponible en este sitio.
Los requisitos sustantivos y de procedimiento para la concesión de patentes, así como el importe de las tasas que han de abonarse, varían de un país a otro. Por lo tanto, se recomienda consultar a ese respecto a un abogado especializado en propiedad intelectual o ponerse en contacto con las oficinas de propiedad intelectual de los países en que se pretende obtener la protección. Puede consultarse una lista de URL y una guía de oficinas nacionales y regionales de propiedad intelectual