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Artículo 20 de la Constitución
1. Se reconocen y protegen los Derechos:
a) A expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción.
b) A la producción y creación literaria, artística, científica y técnica.
c) A la libertad de cátedra.
d) A comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión. La ley regulará el derecho a la cláusula de conciencia y al secreto profesional en el ejercicio de estas libertades.
El ejercicio de estos derechos no puede restringirse mediante ningún tipo de censura previa.
La ley regulará la organización y el control parlamentario de los medios de comunicación social dependientes del Estado o de cualquier ente público y garantizará el acceso a dichos medios de los grupos sociales y políticos significativos, respetando el pluralismo de la sociedad y de las diversas lenguas de España.
Estas libertades tienen su límite en el respeto a los derechos reconocidos en este Título, en los preceptos de las leyes que lo desarrollen y, especialmente, en el derecho al honor, a la intimidad, a la propia imagen y a la protección de la juventud y de la infancia.
Sólo podrá acordarse el secuestro de publicaciones, grabaciones y otros medios de información en virtud de resolución judicial.
Claro que lo que no incluye el artículo 20 es el derecho a que tu obra sea expuesta y tus libros publicados a coste de los demás, cusndo eso suceda, me avisas, que tengo varias novelas escritas en mi google drive
Manzanas traigo
Puede que algunos no lo consideren censura, pero tras la última publicación en Nexo Time y el despido del periodista por publicar mis obras, la pérdida de mi trabajo, lo que conllevó el cierre de mi empresa, ¿no es considerado censura? Puede ser, lo cierto es que, aunque no nos detuvieran, fue una auténtica putada.
He vivido en primera persona la muerte social de dos personas que no se la merecían.
Una es Ana Garrido Ramos, funcionaria de ayuntamiento, denunciante de la Gürtel, hoy vive fuera de España tras acabar en la calle, viviendo de la caridad y perseguida, literalmente.
Cualquier cosa que leáis sobre ella, es una décima parte de lo que ha tenido que sufrir Ana.
Uno de los problemas es que muchas cosas no las puede demostrar, incluyendo llamadas de amenazas, seguimientos por Madrid...
La otra es Nevenka Fernández, compañera de judo durante nuestra adolescencia, víctima de agresión sexual y de un pueblo, Ponferrada, en una época en la que el feminismo era una señora gritando en TV que a ella no la acosaban si ella no quería.
Tuvo que irse de España también, la persecución para que no encontrase trabajo, la persecución a su familia...
Y hay muchos más casos, Conselleiros de la Xunta de Galicia a los que, presuntamente, intentan matar, jóvenes políticos que no aceptan sobres y su partido les invita a irse del partido y, si puede, también del pueblo, por lo que pueda pasar... o te vas a pueblos pequeños de León donde los "rojos" aun no pueden volver después del restablecimiento de la democracia "por si acaso".
Hay un mundo detrás de la Constitución y las leyes, que no son malas, pero sí las personas y los lazos de algunas.
El tema es que si no lo pueden demostrar, es lo que hay, no existe, y creo que es lo correcto que si algo no se puede demostrar no exista, es un mal menor necesario para que el funcionemos como sociedad. Si no cualquiera, por ejemplo esos hombres de negro de los que estamos hablando, podrian inventarse algo contra nosotros y meternos en la cárcel si pruebas. Es decir el arma que denuncias que le falta a una víctima es un arma de doble filo, mucho más peligrosa en manos de otros.
Por ello yo todo lo que no esté en una sentencia condenatoria no me lo creo, sabiendo que habrá casos en que el sistema judicial no haya llegado a la verdad, pero sabiendo también que mucho peor sería que no tuviésemos esas garantías
Sin ánimo de irme del hilo, creo que justamente lo que más miedo da de esos "hombres de negro" es que son capaces de inventar las pruebas que haga falta. Es un sistema necesario, que funciona, pero manipulable por parte de los que tienen poder sobre la mayoría.El tema es que si no lo pueden demostrar, es lo que hay, no existe, y creo que es lo correcto que si algo no se puede demostrar no exista, es un mal menor necesario para que el funcionemos como sociedad. Si no cualquiera, por ejemplo esos hombres de negro de los que estamos hablando, podrian inventarse algo contra nosotros y meternos en la cárcel si pruebas. Es decir el arma que denuncias que le falta a una víctima es un arma de doble filo, mucho más peligrosa en manos de otros.
Por ello yo todo lo que no esté en una sentencia condenatoria no me lo creo, sabiendo que habrá casos en que el sistema judicial no haya llegado a la verdad, pero sabiendo también que mucho peor sería que no tuviésemos esas garantías
«¿Adónde vas? Manzanas traigo» (o su variante «patatas traigo») es un refrán español utilizado para señalar que alguien responde con algo que no tiene nada que ver con lo preguntado. Es una frase irónica que indica evasión de una pregunta, desinterés, o que la respuesta dada ignora por completo el tema de conversación.
No, no es censura. El art. 20 citado por @itsmario, que impide la censura, establece la libertad de prensa, ¿o es que algún medio tiene la obligación de publicar tus obras?Puede que algunos no lo consideren censura,
En un despido, la empresa tiene que comunicar el motivo.pero tras la última publicación en Nexo Time y el despido del periodista por publicar mis obras,
Y si tu empresa se hundió por no poder publicar en un determinado medio, ¿significa que sólo un medio publicaba tus obras? Si nadie quiere contratar contigo, no es censura. Puedes montar tu propio medio de publicación..... o alegar que hay una conspiración para que no publiques.la pérdida de mi trabajo, y el cierre de mi empresa, ¿no es esto considerado censura? Puede ser. Lo cierto es que, aunque no nos detuvieran,
Esto ya no es así.. LGSS Artículo 249 quater:y por estar jubilado, para publicar un libro tienes que renunciar al 50 % de la pensión. Eso no será censura, pero sí una verdadera putada.
Compatibilidad de la pensión de jubilación con la actividad artística.
1. El percibo del 100 por ciento del importe de la pensión de jubilación contributiva será compatible con la actividad artística en los términos del presente artículo:
(…)
b) Con el trabajo por cuenta ajena y la actividad por cuenta propia desempeñada por autores de obras literarias, artísticas o científicas, tal como se definen en el capítulo I del título II del libro primero de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobado por del Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, se perciban o no derechos de propiedad intelectual por dicha actividad, incluidos los generados por su transmisión a terceros y con independencia de que por la misma actividad perciban otras remuneraciones conexas.
4. No podrá acogerse a esta modalidad de compatibilidad el beneficiario de una pensión contributiva de jubilación de la Seguridad Social que, además de desarrollar la actividad artística, realice cualquier otro trabajo por cuenta ajena o por cuenta propia diferente a la indicada actividad que dé lugar a su inclusión en el campo de aplicación del Régimen General o de alguno de los regímenes especiales de la Seguridad Social.
Pues nada, eso le pasa a muchos autónomos y pequeños empresarios que conozco, y que además no tienen la dicha de poder acceder a la jubilación.
Como los invite a todos al foro para que hablen de su libro, peta el servidor.
P.D: yo también envié a RTVE una de mis obras (una foto de una puesta de sol en mi localidad) para la sección de El Tiempo y ni me contestaron, maldita censura.
