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¿Cómo asegurar nuestros relojes?. Ayuda
Como ya sabéis hace mes y medio, aprox. me robaron los relojes, en concreto 25, en mi domicilio -eran relojes actuales-. Hoy me ha llamado el perito y me dice que ha informado a la Compañía que mis relojes quedan excluídos de la póliza puesto que se entienden que son colección y no objetos de uso personal.
La póliza en cuestión asegura un capital por los bienes entendidos como "Enseres del Hogar" en su apartado de contenido. Hay una cláusula que dice que los "Objetos de valor artístico" no están cubiertos -a no ser que pagues prima por ello-y en estos se engloba a cuadros, tapices, pieles, obras de arte y COLECCIONES, sin especificar más.
Pues bien, el perito me comenta que como los relojes sustraídos forman parte de una colección -de relojes- la compañía no me cubre éstos.
Este informe lo está evaluando la Compañía a fin de pagar, en el caso de que entienda que los relojes son mobiliario, y no pagar si lo entiende como colección. El lunes me dicen algo pero imagino lo que me dirán y no tocará otra que empezar a pleitear.
Comento esto por si puede servir de ayuda a quienes tengan una póliza para que revisen hasta el más mínimo detalle las cláusulas y no se encuentren como me encuentro yo, desesperado y dentro de poco, apaleado. (Si los moderadores entienden que es un tema off topic, yo también me lo he planteado, pues para allà).
Asimismo, ¿creéis, que a los efectos del seguro, los relojes forman parte de una colección? Entiendo como colección toda aquella que forme parte, según la póliza, de objetos de valor artístico y los relojes no lo son, al menos los que me robaron, que eran para mi uso y disfrute.
Perdonad el rollo pero quería comentároslo a fin de que me déis, si queréis, opiniones o consejos y reviséis vuestras pólizas, por si acaso; os lo agradecería encarecidamente. Un abrazo, Pep.
Como ya sabéis hace mes y medio, aprox. me robaron los relojes, en concreto 25, en mi domicilio -eran relojes actuales-. Hoy me ha llamado el perito y me dice que ha informado a la Compañía que mis relojes quedan excluídos de la póliza puesto que se entienden que son colección y no objetos de uso personal.
La póliza en cuestión asegura un capital por los bienes entendidos como "Enseres del Hogar" en su apartado de contenido. Hay una cláusula que dice que los "Objetos de valor artístico" no están cubiertos -a no ser que pagues prima por ello-y en estos se engloba a cuadros, tapices, pieles, obras de arte y COLECCIONES, sin especificar más.
Pues bien, el perito me comenta que como los relojes sustraídos forman parte de una colección -de relojes- la compañía no me cubre éstos.
Este informe lo está evaluando la Compañía a fin de pagar, en el caso de que entienda que los relojes son mobiliario, y no pagar si lo entiende como colección. El lunes me dicen algo pero imagino lo que me dirán y no tocará otra que empezar a pleitear.
Comento esto por si puede servir de ayuda a quienes tengan una póliza para que revisen hasta el más mínimo detalle las cláusulas y no se encuentren como me encuentro yo, desesperado y dentro de poco, apaleado. (Si los moderadores entienden que es un tema off topic, yo también me lo he planteado, pues para allà).
Asimismo, ¿creéis, que a los efectos del seguro, los relojes forman parte de una colección? Entiendo como colección toda aquella que forme parte, según la póliza, de objetos de valor artístico y los relojes no lo son, al menos los que me robaron, que eran para mi uso y disfrute.
Perdonad el rollo pero quería comentároslo a fin de que me déis, si queréis, opiniones o consejos y reviséis vuestras pólizas, por si acaso; os lo agradecería encarecidamente. Un abrazo, Pep.
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