Estando totalmente de acuerdo contigo, solo quiero matizar que el recurso al Tribunal Económico Administrativo es gratis si sabes hacerlo y conoces el procedimiento. Imagino que una gran mayoría de personas que venden cosas de segunda mano no sabrán ni tan siquiera que tienen la obligación de tributar en caso de tener beneficios en la venta, tampoco en qué declaración tienen que incluir dicha ganancia y mucho menos cómo hacer la correspondiente declaración.
Que la AEAT se ponga en el peor de los casos para el contribuyente sabemos que no es correcto, igual que no son correctas muchas de las cosas que se hacen en simples procedimientos de comprobación que, al recurrirlos al TEAR, se quedan en nada porque se anulan las liquidaciones sin tan siquiera entrar en el fondo de las mismas. Pero hay que conocer el procedimiento y tener unos mínimos conocimientos en la materia para que te salga gratis. En mi opinión juegan a que para liquidaciones de relativamente poca cantidad es más barato pagar la liquidación a la AEAT y la sanción con las reducciones que buscar un profesional para recurrir y pagar sus honorarios cuando, además, aunque gane en favor del contribuyente, no hay condena en costas que pueda resarcir el pago al profesional. de todas las maneras el contribuyente suele salir perjudicado, mientras que el funcionario, que como queda constancia en la anulación del acto, ha actuado de manera incorrecta no tiene responsabilidad alguna, pero esto último es una cuestión todavía más controvertida que la anterior, al menos en mi opinión.