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Si la medida se aplica a rajatabla y no se inventa ningún sistema alternativo (en el país de los pícaros no es descabellado pensarlo), afectará y mucho.
Hay mucha gente a la que no le interesa demasiado, por decirlo así, dejar rastro de sus compras de artículos de lujo.
Creo que en Andorra y Portugal se están empezando a frotar las manos.
Saliéndome un poco del tema, decir que yo la verdad no acabo de ver el sentido a esto. Habrá mayor control, pero me temo que bajará el consumo (menor recaudación) y mucho dinero se irá al extranjero.
En fin, veremos que pasa...
A nivel de particulares no afecta.
Sólo tiene repercusión para cuando una de las partes es empresa o autónomo (susceptible de entenderse una actividad profesional).
Afectará también a los ingresos en efectivo en cuentas bancarias, tanto ajenas como propias.
Ya veremos si funciona y cómo.... Pero en principio lo que quieren evitar es que el albañil, el dentista..., etc no te haga factura...
No a esos no le afecta la ley.
5. Esta limitación no resultará aplicable a los pagos e ingresos realizados en entidades de crédito.
Así ha quedado redactado el artículo 7 de la Ley que afecta a la limitación de pagos en efectivo :
https://relojes-especiales.com/thre...ón-de-pagar-más-de-2-500€-en-efectivo.255375/
Otro palito a la burra de los joyeros...
Es un tema un pelín offtopic, pero en realidad con esta medida no pretenden que el albañil no te haga una factura. Si el albañil no hace una factura ¿cómo va Hacienda a hacer cumplir la obligación de no pagar en metálico más de 2500 euros? Sin factura, ¿cómo se entera Hacienda de la existencia del pago? ¿Que le denuncia el particular? Y ¿qué va a decir? ¿que no ha pagado el IVA?
Por otra parte, si se emite una factura legal, a Hacienda no debería importarle mucho que se pague en metálico o por transferencia. El dinero está aflorado, y Hacienda va a recibir su parte.
No, el problema son las facturas falsas y el tráfico intracomunitario con reclamación de IVA en destino. En esencia, se inventan facturas y movimientos con IVA de operaciones que nunca se han realizado, por parte de empresas ficticias que acaban desapareciendo, y se solicita a Hacienda la devolución de ese IVA. La consecuencia es que Hacienda, que no puede controlar todo ese flujo, acaba devolviendo un IVA que realmente no ha percibido y no va a percibir nunca.
Este fraude, que podría considerarse de brocha gorda, siempre había existido. El problema (en España, en Italia y en algunos otros lugares) es que ha llegado a alcanzar tales proporciones que Hacienda, poniéndose la legalidad por montera (los billetes si son moneda de curso legal, deberían ser el instrumento para el pago de deudas monetarias, y nadie debería imponer el tráfico bancario), ha decidido prohibir los pagos en metálico de más de 2500 euros, con la intención de dificultar la presentación de facturas falsas: si se prohíbe el pago de importes superiores a 2500 euros en metálico, cualquier factura por encima de ese importe tiene que tener vinculada a ella una transferencia bancaria, o un cheque, medios de pago, ambos, que dejan rastro, a diferencia del dinero en metálico.
Ese es el verdadero objetivo de la norma. Lo demás, folklore y leyendas urbanas, alentadas probablemente desde la propia Hacienda, puesto que no le viene mal matar dos pájaros de un tiro.
Hummm, 5 o 6 pagos pequeños y arreglado el tema.No??????????????