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Pregunta normativa.

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Tarod

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Habitual
Sin verificar
Aparco el coche en un aparcamiento público, construido en suelo público, con dinero público y cedido por 50 años a una empresa privada. En la zona en la que vivo hay muy pocos aparcamientos y encima zona azul por lo que tengo un abono de 24h desde el 2001 en el aparcamiento antes descrito.
Pues bien, este enero nos han soplado a los abonados 115€ sin previa comunicación, usease, han subido el precio un 23% por la cara 8o ::bxd:: :-(( .

Hoy he estado en una reunión de la asociación de vecinos en la que se ha tratado el tema y vamos a empezar por hojas de reclamaciones, quejas al ayuntamiento... y finalizaremos, espero que no, por aparcarnos nosotros mismos durante una horita en la puerta del aparcamiento que, casualmente, está situado en una de las dos salidas de Sevilla hacia el Aljarafe (= colapso total de la circulación de la ciudad). ::grr::

La pregunta es ¿hay alguna normativa que limite las subidas de un 19% por encima del IPC?. Me gustaría que pudiesemos defendernos sin joder a media ciudad, la verdad.
Por cierto, el ayuntamiento se niega a mostrar a la asociación el contrato firmado con la concesionaria ¿es eso legal?. ::Dbt::

:(
 
Te comento lo que sé, de cuando, euhhhhh...me tocaba ser empresa privada para explotar un aparcamiento...

El contrato se basa en la equidad, el justiprecio, el mantenimiento del TIR, un retorno de la inversión y una ganancia pactada...
Eso significa en algunos casos, que una demostración de que la rentabilidad supuesta no se cumple, conlleva a que la propiedad, el Ayuntamiento, tenga que "indemnizar" a la empresa privada de alguna manera...lo cual suele ocurrir subiendo los precios, para que según el índice de ocuapación, etc, se cumpla esa rentabilidad establecida en contrato.
No soy abogado, hablo de un contrato que exponía claramente ese concepto, y que el Ayuntamiento de turno se obligaba a cumplir...
Las condiciones de partida eran obviamente que una Constructora realiza la obra, y luego recupera la inversión con la explotación+beneficios "pactados" durante un tiempo, y fnalmente retorna la Obra a su propietario, usease, el Ayuntamiento.
Vamos, igual que las autopistas de peaje de Concesionarias, etc.
Sin seguir siendo abogado, la licitación en primer lugar, la adjudicación en segundo, y entiendo que el contrato de una Entidad Pública sujeta a la Ley de Contratos del Estado y su Reglamento, son públicos y se acuerdan y aprueban en pleno, en este caso, en el Ayuntamiento de marras.
En algunas ocasiones, se opta por aumentar el plazo de explotación para no joder (verdad?) a los usuarios...y ya veo que no. En otros, se aumenta el número de plazas cedidas para venta al Constructor...en otros es mentira ;-) que haya bajado/no se cumpla la rentabilidad...
En otros el principio de riesgo y ventura del Contratista prima, y no se especifica la obligatoriedad de mantener ese "lucro".
Sabrá Dios por qué no muestran el Contrato...entiendo como he dicho que es público...
Bah, seguro que me he equivocado en bastantes cosas, pero en general siento el problema tuyo y de tus vecinos...
 
No es el caso (creo).

...

El contrato se basa en la equidad, el justiprecio, el mantenimiento del TIR, un retorno de la inversión y una ganancia pactada...
Eso significa en algunos casos, que una demostración de que la rentabilidad supuesta no se cumple, conlleva a que la propiedad, el Ayuntamiento, tenga que "indemnizar" a la empresa privada de alguna manera...lo cual suele ocurrir subiendo los precios, para que según el índice de ocuapación, etc, se cumpla esa rentabilidad establecida en contrato.
...

Seguro que eso no es lo que ocurre en este caso. Al principio solo aparcábamos en el párking los abonados pero hoy en día está lleno a rebosar siempre. Puede ser que sea por la tarificación en minutos, pero la cuestión es que también ha subido bastante (ganan más por una hora "en minutos" que antes).
En todo caso, ¿los precios los marca la concesionaria o el ayuntamiento?. ::Dbt::

Estoy leyendo "Un mundo sin fin", y esta situación me recuerda mucho a la de la edad media... al final siempre nos jodemos los mismos, con la diferencia de que los que nos joden no se juegan el pellejo. Asco de políticos, coño. :-((
 
La oferta del Explotador comprende una tarifa, un precio de venta, si procede, de plazas, un incremento anual...y una ocupación que en el estudio a largo plazo da el beneficio comentado y pactado.
Cuando el Ayuntamiento adjudica la Concesión, quedan fijadas las tarifas. Estas sólo se modifican según contrato, con las claúsulas determinadas en este...no puede la Concesionaria salirse de ese contrato...sin la aprobación del Ayuntamiento que las ratifique.

Hay que ir a por el contrato
 
Me da, compañero, que por la ciudad en la que vives (la misma que la mía), y con ese bendito ayuntamiento que tenemos, podeis daros todos por jodid... De todas formas tenemos un defensor del pueblo que debe estar para eso, para defendernos (habría que verlo). Acudid a él a ver que pasa. Y si hay que colapsar Sevilla, me avisas que me apunto.
Saludos hispalenses.
 
Se trata de un sistema de concesión administrativa de la explotación del aparcamiento. Como muy bien te han dicho normalmente la empresa constructora del aparcamiento cobra parte del precio por medio de la concesión de la explotación de la obra durante un plazo determinado.
En todo caso estas tarifas con este fin son siempre aprobadas por el Ayuntamiento y comprenden dos conceptos: amortización de la obra en la parte del coste de ejecución no pagado con el precio pactado, y en segundo lugar debe comprender un margen de beneficio industrial generalmente marcado en un 6% sobre la parte a amortizar dividido por el número de años de duración de la concesión actualizado con un índice, generalmente el IPC.
La subida que planteas es excesiva y no tiene buena pinta salvo que haya habido algún tipo de ampliación u obra en el parkin hace poco tiempo, ¿te suena?
Si no es así, id al Ayuntamiento, es el responsable de aprobar las tarifas, la empresa propone la subida pero no la determina.
 
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