Hola a todos.
Canarias tiene un régimen fiscal propio que, entre otras particularidades, establece que
“... el territorio de las islas Canarias permanecerá fuera del ámbito de aplicación del sistema común del IVA”, artículo 4.1 del Reglamento CEE 1911/91 que pueden consultar aquí (veersión bilingüe):
http://eur-lex.europa.eu/Notice.do?mode=dbl&lang=es&lng1=es,en&lng2=bg,cs,da,de,el,en,es,et,fi,fr,hu,it,lt,lv,mt,nl,pl,pt,ro,sk,sl,sv,&val=173748:cs&page=1&hwords=1911%2F91%7E
Aplicando este Reglamento, el artículo 2.1.b) de la Ley del IVA excluye a Canarias de su aplicación.
Por tanto,
los envios a Canarias tanto procedentes de la CEE como del resto del territorio español están exentos de IVA. No es que primero se pague y después se solicite la devolución, es que directamente no se puede cargar el IVA en una factura de un bien destinado a Canarias, es directamente ilegal.
Mi experiencia en la compra de repuestos para mis
fotingos (entiéndase coches clásicos o antiguos en Canarias) en Inglaterra es que remitiéndoles la reseña normativa del Reglamento CEE anterior no hay problema. Desgraciadamente cuesta mucho más hacérselo entender a cualquier proveedor peninsular.
Como contrapartida,
a la entrada de cualquier bien en Canarias debe pagar los impuestos propios de las islas, es decir, IGIC (IVA canario, para entendernos) y AIEM (por el que sólo tributan articulos que se fabriquen en Canarias) con las limitaciones establecidas (artículos de poco valor, muestras comercciales, etc.).
Mi experiencia, como la de la mayoría, es que los artículos remitidos por correos rara vez suelen pasar el trámite de aduanas (salvo que sean muy voluminosos) y que en el caso de mensajerías es todo lo contrario. Además, tengo que decir nunca he tenido ningún problema con correos que, al menos en la paquetería, funciona excelentemente, mucho mejor que la mayoría de las mensajerías.
En cualquier caso, en mi opinión realmente el problema no está tanto en pagar los impuestos como en la clavada que te pegan por el despacho de aduanas.
Les cuento una anécdota personal. Tengo un Daimler V8 de 1965 (este
https://relojes-especiales.com/threads/hoy-cumple-44-años.86742/#post-1034793) y hace un par de años vi un anuncio de venta de un motor en Inglaterra muy barato. Como a mi sólo me interesaban las culatas (son de aluminio) llegué a un acuerdo con el vendedor para que las desmontara y se las enviara a un restaurador en Inglaterra. Una vez restauradas me las enviaron por correo y, claro, con una caja tan aparatosa me las pararon en aduanas. Allí me presenté yo y el funcionario de turno me dijo que como era una
“expedición comercial” necesitaba hacer un despacho de aduanas. Yo le dije que no era una expedición comercial, que yo no me dedicaba a importar repuestos sino que los compraba para mis propios coches. Insistió en que necesitaba el despacho y le pedí que me entregara un formulario para cujmplimentarlo, a lo que me respondió que no lo podía hacer yo, que lo tenía que hacer a través de un agente colegiado de aduanas. Haciéndome el inocente, le respondí que no entendía por qué, que yo no era analfabeto y que si yo mismo podía hacer mi declaración de la renta y pagar la Hacienda o solicitar que Hacienda me devuelva dinero, que no entendía por qué no podía hacer yo mismo ese despacho de aduanas. El funcionario insistió y tuvimos unos minutos de tira y afloja hasta que al final se apiadó de mi y me dijo
“... bueno, bueno, como estamos en navidades ...” y me selló el documento y pude ir a buscar mis culatas al depósito.
Saludos.