• El foro de relojes de habla hispana con más tráfico de la Red, donde un reloj es algo más que un objeto que da la hora. Relojes Especiales es el punto de referencia para hablar de relojes de todas las marcas, desde Rolex hasta Seiko, alta relojería, relojes de pulsera y de bolsillo, relojería gruesa y vintages, pero también de estilográficas. Además, disponemos de un foro de compraventa donde podrás encontrar el reloj que buscas al mejor precio. Para poder participar tendrás que registrarte.

Duda legal

Estado
Hilo cerrado
TypeR

TypeR

.-.
Sin verificar
Según se desprende de la ley de garantías, toda compra realizada entre un Profesional y un particular debe ir acompañada de una GARANTÍA de 2 años en bienes muebles nuevos y de dos años para bienes muebles usados, pudiéndose pactar un plazo diferente en este último caso, pero que no pordrá ser inferior a un año. Pues bien, el caso es que los "MERCANTES" están ofreciendo seis meses, con lo que, esa claúsula es nula de pleno derecho y realmente los adquirientes de esos bienes usados tendrán -por no haberse pactado nada en contrario- una garantía de DOS AÑOS.Acepto comentarios, aclaraciones...Un saludo.
 
Según se desprende de la ley de garantías, toda compra realizada entre un Profesional y un particular debe ir acompañada de una GARANTÍA de 2 años en bienes muebles nuevos y de dos años para bienes muebles usados, pudiéndose pactar un plazo diferente en este último caso, pero que no pordrá ser inferior a un año. Pues bien, el caso es que los "MERCANTES" están ofreciendo seis meses, con lo que, esa claúsula es nula de pleno derecho y realmente los adquirientes de esos bienes usados tendrán -por no haberse pactado nada en contrario- una garantía de DOS AÑOS.Acepto comentarios, aclaraciones...Un saludo.
UY, duda legal.
Bueno, una cosa es clara; los pactos contra ley, no son válidos; por lo tanto, si las premisas de el enunciado son vedaderas (es decir, la Ley marca dos años y un mínimo de un año), si alguien sufre deterioro, entonces puede exigir la garantía legal al margen del pacto.
Voy a contar un caso claro que me pasó a mí; una comercilizadora de camas de niños, una multinacional, ofrece seis meses de garantía. En su distribuidor en Mallorca, le compramos una cama para el niño y a los 8 meses, se rompió una parte del somier, porque habían puesto la veta de la madera en la parte que soportaba el peso; defecto claro de fabricación. El encargado de la tienda, en Mallorca, nos negó la garantía por haber superado los 6 meses, y nos ofrecía la pieza suelta, casi, por el precio de una cama nueva. Ni corto ni perezoso, remito una carta mía, como letrado, en tono exigente, a la central en Madrid, pidiendo la aplicación de la ley (sin referirme para nada al anuncio de los 6 meses de garantía) y, al cabo de cinco días, nos llaman diciendo que podemos ir a recoger el somier nuevo. El encargado de la tienda nos miraba con una cara de perros, pero se había cumplido la Ley.
Por lo tanto, como indicas, es muy posible que se puedan exigir dos años de garantía; lo que queda por determinar, es que nes garantía por un uso adecuado del bien.
Espero haberte ayudado.
Tomeu.
 
los del foro de cv mercantes si tienen que hacerla ,son vendedores a un consumidor final..

los de entre particulares,usarán la garantía oficial del reloj,si la tienen y si no, a joderse!
 
Todo esto viene porque he visto sendos anuncios de Kronomar y GMT watches en los que ofrecen 6 meses de garantía y lo que están ofreciendo, sin saberlo, son dos años, porque este es el tiempo de garantía salvo que se pacte otro -que como mínimo ha de ser de un año-.

Me llama la atención que, en un foro en el que se exigen tantos requisitos para anunciarse, no se obligue a observar la ley a aquellos que se anuncian en él.

Acaso están jugando a ser mercantes en RN (Relojes Nuevos) y Particulares en los RO (Relojes de Ocasión)?

Yo, en su día, para vender un Oris TT1 tuve que ser auxiliado por algunos compañeros del foro como Celsa, y contactar con ellos mediante privados porque aún no me había ganado "la confianza" del foro.
 
y de dos años para bienes muebles usados, pudiéndose pactar un plazo diferente en este último caso, pero que no pordrá ser inferior a un año.

Te hablo de memoria, pero creo que el plazo para objetos de segunda mano es 1 año....
 
art. 9 de la Ley 23/2003, de 10 de julio, de Garantías en la Venta de Bienes de Consumo.
 
Art. 6 apartado C, muy interesante para los que, como yo, posean un reloj del grupo Swach, pues si su servicio técnico es tan lento como dicen, no interesa, y mucho, este punto.

En él se habla de la reparación/sustitución del bien: "La reparación suspende el cómputo de los plazos a que se refiere el art. 9..."

Un saludo.
 
Estado
Hilo cerrado
Atrás
Arriba Pie